CONSIDERANDO:
Que no existen
espacios de estacionamiento con carácter de reservado para personas
discapacitadas motrices, en los cordones
de las aceras frente a las reparticiones públicas e instituciones
educativas donde concurren asiduamente; y que estos ciudadanos no tiene otra
alternativa que esperar en su vehiculo hasta que se desocupe un lugar o bien
estacionar el automóvil a considerable distancia, con el consiguiente perjuicio
en uno u otro caso.
Que los estados, en este caso
Que este Concejo Deliberante ha
dictado diversas normas tendientes a lograr la igualdad de oportunidades en todas
las esferas de la sociedad, para las personas con discapacidades de cualquier
índole.
Por todo ello, el
Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº1862/2009
ART. 1º) Dispóngase un espacio de estacionamiento exclusivo con carácter de reservado para personas con discapacidades motrices, en los cordones de las aceras frente a las reparticiones públicas y establecimientos educativos de nuestra ciudad en los horarios de funcionamiento de las mismas.
ART. 2º) Señalícese los espacios reservados mediante carteles indicadores, como así también sobre el pavimento, en los que deberá ser claramente visible el símbolo Internacional de Acceso determinado por la Asamblea de Rehabilitación Internacional y la frase ESTACIONAMIENTO EXCLUSIVO PARA DISCAPACITADOS.
ART.3º) El Departamento Ejecutivo Municipal por intermedio de la Secretaría de Obras Públicas reglamentará las especificaciones técnicas respectivas.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 10 de setiembre de 2.009.
Presidenta: Olga G. Coteluzzi A/C Secretaria: Mario Correale