El Expediente de este Concejo Deliberante Nº
970/94 yla Ordenanza Nº 993/94.
El Expediente Nº 1213/96, y
CONSIDERANDO:
Enprimertérmino, la Ordenanza Nº
993/94autorizóal DepartamentoEjecutivoMunicipal a ceder elprediode propiedad Municipal ubicado en la Sección Catastral15º, Manzanas 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 39,
40, 51, 53,64, 65 y 66 del plano
oficial, a la Unión
de Trabajadoresde CargayDescarga de la
República Argentina;sujetoal cumplimiento por parte
del cesionario del cargo deconstrucción
e instalación de un Mercado Polirrúbrico Alimenticio, previéndose que para el
caso de incumplimiento del cargoporparte del cesionario laMunicipalidadqueda facultada a solicitar la retrocesión de la propiedad, sin costo
alguno para ésta y con todas las mejoras incorporadas. Que posteriormente el
Departamento Ejecutivo Municipalfirma
un convenio que de acuerdo a laOrdenanzaNº 993/94 debía ser
homologado por el Concejo Deliberante lo que jamás ocurrió, atento a que el
Concejo observóalgunasde las cláusulas del mismo yexigiómodificaciones que jamás se realizaron para homologar.
En segundo término, podemos observar que sin
perjuicio de lo antes expuesto, la Municipalidad con absoluta buena fe contractualintimópor Carta DocumentoNº05181469a UTCYDRA para que entre otras cosas fijara fecha cierta de iniciación
de las obras, bajo apercibimiento de enviar al Concejo Deliberante los
antecedentes a efectos de quese derogue
la Ordenanza Nº
993/94; por incumplimiento de las obligaciones, a cargo de ellos siendo que la CartaDocumentofuerecepcionadaen fecha 4 deAbrilde1.996 conforme aviso de
retorno obrante a fojas 3 del expte. de referencia,lamisma jamás fuecontestadayhabiendo vencido con holgura el plazo de 15 días que se lesotorgara para contestar la intimación, es
obvio que la cesionariahademostrado su desinterés y su voluntaddeno
cumplircon lo pactado vale decir: con
susobligaciones por lo que no queda más
remedio que derogar laOrdenanza Nº 993/94,
rescindir el convenio suscripto por elDepartamentoEjecutivoMunicipal y UTCYDRA yretrotraerla propiedaddelinmueble a la Municipalidaddejandosin efecto la cesión de Derechos y Acciones efectuada oportunamente.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso
de susatribuciones sanciona la
siguiente:
ORDENANZA Nº 1183/96
ART.1º) Derógase la Ordenanza Nº 993/94,
en todas sus partes.
ART.2º) Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal, a rescindir el convenio de Cesión de Derechos y Acciones de
Inmueblesde propiedad Municipal,
suscripta oportunamentecon laUnión
de Trabajadores de Carga y Descarga de laRepública Argentina;
retrotrayéndose la posesión de los mismos a la Municipalidad.
ART.3º) Autorízaseal Departamento Ejecutivo Municipal, aefectuaruna última intimación
por el término de 72horasa UTCYDRAdentro de los diez días de aprobadalapresente Ordenanza, por el
Concejo Deliberante.
ART.4º) Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal a queuna vezvencidoel plazo de la intimación delArt.3º,se notifiqueaUTCYDRA la parte resolutiva
delapresente Ordenanza.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,
Julio 04 de 1.996.