Elexpte.municipal12.167/93, queoriginóelexpte. 359/93 por el cual se
solicita aprobación de planos de Urbanización y Loteos de una propiedad del Sr.
Miguel Miniello, y
CONSIDERANDO: Que se han
efectuada las correspondientes donaciones para calles públicas y espacios
verdes, según actas de donación folio 2, 3, 4, 5, 6 y 7.
Que el informe realizado
por la Secretaría
de Obras Privadasde la Municipalidad de
Villa GobernadorGálvezconcuerda con lo establecido en la Ordenanza 71/74art.3.4.1 yel informe técnico elevado por el SecretariodeObras Públicas aceptando un acceso de estabilizado con escoria y riego
asfáltico comprometiendo al propietario medianteun convenio al mantenimiento del mismo por el
término de tres años.
Por todo ello el Concejo
Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZANº843/93
Art.1º) Apruébasela Mensura, Urbanización y
Loteo de unafracción de terreno ubicada
en la Sección
13º, designadacomo parcela Nº 27,
subdivisión Nº 4 del plano Nº 111.104/52y cuyodominio es: Tomo Nº
637-Folio Nº50, Número242.258,
DepartamentoRosario de fecha 02 de
Septiembre de 1992y susuperficie es 6H 00A 01C, 8720m², dando origenalas
Manzanas"A" con lotes de 1 al
14, Manzana "B" conlotes
del1 al 14, Manzana "C" con
lotes del 1 al14,Manzana "D"conlotes del 1 al 28, Manzana"E"espacioverde, Manzana"F" con lotes del 1 al 28, Manzana
"G" conlotes del1 al 28, Manzana "H" con lotes del
1 al 28 yManzana "I"con lotes del 1 al 28, según elplanoconfeccionado por el Ingeniero Civil Ricardo Juan Nallino.
Art.2º) Acéptese la donación de una fracción de terreno de 1H 55A 57C07 metros cuadrados
de superficie para calles públicas alaMunicipalidad de VillaGobernadorGálvez,según plano de mensura que es parte del
presente expte.
Art.3º) Acéptase la donación de una fracción de terreno 60 A05C12metroscuadrados de superficie
destinadoaespacios verdes a la Municipalidad de
Villa Gobernador Gálvez,según plano de
mensura que se adjunta.
Art.4º) Celébrase un convenio con el propietario MiguelMinielloal solo efecto de:
a) Provisión de
las arboledas sobre las acerasen
eltiempo y forma según especifique la DirecciónTécnica de Obras Privadas
de la Municipalidad.
b)
Mantenimiento del estabilizado de acceso al loteo por el término de 3 (tres)
años a contar desde la firma del convenio.
Art.5º) Hágase constar que la escrituración del predio cedido para
espacios verdes, se llevará a cabo dentro de los noventadías de la fecha de aprobación del
expte.mencionado, ante Escribano
Público que designe la
Municipalidad.
Art.6º) Désecopia del
presente a la Secretaría
de ObrasPúblicas, Gobierno y Hacienda,
para su conocimiento y efectos.
Art.7º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 13 de Mayo de 1993.