Expte. Nº 5.122/14.
Visto:
Ley Nº 2.756 artículo 39º.
Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449; Decreto Reglamentario Nº 779/95.
La problemática vial en la intersección de Av. J. D. Perón y Córdoba y;
Considerando:
Que en la intersección de Av. General Juan D. Perón con calle Córdoba se producen serios inconvenientes de transitabilidad por el importante caudal de tránsito.
Que el domingo próximo pasado -13 de abril de 2014- ocurrió un espectacular vuelco, según fue catalogado por la prensa local, en el cual no hubo que lamentar víctimas de gravedad pero dada la magnitud del impacto pudo haber acarreado consecuencias fatales para sus protagonistas.
Que, si bien la Municipalidad no está en condiciones de efectuar gastos significativos es de vital importancia instalar semáforos para regular el uso de carriles en la mencionada intersección.
Que para la Municipalidad no constituye una pérdida sino una inversión que evitará consecuencias fatales entre los usuarios de la vía pública.
Que los accidentes de tránsito le generan al país un costo de 5 mil millones de dólares al año en servicios de salud para los heridos que provoca la violencia vial, además del dinero que se paga por seguros, indemnizaciones y pensiones por invalidez. Los siniestros provocan 16 mil discapacitados al año, que insumen gastos en cuidados sanitarios por 900 millones de dólares, mientras que los casi 100 mil heridos le demandan al sistema de salud otros 600 millones. "El 20% de los hospitales, sobre todo públicos, están ocupados por heridos de tránsito, en terapias intensivas, operaciones de urgencia, prótesis o largos tratamientos", remarcaron desde la Asociación Luchemos por la Vida.
Que cualquier acción, por parte del estado municipal, tendientes a mejorar la seguridad vial significaría una reducción de los gastos que origina el despliegue del sistema de emergencia ante un siniestro.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.194/2014
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a instalar semáforos para regular el uso de carriles en la intersección de Av. Juan D. Perón y Córdoba, en las condiciones estipuladas en el anexo L, capítulo VII Señalamiento Luminoso de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, Decreto Reglamentario Nº 779/95.
ART. 2º) La Dirección de tránsito organizará, previo estudio y factibilidad, los giros que deberán tener los semáforos propuestos en el artículo 1.
ART. 3º) Una vez realizado el estudio solicitado en el artículo precedente, envíese a este Cuerpo Deliberativo, un informe pormenorizado sobre los resultados obtenidos, en un plazo no mayor a los 60 (sesenta) días corridos a partir de la aprobación de la presente ordenanza.
ART. 4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 24 de abril de 2014.
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva