VISTO:
El Derecho de Registro e Inspección y lo
previsto en
CONSIDERANDO:
Que es
necesario implementar el cobro del
1er. Período Mensual
correspondiente al mes de Enero de 1993.
Por todo ello el
Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
ORDENANZA Nº813/93
Art.1º) Emítase el 1er. Período Mensual del Derecho de Registro e
Inspección, correspondiente al período Enero/93 con los mismos valores que rigieron según Ordenanza Tributaria Nº 804/92 .
Art.2º)
Fíjese como vencimiento del 1er. Período
Mensual el día 10 de Febrero de 1993.
Art.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 9 de Febrero de 1993.
Presidente: Manuel Casteleiro Pro Secretaria: Victoria Beloni