EXPTE. Nº 1.249/96.
VISTO:
CONSIDERANDO:
Que
es necesario efectuar una reestructuración de las
categorías para la
liquidación de
Que
es facultad del Concejo
Deliberante dictar
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso
de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº 1204/96
ART.1º) Déjese sin efecto el Art. 3º de
ART.2º) Incorpórese como Artículo 3º de
"Delimítese
dentro de
Primera: Frentista de avenidas y calles principales según detalle:
a) Avenida San Martín (desde
circunvalación hasta Belgrano).
b) Avenida Juan Domingo Perón
(desde Entre Ríos hasta Arroyo Saladillo).
c) Bv. San Diego (desde Av. Filippini hasta Alvear).
d) Av. Filippini (desde Colectora a Levalle).
e) Av. Mitre (desde Av. San Martín
a Av. Filippini) y demás servicios del Artículo 68º del Código
Tributario Municipal.
Segunda: Frentistas con calles de pavimento y demás servicios del
Artículo 68º del Código Tributario Municipal.
Tercera: Frentistas con calles de Estabilizado y
demás servicios del Artículo
68º del Código
Tributario Municipal.
Cuarta: Frentistas con calles de tierra y demás servicios del Artículo 68º del Código
Tributario Municipal.
Quinta: Tasa mínima que deberán
abonar los frentistas no considerados en
las Categorías anteriores.-
Delimítese dentro de
Sexta: Frentistas con calles de
pavimento y demás servicios del Artículo
68º del Código Tributario Municipal.
Séptima: Frentistas con calles de
estabilizado y demás servicios del
Artículo 68º del
Código Tributario Municipal.
Octava: Frentistas con calles de tierra y demás servicios del Artículo 68º del Código
Tributario Municipal.
Novena: Tasa mínima que deberán
abonar los Frentistas no considerados en
las Categorías anteriores.
ART.3º) Déjese sin efecto
ART.4º) Incorpórese como TABLA DE
BASICOS PARA EL CALCULO DE
ZONA URBANA
CODIGO VALORES
0010 1,20
0100 0,60
0020 1,00
0200 0,50
0030 0,70
0300 0,30
0040 0,50
0400 0,20
0050 0,25
0500 0,10
ZONA SUBURBANA
0060 0,60
0600 0,30
0070 0,45
0700 0,20
0080 0,25
0800 0,10
0090 0,15
0900 0,06
ART.5º) Las presentes modificaciones serán de aplicación a partir de la
emisión del 11º Anticipo Mensual de 1996.
ART.6º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,
Septiembre 26 de 1.996.
Presidente: Carlos Croci Secretaria: Nestor Espinoza