VISTO:
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar el
cobro del Quinto Anticipo Mensual
correspondiente al Período Fiscal 1.992.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 747/92
ART.1º)
Emítase el Quinto Anticipo Mensual de
ART.2º)
Fíjase como primer vencimiento del
Quinto Anticipo Mensual el día 10 de
Junio de 1.992.
ART.3º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Mayo 28 1992.
Presidente: Manuel Casteleiro Secretaria: Ismael Brea