Miércoles, 16 Enero 2008 11:24

Ord. 1350/98 Condiciones licencia de conducir

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Expte. Nº 1.589/98.

VISTO:

El Decreto Provincial Nº 266/97 por el cuál se  implementó la nueva Licencia de Conductor en todo el territorio de la Provincia de Santa Fe.

Que implementado el nuevo sistema se incorporarán técnicas de  avanzada  que hacen a un control más  riguroso  en  la expedición de los Carnets de Conductor con el sólo  objeto de disminuir el incremento de los accidentes de tránsito y la inviolabilidad de los Registros Habilitantes.

Que  con  este  nuevo sistema las  Municipalidades  de  la Provincia podrán emitir la Licencia de Conducir Nacional e Internacional  de manera definitiva, y

 

CONSIDERANDO:

Que con el fin de adaptarnos a la nueva normativa  Provincial,  esta Municipalidad ha llevado a cabo la  licitación correspondiente  con el propósito de adquirir el  sistema, equipamiento  e insumos necesarios para la emisión  de  la licencia  definitiva en Villa Gobernador Gálvez,  mediante Decreto Nº 2932/98.

Que por Decreto Nº 3116/98 fue adjudicada dicha Licitación a la Empresa RIT Rosario Imaging Technologies S.R.L.

Que es necesario implementar el nuevo trámite a cumplimentar por los interesados en obtener su licencia de conducir o renovar la existente.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1350/98

 

ART.1º) La Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se hará cargo de la recepción, control de datos y emisión de la Licencia de Conductor, adaptándose a los criterios establecidos por la  Ley  Nacional    24.449,  Decretos  Provinciales  Nº 00456/70  y 0266/97 y Convenio de fecha 11 de  Agosto  del corriente  años  suscripto entre esta Municipalidad  y  el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio de la Provincia de Santa Fe.

 

ART.2º) Para obtener Licencia de Conductor deberán cumplimentarse los siguientes pasos y en el orden estipulado a  continuación:

 

                  1) Llenado de solicitud correspondiente.

                  2) Libre Multas.

                  3)  Llenado  de Declaración Jurada previa  al  exámen psicofísico.

                  4) Exámen de evaluación de las condiciones psicofísicas.

                  5) Pago del Tributo correspondiente.

                  6) Exámen Teórico-Práctico.

                  7) Captura de Datos.

                  8) Digitalización de firma y foto.

                  9) Emisión de la Licencia.

 

ART.3º) Modifíquese la Ordenanza Nº 1.290/97, en su Artículo  21º " OTROS TRIBUTOS ", en lo relativo al Derecho de Solicitud de  Licencia  de Conductor o renovación,  el  que  quedará redactado de la siguiente manera:

           " Derecho de Solicitud de Licencia de Conductor definitiva o renovación ".

           (Libre Multa, exámen Psico- físico, Exámen Teórico-Práctico,  Digitalización de firma y foto, emisión de la  licencia)...........................................$ 50.-

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de Octubre de 1998.

Presidente: Graciela Bonomelli

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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