VISTO:
El Derecho de
Registro e Inspección y lo previsto en
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar el cobro del 9º y 10º
Período Mensual, correspondientes a los
Períodos Fiscales de los meses de
Setiembre y Octubre de 1.995.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en
uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº 1111/95
ART.1º) Emítanse el 9º y
10º Período Mensual del Derecho
de Registro e Inspección, correspondientes a los
períodos fiscales de Setiembre y
Octubre de 1.995 con los mismos valores que rigieron para el 8º
Período mensual de 1.995.
ART.2º) Fíjase como primer vencimiento del 9º Período Mensual el 10
de Octubre de 1.995, y para el 10º Período Mensual el 10 de Noviembre de 1995.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Septiembre 14, 1995.
Presidente: Carlos Croci Pro Secretaria: Victoria Beloni