Lapropuestaefectuada por la
totalidad delosvecinos frentistassobreun camino público (sinnombre)enla Sección Catastral
Nº 20, identificados como parcela Nº 50, 52/1, 52/2, 52/3 y 53, y
CONSIDERANDO:
Que la aceptación de la propuesta efectuada
por losseñoresfrentistasproporcionaría aestaMunicipalidadla posibilidad cierta de dar solución a los gravesproblemas de inundación en las Secciones
Catastrales 11º y 12º.
Quelos mismos ofrecen ceder a la Municipalidad deVilla GobernadorGálvez una
fracción de terreno de 3,00metros de
ancho por el frente de su propiedad.
Que se cuenta con un proyecto ejecutivoelaborado porla
DirecciónProvincial
de Hidráulica que forma parte dela
presente Ordenanza.
Que la aceptación de dicha propuesta
permitiría al municipiocontarcon una importante fracción deterrenopara desarrollarelproyecto elaborado porlaDirecciónde Hidráulica.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso
de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1489/2001
ART.1º) Acéptase la cesiónde la propiedad y/o de los derechos y
accionesque detentare el cedente a laMunicipalidadde VillaGobernadorGálvez de una fracciónde terrenode 643,86m² de superficie
destinado al ensanche delcamino público(sin nombre), correspondiente a la parcela
Nº50 de la Sección Catastral
Nº 20, empadronado bajo la partida del Impuesto Inmobiliario Nº
16.08.00.344308/0000-3,cuya titularidad
corresponde a la Sra.
Argentina Scalella viuda deDuaso,L.C. Nº 5.303.980, con
domicilio enlacalle Balcarce Nº 1286 de Villa Gobernador
Gálvez.
ART.2º) Acéptase la cesión de la propiedad y/o de
los derechosy accionesque detentare el cedente a laMunicipalidadde VillaGobernadorGálvez de una fraccióndeterrenode 551,16m² de superficie destinado al ensanche
delcamino público (sin nombre),
correspondiente a la parcela Nº 52 - subparcelaNº1 - Polígono C, SecciónCatastralNº20 empadronadobajo la partida del Impuesto
InmobiliarioNº
16.08.00.344310/0001-7,cuyatitularidadcorrespondea Scalella Aurora N.,
D.N.I. Nº 10.875.131, con domicilio en Av. Soldado Aguirre Nº 1920 de Villa
Gobernador Gálvez.
ART.3º) Acéptase la cesión de la propiedad y/o de
los derechosy accionesque detentare el cedente a laMunicipalidadde VillaGobernadorGálvez de una fraccióndeterrenode 220,47m² de superficie destinado al ensanche
delcamino público (sin nombre),correspondiente a la parcela Nº52 -subparcelaNº2-
Polígono C SecciónCatastralNº20,
empadronadobajo la partida del Impuesto
InmobiliarioNº 16.08.00.344310/0003-5,cuyatitulareslaSra.Irma Nemesia Fuligni, L.C.
Nº 5.704.575.
ART.4º) Acéptase la cesión de la propiedad y/o de
los derechosy accionesque detentare el cedente a laMunicipalidadde VillaGobernadorGálvez de una fraccióndeterrenode 110,22m² de superficie destinado al ensanche
delcamino público(sin nombre), correspondiente a la parcela
Nº52 -subparcelaNº3-
Polígono C SecciónCatastralNº20,
empadronadobajo la partida del Impuesto
InmobiliarioNº 16.08.00.344310/0002-6,
y 1.224,45 m²
con el mismo destino correspondienteala Parcela Nº 53 PolígonoC,Sección CatastralNº20,empadronadobajolaPartidaB 16.08.00.344311/0000-7,
cuya titularidad corresponde ala Sra. Argentina
Scalella viuda de Duaso, L.C. Nº 5.503.980, con domicilio en calle Balcarce Nº
1286 de VillaGobernador Gálvez.
ART.5º) AutorízasealSr. Intendente Municipal
asuscribiren nombre y representación de la Municipalidad un
convenio de dación de pago con los señores propietarios frentistasen la cuál deberá constar que las cesiones
descriptas enlos Artículosanterioresse dan en pago por la deudadela TasaGeneral de Inmuebles correspondiente alascuentas cuyosnúmerosson: 50188-00-05 (Gral.ObligadoyRuta Provincial25-S);50190-00-10(Gral.Obligado1665); 50191-00-06(Gral.Obligado);50192-00-02(Gral.
Obligado);50193-00-09 (Gral.
Obligado-Magallanes).AsímismolaMunicipalidad
se hará cargo de losgastosde mensura y de escrituración. Se fija a
cargo de laMunicipalidadcompensar a los propietarios frentistas el monto equivalentea20años de Tasa GeneraldeInmueblesa valoresactualespara el monto imponible actualdelas mismas cuentas, debiendo
el Departamento Ejecutivo Municipalinstrumentartalcompensación con elcobrodela T.G.I. al momento de
devengarse las cuotas respecto alos
inmuebles de referencia.
ART.6º) Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal a ingresar alPatrimonioPúblico los terrenosmencionadosenlos Arts. 1º, 2º, 3º y 4º.
ART.7º) Hágase saber que la Escritura de los predios
cedidos para ensanche de camino público se llevará a cabo dentro de los 90(noventa)días de la fecha de aprobadalapresente, ante escribano que designe la Municipalidad.
ART.8º) Los terrenos que se ceden e identificados en
los Arts. 1ºal4º inclusive serán destinados a la
construcción deun desagüepluvialpor parte de la
MunicipalidaddeVilla Gobernador Gálvez.
ART.9º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28
de diciembre de 2.001.