CONSIDERANDO:
Que la aprobación del cuadro tarifario, solicitado por la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez Ltda. y elevado para su tratamiento a este Concejo Deliberante, está fundada en las siguientes consideraciones: conforme se expresa en la información remitida por la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez, la Empresa Provincial De la Energía (E.P.E.) modifica el cuadro tarifario correspondiente a consumos de energía eléctrica a partir del mes de marzo 2.008, dicha modificación abarca la totalidad de las modalidades de los consumos que integran el cuadro tarifario.
Que en el presente proyecto de Ordenanza no se da tratamiento a las tarifas: T1D Residencial Diferencial, T1F Residencial FO.NA.VI, T1S Residencial Solidaria, T1T Residencial Plan Trabajar por cuánto el concesionario ha solicitado modificaciones sin la fundamentación y/o análisis técnico que las justifique quedando por lo tanto en suspenso el tratamiento de las mismas de parte de este Cuerpo.
Que el Contrato de Concesión especifica que la tarifa no podrá exceder el monto que fije la E.P.E. para idénticos consumos en la Ciudad de Rosario.
Que por todo lo expuesto, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, entiende que debe ser aprobado el nuevo cuadro tarifario, propuesto por la Cooperativa Integral de Villa Gdor. Gálvez Ltda., con las excepciones antes mencionadas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1756/2008
ART.1º) Apruébase para ser aplicado en la facturación de los consumos a partir del mes de marzo de 2.008 por el Concesionario del Servicio de Energía Eléctrica, Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez Ltda., el Cuadro Tarifario que como Anexo I forma parte de la presente Ordenanza.
ART.2º) Déjese sin efecto el Cuadro Tarifario aprobado por Ordenanza Nº 1.721/07 en su Anexo Nº I, a partir de los consumos de energía eléctrica correspondientes al mes de marzo de 2.008, con excepción de las siguientes tarifas T1DResidencial Diferencial, T1F Residencial FO.NA.VI., T1S Residencial Solidaria, T1T Residencial Plan Trabajar las cuáles se mantienen vigentes
Art.3º) En cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 17º de la Ordenanza Nº 1.141/95 y Clausula Décimosexta del Contrato de Concesión, el presente cuadro tarifario permanecerá vigente en todo y cada uno de sus items hasta su derogación dispuesta por Ordenanza. Cualquier modificación introducida unilateralmente por la concesionaria, en la facturación, tendrá el efecto de suspender la obligación de pago por parte de los usuarios, no pudiendo en este caso ordenarse el corte del servicio por falta de pago.
La concesionaria queda obligada a restituir a los usuarios los importes cobrados por fuera del cuadro tarifario autorizado por el Concejo Deliberante, con más los intereses que en ese momento se fijen para el cobro de las facturas de energía eléctrica atrasadas.
ART.4º) Una vez promulgada la presente Ordenanza hágase conocer a la Concesionaria del Servicio Eléctrico de la Ciudad.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 17 de marzo de 2.008.
Presidente: Roberto Richetti A/C Secretaria: Mario Correale
ANEXO I
CUADRO TARIFARIO
Para aplicar a partir de MARZO 2008
T1 (1 04) RESIDENCIAL (hasta 120 kwh)
Cuota de Servicio $ 6,75935
Primeros 60 kwh/mes $ 0,08686
Siguientes 60 kwh/mes $ 0,11514
T1 (1 01) RESIDENCIAL (mayor de 120 kwh)
Cuota de Servicio $ 10,37802
Primeros 60 kwh/mes $ 0,09347
Siguientes 60 kwh/mes $ 0,11932
Excedente $ 0,22030
T1 b (1 06) JUBILADOS Y PENSIONADOS
Cuota de servicio $ 3,38404
Primeros 70 kwh/mes $ 0,04518
Siguientes 70 kwh/mes $ 0,06162
T2a1 (UC1) COMERCIO menor de 50 Kw: (hasta 800 kwh)
Cuota de servicio $ 11,28443
Consumo $ 0,26814
T2a2 (UC2) COMERCIO menor de 50 Kw: (desde 801 hasta 2000 kwh)
Cuota de servicio $ 77,95183
Consumo $ 0,21576
T2a3 (UC3) COMERCIO menor de 50 Kw: (mayor de 2000 kwh)
Cuota de servicio $215,28711
Consumo $ 0,16903
T2a4 (UC4) COMERCIO menor de 50 Kw: (mayor a 5000 kwh)
Cuota de servicio $215,28711
Consumo $ 0,18746
(UC7) General COMERCIAL menor de 50 Kw.
Consumos nocturnos (23:00 a 6:00 hs.) $ 0,12072
T2b1 (UCL 1) COMERCIO menor de 50 Kw: (hasta 800 kwh)
Cuota de servicio $ 10,72022
Consumo $ 0,25501
T2b2 (UCL 2) COMERCIO menor de 50 Kw: (desde 801 hasta 2000 kwh)
Cuota de servicio $ 74,05423
Consumo $ 0,20525
T2b3 (UCL 3) COMERCIO menor de 50 Kw (mayor de 2000 kwh)
Cuota de servicio $ 204,52276
Consumo $ 0,16085
T2b4 (UCL 4) COMERCIO menor de 50 Kw: (mayor a 5000 kwh)
Cuota de servicio $ 204,52276
Consumo $ 0,17834
(UCL 7) General COMERCIAL menor de 50 Kw
Consumos nocturnos (23:00 a 6:00 hs.) $ 0,11480
T3a1 (UI1) INDUSTRIA: (hasta 800 kwh)
Cuota de servicio $ 11,28443
Consumo $ 0,23884
T3a2 (UI2) INDUSTRIA: (desde 801 hasta 2000 kwh)
Cuota de servicio $ 77,95183
Consumo $ 0,18390
T3a3 (UI3) INDUSTRIA: (desde 2001 hasta 5000 kwh)
Cuota de servicio $ 215,28711
Consumo $ 0,13518
T3a4 (UI4) INDUSTRIA: (mayor de 5000 kwh)
Cuota de servicio $ 215,28711
Consumo $ 0,14966
(UI7) General INDUSTRIAL menor de 50 Kw.
Consumos nocturnos (23:00 a 6:00 hs.) $ 0,09671
UPI PARQUE INDUSTRIAL: Industria menor de 50 Kw.
UPI 1 INDUSTRIA (hasta 800 kw/h x mes)
Cuota de servicio $ 9,02754
Consumo $ 0,19107
UPI 2 INDUSTRIA (desde 801 hasta 2000 kwh)
Cuota de servicio $ 62,36146
Consumo $ 0,14712
UPI 3 INDUSTRIA (desde 2001 hasta 5000 kwh)
Cuota de servicio $ 172,22969
Consumo $ 0,10814
UPI 4 INDUSTRIA (mayor de 5000 kwh)
Cuota de servicio $ 172,22969
Consumo $ 0,11973
UPI 7 General INDUSTRIA (menor de 50 kw)
Consumos nocturnos (23:00 a 6:00 hs) $ 0,07737
T8 (4 26) ASOCIACIONES CIVILES Y ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO
Consumos superiores a 120kwh/mes
Cuota de servicio $ 6,62758
Consumo (primeros 5000 kwh) $ 0,19582
Consumo (excedente de 5000 kwh) $ 0,20842
T8 (4 29) ASOCIACIONES CIVILES Y ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO
Consumos hasta 120kwh/mes
Cuota de servicio $ 3,31378
Consumo (primeros 5000 kwh) $ 0,10015
T4 (3 71) ALUMBRADO PUBLICO
Sin reposición de lámparas con servicio $ 0,13000
GRANDES DEMANDAS
T51 (2B1) GRANDES DEMANDAS BAJA TENSIÓN: Ind. menor a 300 Kw
Fijo Comercial $ 44,09
Máxima horas pico $ 14,53100
Máxima fuera de pico $ 6,47900
Cargo por potencia adquirida $ 3,60400
Consumo horas pico $ 0,09988
Consumo fuera de pico $ 0,08673
Consumo nocturno $ 0,07876
T52 (2B2) GRANDES DEMANDAS BAJA TENSIÓN: Ind. mayor o igual a 300 Kw:
Fijo Comercial $ 44,09
Máxima horas pico $ 14,53100
Máxima fuera de pico $ 6,47900
Cargo por potencia adquirida $ 3,60400
Consumo horas pico $ 0,09988
Consumo fuera de pico $ 0,08673
Consumo nocturno $ 0,07876
TE1(2M11) GRANDES DEMANDAS MEDIA TENSION. Ind. Menor a 300 kwh
Fijo Comercial $ 170,67
Máxima hora pico $ 8,97600
Máxima fuera de pico $ 3,64700
Cargo por potencia adquirida $ 3,40200
Consumo horas pico $ 0,09492
Consumo fuera de pico $ 0,08243
Consumo nocturno $ 0,07485
TE2(2M12) GRANDES DEMANDAS MEDIA TENSION: Ind. mayor o igual a 300 Kw:
Fijo Comercial $ 170,67
Máxima hora pico $ 8,97600
Máxima fuera de pico $ 3,64700
Cargo por potencia adquirida $ 3,40200
Consumo horas pico $ 0,09492
Consumo fuera de pico $ 0,08243
Consumo nocturno $ 0,07485
TC (2M32) GRANDES DEMANDAS MEDIA TENSION: Ind. mayor o igual a 1000 Kw:
Fijo Comercial $ 170,67
Máxima hora pico $ 8,79700
Máxima fuera de pico $ 3,37200
Cargo por potencia adquirida $ 3,40200
Consumo horas pico $ 0,09492
Consumo fuera de pico $ 0,08243
Consumo nocturno $ 0,07485
P GRANDES DEMANDAS PARQUE INDUSTRIAL BAJA TENSIÓN.
P B1 GRANDES DEMANDAS BAJA TENSIÓN: Ind. Mayor a 20 Kw y menor a 300 Kw
Fijo Comercial $ 38,799
Máxima horas pico $ 12,78700
Máxima fuera de pico $ 5,70200
Cargo por potencia adquirida $ 3,60400
Consumo horas pico $ 0,10000
Consumo fuera de pico $ 0,08700
Consumo nocturno $ 0,07900
P B2 GRANDES DEMANDAS BAJA TENSIÓN: Ind. Mayor o igual a 300 Kw
Fijo Comercial $ 38,799
Máxima horas pico $ 12,78700
Máxima fuera de pico $ 5,70200
Cargo por potencia adquirida $ 3,60400
Consumo horas pico $ 0,10000
Consumo fuera de pico $ 0,08700
Consumo nocturno $ 0,07900
P M11 GRANDES DEMANDAS MEDIA TENSIÓN 13,2 KW: Ind. Mayor a 20 Kw/h y menor a 300 Kw/h
Fijo Comercial $ 150,190
Máxima horas pico $ 7,89900
Máximo fuera de pico $ 3,20900
Cargo por potencia adquirida $ 3,40200
Consumo horas pico $ 0,09500
Consumo fuera de pico $ 0,08200
Consumo nocturno $ 0,07500
P M12 GRANDES DEMANDAS MEDIA TENSIÓN 13,2 KW: Ind. Mayor o igual a 300 Kw/h
Fijo Comercial $ 150,190
Máxima horas pico $ 7,89900
Máxima fuera de pico $ 3,20900
Cargo por potencia adquirida $ 3,40200
Consumo horas `pico $ 0,09500
Consumo fuera de pico $ 0,08200
Consumo nocturno $ 0,07500
ZONA RURAL
T1 (9 01) RESIDENCIAL (consumo superior a 120 kwh)
Cuota de Servicio $ 23,26691
Primeros 60 kwh/mes $ 0,13177
Siguientes 6O kwh/mes $ 0,17153
Excedente de 120 kwh/mes $ 0,26542
T2a1 (9111) COMERCIO: (hasta 800 kwh)
Cuota de servicio $ 18,04425
Consumo $ 0,30974
T2a2 (9112) COMERCIO: (desde 801 hasta 2000 kwh)
Cuota de servicio $ 101,47021
Consumo $ 0,23751
T2a3 (9113) COMERCIO: (mayor de 2000 kwh)
Cuota de servicio $ 280,24012
Consumo $ 0,17416
T2a4 (9114)COMERCIO: (mayor a 5.000 kwh)
Cuota de servicio $ 280,24012
Consumo $ 0,19316
(UC7) General COMERCIAL menor de 50 kw
Consumo nocturno (23:00 a 6:00 hs.) $ 0,12072
T3 (9311) INDUSTRIA: (hasta 800 kwh)
Cuota de servicio $ 18,73824
Consumo $ 0,30974
T3a2 (9312) INDUSTRIA: (desde 801 hasta 2000 kwh)
Cuota de servicio $ 105,37291
Consumo $ 0,23751
T3a3 (9313) INDUSTRIA: (mayor de 2000 kwh)
Cuota de servicio $ 291,01859
Consumo $ 0,17416