Lunes, 14 Enero 2008 09:24

Ord. 1295/98 Renovación contrato inmueble Stephenson 1756

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Expte. Nº 1.422/98.

VISTO:

El  Expediente  Nº 1.422/98, referido a la  solicitud  del Departamento  Ejecutivo Municipal de autorización para  la renovación del Contrato de Locación celebrado oportunamente entre la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez y  el Señor Elso Herminio Bartoli, respecto al Inmueble  ubicado en calle Sthepenson 1756, Sección Catastral 8va.,  Manzana 27 Lote 001; de nuestra Ciudad.

La Ordenanza Nº 1165/96 por la que se autorizó al Departamento  Ejecutivo Municipal a suscribir el  correspondiente Contrato  de  Locación objeto de la  actual  solicitud  de renovación.-

La Ley 2756, en su Art. 11º, y

 

CONSIDERANDO:

Que  es  necesario contar con un local apropiado  para  el funcionamiento del Tribunal Municipal de Faltas y Corralón Municipal, por lo que es obvio, debe renovarse el contrato de  locación  oportunamente  suscripto, atento  a  que  el inmueble precedentemente mencionado fue el que este Concejo consideró adecuado para tal fin al momento de autorizar la suscripción del primer contrato .-

Que es atribución del Concejo Deliberante en virtud de  lo expresamente dispuesto por el art. 11 de la ley 2756, para casos  como éste, autorizar la contratación directa  prescindiendo  del llamado a licitación, tal como se  hizo  al momento de autorizar al Departamento Ejecutivo a suscribir el   Contrato  de  Locación  cuya  renovación   ahora   se solicita.- 

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1295/98

 

ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal en  virtud de las facultades que otorga a este Concejo Deliberante el Art.  11º de la Ley 2756, proceda a la renovación  por  el término de dos años a partir del 01/03/98 del Contrato  de Locación suscripto en el Mes de Marzo de 1.996 con el  Sr. Elso  Herminio  Bartoli y referido  al  Inmueble  sito  en calle Stephenson 1756 de esta Ciudad e identificado catastralmente como Lote 1, Sección Catastral 8va. Manzana  27, debiendo mantenerse  inalterables todas y cada una de  las clausulas  del contrato originario, quedando  expresamente prohibida  la introducción  de nuevas y/o modificación  de las  existentes  sin previa autorización de  este  Concejo Deliberante.

 

ART.2º) Autorízase el gasto de $ 2.000. (Pesos Dos Mil) mensuales para  el  pago del alquiler del inmueble descripto  en  el Art.    de la presente, el cuál deberá  imputarse  a  la partida correspondiente.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Marzo 4, 1998.

Presidente: Graciela Bonomelli

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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