Martes, 08 Septiembre 2009 08:05

Ord. 1489/01 Aceptación Cesión Propiedad Y/O Derechos Y Acciones terrenos sección 20

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Expte. Nº 2.143/01.

VISTO:

El Expediente Municipal Nº 24.696/01.

La  propuesta  efectuada por la totalidad de  los  vecinos frentistas  sobre  un camino público (sin  nombre)  en  la Sección Catastral Nº 20, identificados como parcela Nº 50, 52/1, 52/2, 52/3 y 53, y

 

CONSIDERANDO:

Que la aceptación de la propuesta efectuada por los  señores  frentistas  proporcionaría a  esta  Municipalidad  la posibilidad cierta de dar solución a los graves  problemas de inundación en las Secciones Catastrales 11º y 12º.

Que  los mismos ofrecen ceder a la Municipalidad de  Villa Gobernador  Gálvez una fracción de terreno de 3,00  metros de ancho por el frente de su propiedad.

Que se cuenta con un proyecto ejecutivo  elaborado por  la Dirección  Provincial de Hidráulica que forma parte de  la presente Ordenanza.

Que la aceptación de dicha propuesta permitiría al municipio  contar  con una importante fracción de  terreno  para desarrollar  el  proyecto elaborado por  la  Dirección  de Hidráulica.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1489/2001

 

ART.1º) Acéptase la cesión  de la propiedad y/o de los derechos y acciones  que detentare el cedente a la  Municipalidad  de Villa  Gobernador  Gálvez de una fracción  de  terreno  de 643,86  m² de superficie destinado al ensanche del  camino público  (sin nombre), correspondiente a la parcela Nº  50 de la Sección Catastral Nº 20, empadronado bajo la partida del Impuesto Inmobiliario Nº 16.08.00.344308/0000-3,  cuya titularidad corresponde a la Sra. Argentina Scalella viuda de  Duaso,  L.C. Nº 5.303.980, con domicilio en  la  calle Balcarce Nº 1286 de Villa Gobernador Gálvez.

 

ART.2º) Acéptase la cesión de la propiedad y/o de los derechos  y acciones  que detentare el cedente a la  Municipalidad  de Villa  Gobernador  Gálvez de una fracción  de  terreno  de 551,16  m² de superficie destinado al ensanche del  camino público (sin nombre), correspondiente a la parcela Nº 52 - subparcela    1 - Polígono C, Sección  Catastral    20 empadronado  bajo la partida del Impuesto Inmobiliario  Nº 16.08.00.344310/0001-7,  cuya  titularidad  corresponde  a Scalella Aurora N., D.N.I. Nº 10.875.131, con domicilio en Av. Soldado Aguirre Nº 1920 de Villa Gobernador Gálvez.

 

ART.3º) Acéptase la cesión de la propiedad y/o de los derechos  y acciones  que detentare el cedente a la  Municipalidad  de Villa  Gobernador  Gálvez de una fracción  de  terreno  de 220,47  m² de superficie destinado al ensanche del  camino público (sin nombre),  correspondiente a la parcela Nº  52 -subparcela    2- Polígono C Sección  Catastral    20, empadronado  bajo la partida del Impuesto Inmobiliario  Nº 16.08.00.344310/0003-5,  cuya  titular  es  la  Sra.  Irma Nemesia Fuligni, L.C. Nº 5.704.575.

 

ART.4º) Acéptase la cesión de la propiedad y/o de los derechos  y acciones  que detentare el cedente a la  Municipalidad  de Villa  Gobernador  Gálvez de una fracción  de  terreno  de 110,22  m² de superficie destinado al ensanche del  camino público  (sin nombre), correspondiente a la parcela Nº  52 -subparcela    3- Polígono C Sección  Catastral    20, empadronado  bajo la partida del Impuesto Inmobiliario  Nº 16.08.00.344310/0002-6, y 1.224,45 m² con el mismo destino correspondiente  a  la Parcela Nº 53 Polígono  C,  Sección Catastral      20,  empadronado  bajo   la   Partida   B 16.08.00.344311/0000-7, cuya titularidad corresponde a  la Sra. Argentina Scalella viuda de Duaso, L.C. Nº 5.503.980, con domicilio en calle Balcarce Nº 1286 de Villa  Gobernador Gálvez.

 

ART.5º) Autorízase  al  Sr. Intendente Municipal a  suscribir  en nombre y representación de la Municipalidad un convenio de dación de pago con los señores propietarios frentistas  en la cuál deberá constar que las cesiones descriptas en  los Artículos  anteriores  se dan en pago por la deuda  de  la Tasa  General de Inmuebles correspondiente a  las  cuentas cuyos  números  son: 50188-00-05 (Gral.  Obligado  y  Ruta Provincial  25-S);  50190-00-10  (Gral.  Obligado   1665); 50191-00-06    (Gral.   Obligado);   50192-00-02    (Gral. Obligado);  50193-00-09 (Gral. Obligado-Magallanes).  Asímismo  la  Municipalidad se hará cargo de los  gastos   de mensura y de escrituración. Se fija a cargo de la  Municipalidad  compensar a los propietarios frentistas el  monto equivalente  a  20  años de Tasa General  de  Inmuebles  a valores  actuales  para el monto imponible actual  de  las mismas cuentas, debiendo el Departamento Ejecutivo Municipal  instrumentar  tal  compensación con el  cobro  de  la T.G.I. al momento de devengarse las cuotas respecto a  los inmuebles de referencia.

 

ART.6º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a ingresar al  Patrimonio  Público los terrenos  mencionados  en  los Arts. 1º, 2º, 3º y 4º.

 

ART.7º) Hágase saber que la Escritura de los predios cedidos para ensanche de camino público se llevará a cabo dentro de los 90  (noventa)  días de la fecha de aprobada  la  presente, ante escribano que designe la Municipalidad.

 

ART.8º) Los terrenos que se ceden e identificados en los Arts. 1º  al  4º inclusive serán destinados a la construcción de  un desagüe  pluvial  por parte de la Municipalidad  de  Villa Gobernador Gálvez.

 

ART.9º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de diciembre de 2.001.

Presidente: Graciela Bonomelli

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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