Expte. Nº 1297/97.
VISTO:
El proyecto de Contrato de Concesión de Uso
y Explotación de un inmueble destinado a recreación,
realizado por el Sindicato de Correos y Telecomunicaciones
de
CONSIDERANDO:
Que ha vencido el Contrato de Concesión de
Uso y Explotación suscripto
oportunamente con el Club Atlético
Provincial, por un predio recreativo ubicado en la localidad de Tanti.
Que
ante la imposibilidad de la renovación del mismo
y, habiéndose observado que el
Programa de Recreación
y Turismo implementado por
Que es necesario mantener y/o continuar con
dicho Programa Social de Turismo y Recreación, máxime cuando se han contraído
compromisos con escuelas de la localidad, siendo por
lo tanto necesaria la urgente contratación
de un predio de características
similares e idénticos costos.
Que el convenio a suscribirse con el
Sindicato de Correos y Telecomunicaciones de la vecina Ciudad
de Rosario, el cual es propietario de un predio de
recreación, ubicado en
Que siendo este Sindicato el único proveedor
poseedor que se encuentra en condiciones
de ofrecer un predio en tales
condiciones y ante la urgencia del Municipio para cumplir con los compromisos antes
mencionados, es menester autorizar tal contratación.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso
de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº1227/97
ART.1º) Declárese la urgencia y la necesidad para
ART.2º) Autorízase al Departamento
Ejecutivo Municipal para firmar
el correspondiente contrato de Uso
y Explotación del inmueble
mencionado en el Art. 1º con el Sindicato
de referencia, el que forma parte
integrativa de esta Ordenanza y cuyo plazo de vigencia será del 5 de Febrero
de 1.997 hasta el 31 de Enero de 1.998.
ART.3º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar un gasto de $ 2.000.- mensuales en concepto
de pago
por esta Concesión, con más el pago de los Impuestos Municipales del
predio y la parte proporcional de los servicios de luz, leña, gas, mantenimiento, etc. que
correspondieren por el uso de las cincuenta plazas locadas.
ART.4º) Contabilícence las erogaciones que se
devengaren por aplicación del Art. 3º en
ART.5º) Impónese al Departamento
Ejecutivo Municipal la obligación de elevar a este Concejo Deliberante a la finalización
del contrato de concesión, informe detallado de la
cantidad de personas que utilizaron el
predio, gastos efectuados y monto
recaudado en concepto de derecho de uso de las instalaciones.
ART.6º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 04 de Febrero de 1997.
Presidente: Carlos Croci Pro Secretaria: Victoria Beloni