Miércoles, 16 Enero 2008 08:54

Ord. 1300/98 Ejecución Presupuestaria Concejo Deliberante 1997

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Expte. 1426/98, y

 

CONSIDERANDO:

   Que  debe remitirse el Cuadro de Ejecución  Presupuestaria del  año 1997 correspondiente a este Concejo  Deliberante, en cumplimiento de la circular Nro. 003/95 de la Subsecretaría de Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe.

Que  se  ha  solicitado a la Caja de  Jubilaciones  de  la Provincia de Santa Fe y a la Obra Social I.A.P.O.S.  según notas de fecha 17/02/98, que se proceda al descuento de la deuda que mantiene este Concejo con la misma, de la coparticipación  correspondiente  a la Municipalidad  de  Villa Gdor. Gálvez, con la conformidad del Sr. Intendente  Municipal.

Que simultáneamente el Departamento Ejecutivo Municipal ha mantenido  una deuda con esta Institución en  los  últimos años, que deberá ser cancelada en virtud de que como se ha expresado  en el párrafo anterior, el mismo ha asumido  la cancelación  de las obligaciones previsionales y  sociales correspondiente a este Concejo Deliberante.

Que  se  procederá a efectuar  compensaciones  de  capital correspondiente  a partidas deudoras y acreedoras,  motivo por el cual en caso de existir ajustes que los  organismos previsionales  y sociales efectuaran en razón  del  tiempo transcurrido,  los  mismos deberán resultar  a  cargo  del Departamento Ejecutivo Municipal.

Que este Concejo Deliberante ha procedido a una  compensación  de  partidas presupuestarias, sin alterar  el  monto total de erogaciones autorizadas, entre  Gastos de Funcionamiento y partidas del rubro Personal,  en razón de haber resultado el mismo insuficiente en las segundas y excesivo en la primera.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1300/98

 

ART.1º) Apruébase  la  Ejecución Presupuestaria de  este  Concejo Deliberante  correspondiente al año 1997 que se  consignan en los anexos: Cuadro Nro. 2, Nro. 5 y Nro. 5 a.

 

ART.2º) Transfiérese al Departamento Ejecutivo Municipal la deuda que  mantiene  este  Concejo Deliberante con  la  Caja  de Jubilaciones de la Provincia de Santa Fe y la Obra  Social I.A.P.O.S.  por un importe de $ 261.010,88, según anexo  " Aportes  y  Contribuciones Previsionales y  Sociales"  que integra la presente Ordenanza.

 

ART.3º) Compénsese el importe de dicha transferencia con la deuda que mantiene el Departamento Ejecutivo Municipal con  este Concejo Deliberante hasta el importe mencionado en el art. 2º.

 

ART.4º) De  existir  algún reajuste de deuda, efectuado  por  los organismos previsionales y sociales al total mencionado en el art. 2º, deberá ser asumido por el Departamento  Ejecutivo Municipal.

 

ART.5º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Marzo 26, 1998.

 

Presidente: Graciela Bonomelli

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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