Expte. Nº 2.611/05.
VISTO:
La necesidad de lograr un refinanciamiento del préstamo otorgado por el PRO. MU.DI., para la ejecución del proyecto denominado Programa de Desarrollo Institucional e Inversiones Sociales Municipales, Préstamo BID 830/OC 932/SF-AR, y
CONSIDERANDO:
Que el citado préstamo se contrajo en Dólares Estadounidenses, estando vigente la Ley 23.928 de Convertibilidad del Austral que establecía una paridad cambiaría de un Peso igual a un Dólar.
Que con la sanción de la Ley de Emergencia Económica Nº 25.561 y sus Decretos Reglamentarios se dejó sin efecto la paridad fijada, estableciéndose que la deuda pública emergente de préstamos internacionales debía ser cancelada en la moneda contraída.
Que ante la imposibilidad de los municipios en general y de éste en particular, de afrontar el pago de los servicios de la deuda a que se había obligado, a sus vencimientos, en virtud del incremento experimentado en el importe de la deuda a partir de la modificación del tipo de cambio Pesos-Dólares Estadounidenses, la Provincia de Santa Fe a través de la Ley Nº 12.262 y el Decreto Nº 1.016/04 establece el tratamiento que recibirán los vencimientos a partir del año 2.004, dejándose para una nueva instancia la renegociación de las deudas comprendidas en el período 2.002-2.003.
Que con la finalidad de regularizar esta deuda dentro de las posibilidades económicas y financieras de la Municipalidad, se hace necesario suscribir nuevamente con el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas de esta Provincia un convenio Anexo Modificatorio que recepte la nueva forma de pago que se acuerda.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1614/2005
ART.1º) Autorízase a la Srta. Intendente Municipal a suscribir con el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Santa Fe un Convenio Anexo Modificatorio del Convenio Subpréstamo celebrado oportunamente para la ejecución del Proyecto denominado Programa de Desarrollo Institucional e Inversiones Sociales Municipales, modelo del cuál, con las condiciones que allí se acuerdan, forma parte de la presente Ordenanza.
ART.2º) Comuníquese, Regístrese, Archívese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 8 de febrero de 2005.
Presidente: Alberto Podolsky A/C Secretaria: Mario Correale