Domingo, 09 Noviembre 2008 09:08

Ord. 1652/06 Incorpora un párrafo al art. 1 de la Ord. 10/84

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Expte. Nº 2.761/06.

VISTO:

            Las Ordenanzas Nº 10/84 y  607/90, y

 CONSIDERANDO:

            Que existen usuarios de servicios públicos que al presente se abastecen de empresas prestatarias radicadas fuera del municipio.

            Que para abastecerse de los servicios generan ocupación del Dominio Público Municipal, ya sea ocupando el suelo, el subsuelo o el espacio aéreo, conforme así se encuentra comprendido en el Art. 126º de la Ordenanza Nº 1.415/99 (Código Tributario Municipal).

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº1652/2006

 ART. 1º: Incorpórase como último párrafo del Art. 1º de la Ordenanza Nº 10/84 el siguiente texto: “Se consideran solidariamente responsables para con este Municipio a los fines del pago del presente Derecho, las empresas que en virtud de un contrato privado reciba servicios que utilice la vía pública; espacio aéreo o subsuelo. Quedan exceptuados del pago del Derecho de Uso del Espacio Público, los servicios de suministro de Agua Potable y Cloacas”. 

ART. 2º:  Ratificar la vigencia de la Ordenanza Nº 10/84 conforme la modificación introducida por Ordenanza Nº 607/90 . Nota:  "Artículo derogado por Ordenanza 1951/10" .

ART. 3º:  Comuníquese, Publíquese, Regístrese

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de abril de 2.006.


Presidente: Daniel Machado

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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