Sábado, 12 Julio 2008 14:44

Ord. 1782/08 Aprobación loteo en Sección 13

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Expte. Nº 3.271/08.

VISTO:

 El expediente municipal Nº 33.735/08 de fecha 25 de junio de 2.008, por el cuál la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez,  solicita la aprobación de los Planos de Mensura y Subdivisión de una propiedad de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe, y

 

CONSIDERANDO:

Que la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe, mediante resolución Nº 808 del 9 de mayo de 2.007 ha resuelto donar a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez las calles y espacios verdes correspondientes al loteo integrado por las Parcelas A1 y A2 según Plano Nº 148.606/03 y Parcelas B y C según Plano Nº 2.164/53 de la Sección Catastral Nº 13 Polígono “B”.  

Que las medidas de los lotes resultantes de la división, están de acuerdo al Reglamento de Uso y División del Suelo, Ordenanza Nº 1.144/95 y sus modificatorias  vigente en esta Municipalidad.

Que en la fracción de terreno cuya mensura y subdivisión se aprueba en la presente Ordenanza se destina a la construcción de viviendas con fondos de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:


ORDENANZA Nº 1782/2008.

 

ART.1º) Apruébase la Mensura, Subdivisión y Loteo de una fracción de terreno ubicado en la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, designado como Sección Catastral  Nº 13-Polígono B-Parcelas A1 y A2,  según Plano de Mensura Nº  2164/53, y cuyos dominios son  Tomo Nº 891- Folios Nº  77/78/79- Nº 300437/8/9 de fecha 4 de enero de 2.005 y Tomo Nº 928 –Folio Nº 356-Nº 337272 de fecha 5 de mayo de 2.006 Departamento Rosario y su superficie es de 10 H 89A 25C 91 dm2, dando origen a las Manzanas Nº 20 con lotes del 1 al 44 inclusive, , Nº 21 con lotes del 45 al 80 inclusive, Nº 22 con lotes del 81 al 112 inclusive, Nº 23 (Espacio Verde), Nº 26 con lotes del 113 al 148,  Nº 25 con lotes del 149 al 184 inclusive, Nº 24 con lotes del 185 al 218 inclusive, según plano que es parte integrante de la presente Ordenanza.

ART.2º) Acéptase la donación a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, de una fracción de terreno de 86A 59C, 48 dm2 de superficie destinada a espacio verde, designada como Manzana Nº 23, según Plano de Mensura que se adjunta.

ART.3º) Acéptase la donación a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, de una fracción de  terreno de 3H 33A 94C, 09 dm2 de superficie para calles públicas, designada como Polígono I al IX, según Plano de Mensura que es parte integrante de la presente.

ART.4º) Hágase constar  que la escrituración del  predio para espacios verdes se llevará a cabo dentro de los 90 días a partir de la fecha de aprobación  de la presente, ante Escribano Público que  designe  la Municipalidad.

ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  10 de julio de 2.008.

 

Presidente: Roberto Richetti

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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