Expte. Nº 1197/96.
VISTO:
Las Ordenanzas Nº 619/90 y 991/94, y
CONSIDERANDO:
El dictado por el Poder Ejecutivo Nacional
de
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso
de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº1171/96
ART.1º) Modifícase el Art. 82 del
Código Tributario Municipal, que quedará redactado de la siguiente manera:
" Artículo 82: Las Entidades
Financieras comprendidas en las disposiciones
de
ART.2º) Modifícase el Artículo 20, Título: ALICUOTAS DIFERENCIALES, Inciso c), de
" Inciso c) del Diez por Mil ( 10º/00 )
Entidades Financieras comprendidas en
las disposiciones de
ART.3º) Elévese el presente para
su tratamiento y a los efectos que
correspondan.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Mayo 9 de 1996.
Presidente: Carlos Croci Secretaria: Nestor Espinoza