Expte. 5.290/14.
VISTO:
El Expte. 5290/14, Decreto Municipal Nº 4.774/2014, referido a Observación in totum de la Ordenanza Nº 2.223/2014,
La ley 2756, Art. 39º inc.12, y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal eleva a este Cuerpo Deliberativo el Decreto Nº 4774/2014, referido a Observación in totum de la Ordenanza 2.223/2014, sancionada el día 31 de julio de 2014.
Que en la Ordenanza de referencia se aprueba la modificación de los Artículos 1º y 2º de la Ordenanza 2.154/2013, que establece el Presupuesto de Gastos del Concejo Deliberante para el ejercicio 2014.
Que en la modificación mencionada se considera el incremento salarial aprobado en paritarias para este año por la Festram en un porcentaje del 29%; aplicado a la totalidad de cargos ocupados.
Que para este ejercicio fueron ocupados los cargos ya presupuestados en los años 2008 y 2009, creados por Resoluciones Nº 1.509/08 y 1.552/09, en virtud de la nueva composición del Concejo Deliberante, en concordancia con lo dispuesto por el Decreto Nº 542/2013 ya que no modificó el total de cargos presupuestados aprobados por Ord. Nº 2154/2013.
Que este Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones establecidas en el Art. 39º Inc. 12 de la Ley 2756, considera que es necesario rechazar la observación in totum a la Ord. Nº 2.223/2014.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.229/2014.
ART. 1º) Rechácese la Observación in totum establecido por Decreto Nº 4.774/2014 del Departamento Ejecutivo Municipal, de la Ordenanza Nº 2223/2014 sancionada por este Concejo Deliberante en fecha 31 de Julio 2014.
ART. 2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 21 de agosto de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva