Martes, 30 Noviembre 2010 12:11

Ord. 1945/10 Cesión de terrenos a la provincia para la construcción de viviendas para docentes

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Expte. Nº 3.980/10.

VISTO:

            La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756

            El Expediente Municipal Nº 38.477, incoado en fecha 17 de septiembre de 2010, por la Asociación de Magisterio de Santa Fe, Delegación Rosario,  y

CONSIDERANDO:

            Que en el mismo solicitan, la cesión de terrenos para la construcción de viviendas sociales destinadas a docentes de nuestra Ciudad.

            Que asimismo manifiestan que haciendo llevado a cabo un relevamiento social entre los docentes de Villa Gobernador Gálvez, son 100 los maestros sin vivienda única.
            Que dicho gremio ha gestionado ante las autoridades provinciales el acceso a la vivienda única, mediante el modo de operatoria y adjudicaciones FONAVI y el Programa “Techo digno”, comenzando en una primera etapa con la construcción de 14 viviendas duplex.
            Que  además acompañan informe de Comisión técnica de Paritaria Docente, detalles de terrenos disponibles por la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo para destinar a las operatorias de vivienda docente y prototipos de viviendas.
            Que el municipio cuenta con dos terrenos ubicados en al Sección Catastral Nº 5, Manzana 57 b, Gráfico 13 y Manzana 46 b, Grafico 13, que según Código Urbano el sector corresponde al Distrito  C1-2, B2 “Distrito Complementario de centro urbano y Distrito de Rodeo del Centro Urbano”, posibilitando la instalación de viviendas unifamiliares y multifamiliares, según informe de la Subsecretaria de Planeamiento, que luce a fs. 16 del citado expediente.
            Que el Departamento ejecutivo Municipal eleva a este Cuerpo nota del Sr. Esteban Andrés Hernández, representante legal de Carolina SACIFI, propietario de la parcela ubicada en calle Alem Nº 426, identificada catastralmente como Sección 5 Polígono A Parcela A1 catastro Nº 15672, donde manifiesta la intención de donar la porción de parcela necesaria  con el fin de materializar la prolongación de calle Mármol
            Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
 

 

ORDENANZA Nº 1.945/2010

 

ART. 1º) Desaféctese del Dominio Público Municipal e incorporese al Dominio Privado Municipal los lotes de terrenos ubicado en Seccion Catastral 5, Manzana 57 b, Grafico 13 y Manzana 46 b, Grafico 13, que según Codigo Urbano el sector corresponde al Distrito C1-2, B2 “Distrito Complementario de Centro Urbano y Distrito de Rodeo del Centro Urbano” siendo las medidas de cada lote de aproximadamente 15 x 60 metros, ubicados en calle Mármol entre J. Ingenieros y Constitucion y calle Mármol entre Constitucion y Alem.

ART. 2º) Autorizase la cesión de derechos y acciones al Superior Gobierno de la Provincia-Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo- de los lotes de terrenos descriptos en el articulo anterior, con cargo de construcción de catorce(14) viviendas sociales para docentes de Villa Gobernador Gálvez y con sanción de retrocesión en caso de no cumplimiento del cargo en el plazo de 24 meses a partir de la suscripción de la correspondiente  acta de cesión de derechos y acciones en la que deberá constar tal condición.

ART. 3º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todas las gestiones concernientes al cumplimiento de lo estipulado en la presente Ordenanza.

ART. 4º) Correrán a cargo del cesionario los gastos de mensura y escrituración, como así también toda autorización a nivel provincial, nacional y cualquier otra que pudiere corresponder.    

ART. 5º) La presente cesión mencionada en el Art. 2º queda sujeta a la previa donación de la porción de parcela necesaria para completar el espacio destinado a calle Mármol entre Alem y José Ingenieros y la confección del correspondiente plano de mensura.

ART.6º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de noviembre  de 2.010.

 

 

Presidente: Pedro Jorge Gonzalez

A/C Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

 

 

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