VISTO:
La escasa iluminación que se
percata en todo el trayecto del Camino al Cementerio, y
CONSIDERANDO:
Que la calle Granaderos a Caballo - Suipacha (
Camino al Cementerio ) es transitada muy asiduamente por
empresas fúnebres, el transporte
urbano y transeúntes que se desplazan
para llegar a sus hogares, lugares de trabajo o
ir al Cementerio local.
Que es indispensable que el Departamento
Ejecutivo se aboque a realizar la obra de iluminación en todo
el trayecto que comienza en calle Buenos Aires, ya que
cuando llega las horas de la tarde es imposible circular
por la escasa iluminación que posee ese
sector.
Además dicho camino es vía de acceso a
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 749/92
ART.1º)
Procédase a iluminar el trayecto de
calle Granaderos a Caballo - Suipacha desde Bs. As. hasta la
calle San Martín ( Ruta Pcial. 22-S ), con columnas de siete metros de alto
desde el
nivel del piso, brazos de
1,80 metros a dos
metros y lámparas de sodio de 360 W. La distancia entre la columnas será de
treinta metros.
ART.2º)
Los gastos que demanden lo especificado en el Art. anterior será imputado a Rentas Generales.
ART.3º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Junio 04 1992.
Presidente: Manuel Casteleiro Secretaria: Ismael Brea