Expte. Nº 1.207/96.
VISTO:
CONSIDERANDO:
Que no se encuentra reglamentado el servicio
de remises en esta Ciudad.
Que es necesario otorgar una financiación
para el pago de la autorización anual a
efectos de permitir el cumplimiento de los contribuyentes sin provocar una
carga demasiado onerosa, atendiendo a la
realidad económica.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso
de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1178/96
ART.1º) Modifícase
el Art. 21º, en el item referido a:
Taxis o Remises y Transportes
Escolares y Especiales, que quedará redactado de la siguiente manera:
" Taxis y Transportes Escolares y Especiales:
Por la autorización del servicio
de Taxis y Transportes Escolares y Especiales,
se abonará anualmente la suma de $150.- (Pesos
Ciento Cincuenta), la que será
cobrada en tres cuotas ".
ART.2º) Fíjase
como vencimiento para el pago de la
autorización anual:
1er.
Cuota: 01/07/96.
2da.
Cuota: 20/08/96.
3era.
Cuota: 20/10/96
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Junio 20, 1996.
Presidente: Carlos Croci Secretaria: Nestor Espinoza