VISTO: La tramitación iniciada ante
CONSIDERANDO: Que es necesario contar,
previo a la aprobación del trámite
con la presentación de Estudio de
Suelo del terreno afectado a la construcción de las
viviendas.
Que según informes técnicos y referencias de construcciones aledañas, los terrenos
afectados a la obra no presentan
inconvenientes que impliquen la previsión de fundaciones especiales.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona
la siguiente:
ORDENANZA Nº 900/93
ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a asumir la
responsabilidad y los
eventuales costos que
fueran originados por los rubros
Movimientos de Suelos y Fundaciones no
previstas en el Presupuesto, en
el terreno destinado a la mencionada obra a raíz de la construcción de las viviendas.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese,
Regístrese.
Dado en Sala de Concejo Deliberante, Octubre 14, 1993.
Presidente: Magdalena Sarache Secretaria: Nestor Espinoza