VISTO:
En
El proyecto de Ordenanza
presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal con fecha
07/06/94, (Expte.769/94), y
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar el cobro del
6º anticipo mensual
correspondiente al mes de Junio de 1994.
Que la tarifa aplicable para el
cálculo del 6º anticipo mensual permanecerá igual a la que
rigió para el 5º anticipo.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona
la siguiente:
ORDENANZA Nº 985/94
ART.1º) Emítase el 6º
anticipo mensual de
ART.2º)
ART.3º) El importe correspondiente a
ART.4º) Fíjase como primer vencimiento
del 6º anticipo mensual el día 10 de
Julio de 1994.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese,
Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Junio 16, 1994.
Presidente: Carlos Croci Secretaria: Nestor Espinoza