VISTO:
El Proyecto de Ordenanza Declaración
de "ZONA NO NUCLEAR", a todo el ámbito de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, y
CONSIDERANDO:
Que en la actualidad,
todo actividad nuclear, aún aquella
catalogada como de fines pacíficos, se presenta como manifestación de un riesgo latente. Los accidentes nucleares de Chernobil (ex-Rusia), al igual
que los acontecimientos en los Estados Unidos y Gran Bretaña, han puesto
en vilo de toda la comunidad científica en cuanto al
tema de
la seguridad de las centrales nucleares, que algunos entienden poder controlar; pero lo que no
puede soslayarse es la ubicación de los residuos nucleares, los que aún
almacenados representan un alto elemento de riesgo. En
nuestro país, por estos días, las medidas de seguridad de la central nuclear Atucha, también son
cuestionadas por Organismos Internacionales.
Que entendemos que compete al Municipio, ello
fundado en un criterio esencialista y
racional, entender en la temática que se
ha dado a conocer como de "Evitación y Prevención de daños", en el
mundo de las ciencias jurídicas. Para ello,
Así también, existe
antecedentes de Ordenanzas Municipales de
varias Comunas Argentinas que han declarado su jurisdicción como zona no nuclear, como el
municipio de EL BOLSON (Pcia. de Río Negro), que declaró
El dictamen
de
Por todo ello el Concejo
Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 837/93
Art.1º) Declárese al ámbito jurisdiccional territorial de
Art.2º) Prohíbase la instalación
de centrales nucleares en este
Municipio.
Art.3º) Prohíbase la instalación en
el ámbito de este Municipio de toda planta de enriquecimiento o de
procesamiento de uranio, plutonio y/o
cualquier sustancia de tipo radioactivo.
Art.4º) Se prohibe en el Municipio de Villa Gobernador Gálvez el
almacenamiento y/o/ transporte,
terrestre o fluvial, de desechos
provenientes de centrales nucleares nacionales o extranjeras.
Art.5º) Ordénase al Departamento
Ejecutivo Municipal a que instrumente la
señalización de todo camino o ruta de
acceso a nuestra ciudad, aludiendo a la condición de "VILLA GOBERNADOR GALVEZ - ZONA NO NUCLEAR".
Art.6º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 06 de Mayo de 1993.
Presidente: Magdalena Sarache Pro Secretaria: Victoria Beloni