VISTO:
El Contrato de Concesión del
Servicio Público de Energía Eléctrica y
de Alumbrado Público de
CONSIDERANDO:
Que dicha Ley contempla para el
ámbito de
Que resulta necesario
adherir a
Que por otra parte resulta necesario autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a iniciar gestiones
de renegociación de monto máximo con el
concesionario del Servicio Público de
Energía Eléctrica respecto a los
gastos que efectúa
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones
sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº 1534/2002
ART.1º)
Dispónese que el Municipio de Villa Gobernador
Gálvez adhiere a
ART.2º)
PRECIOS:
Para el
cálculo de la redeterminación de
precios se utilizarán como
valores máximos (valores tope) de referencia
los valores informados por
ART.3º)
Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a renegociar con el Concesionario del Servicio
Público de Energía Eléctrica (Cooperativa
Integral Ltda. Villa Gobernador Gálvez) el
monto máximo por los gastos que
efectúa por trabajos de
reposición de lámparas y mantenimiento
de artefactos y de
redes de energía eléctrica
(Clausula Tercera in fine Contrato de Concesión) debiendo el Departamento Ejecutivo Municipal remitir a
este Concejo Deliberante para su
aprobación el nuevo monto máximo al que
se arribe una vez concluída la
renegociación del mismo, debiendo
asimismo elevar toda la documentación que
justifique tal redeterminación.
ART.4º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado
en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de diciembre de 2.002.
Presidente: Graciela Bonomelli A/C Secretaria: Mario Correale