VISTO:
1) La nota
presentada en fecha 17 de diciembre de 1992 por el Socio
Gerente de la empresa de Transporte
Urbano de Pasajeros de Villa Gobernador Gálvez Ing. Mosconi
S.R.L solicitando un trato igualitario con las empresas homogéneas
de la ciudad de Rosario en lo referente a la extensión de servicios que a estas empresas
se les ha autorizado mediante convenio suscripto entre ambos Municipios,
haciendo constar que esa empresa se encuentra en condiciones operativas para
llevar los pasajeros de Villa Gdor. Gálvez hasta la ciudad de Rosario y recíprocamente en
unidades modelos 1992 y 1993 ingresando
a la vecina localidad con una frecuencia
de 5 y 7 minutos con una tarifa igual a
la del Transporte Urbano de Villa Gobernador Gálvez de pesos treinta y cinco centavos ($0,35),
realizando los recorridos actuales ambas
líneas (negra y verde) ingresando a la
ciudad de Rosario con un trazado que no afectará al T.U.P. de esa ciudad.
2) La nota
ampliatoria presentada por la empresa Ing.
Enrique Mosconi S.R.L. en fecha 22/01/92 donde hace constar el
recorrido estimativo dentro del
éjido urbano de la
ciudad de Rosario: Ida: Villa
Gobernador Gálvez, Av. Del Rosario,
Cepeda, Gutierrez, Grandoli, Uriburu,
Presidente Roca, San Luis, Laprida, San Juan; Regreso: San Juan ,
Paraguay, Uriburu, Grandoli, Lamadrid,
Pedernera, Av. Del Rosario,
Villa Gobernador Gálvez. Y el
Ofrecimiento por parte de la empresa en beneficiar a los estudiantes
que asisten a colegios de nuestra
ciudad y de Rosario con el descuenta del
64,3% a los alumnos primarios y del 50,5%
a los secundarios mediante abonos mensuales.
3) El convenio celebrado el 16/03/92 entre
ambos Municipios referido a la extensión
de líneas del Transporte Urbano de
Pasajeros a aquellas empresas que llegan hasta
el límite de los respectivos
municipios. Homologado por
4)
CONSIDERANDO:
Que es función
propia del Concejo deliberante la de Legislar en materia de Transporte urbano
de pasajeros y su funcionamiento, garantizando un servicio adecuado y que
beneficie a la comunidad toda.
Que al
formar parte esta ciudad del Gran
Rosario, gran cantidad de vecinos se traslada en forma
periódica hacia la ciudad de Rosario y a
la inversa la misma situación se da
respecto a gran cantidad de trabajadores que con domicilio en Rosario se trasladan a cumplir
sus tareas en industrias y reparticiones locales, por lo que
resulta muy beneficioso para tosa esta
gran masa de vecinos y trabajadores el precio del boleto en $0,35 ofrecido por
la empresa Ing. Enrique Mosconi S.R.L. para la prestación del servicio.
Que también resulta
altamente beneficioso para los escolares que asisten a colegios de ambas
ciudades la bonificación que sobre el
precio del boleto ofrece la referida empresa para los mismos, desde que el
alumno primario abonaría el 35,7% y el secundario el 49,5% del precio del
boleto mediante abonos mensuales.
Que por cláusula segunda del convenio de fecha
16/03/92 los representantes del ejecutivo de las municipalidades de
Rosario y Villa Gobernador Gálvez
autorizan la extensión de los
servicio de las líneas de transporte
que llegan hasta el límite de los
respectivos municipios.
Que posteriormente
en fecha 10/12/92 la legislatura de
Que de no darse
trato igualitario a la empresa Ing. Mosconi con respecto a sus homogéneas de
Rosario se le estaría causando u
gravísimo e irreparable perjuicio patrimonial y se la estaría condenando a una segura
extinción con las lógicas
consecuencias de pérdida de trabajo para
vecinos de esta ciudad, sin otorgarle igual franquicia a la empresa
Gral. Mosconi, para que la misma pueda ingresar a Rosario, provocaría una merma
del corte de boleto de esta empresa en un alto porcentaje, debido a que
evidentemente los pasajeros que
hoy utilizan sus servicios para llegar
al límite del municipio y allí ascender a lineas de Rosario en su cabecera no lo harán más ni a
la ida ni a al regreso desde que les resultará mucho mas conveniente utilizar
las lineas que los llevarán y traerán en forma directa hacia y desde Rosario.
Por todo ello el
Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº811/93
Art.1) Autorizase a la empresa de
Transporte Urbano de Pasajeros
Ing. Enrique Mosconi
S.R.L., concesionaria de las lineas
bandera Negra y Verde a que extienda su recorrido hasta la ciudad de Rosario,
en virtud de la legislación y Convenios expuestos en los vistos y
considerandos.
Art.2) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Concejo Deliberante, 28 de Enero de 1993.
Presidente: Manuel Casteleiro Pro Secretaria: Victoria Beloni