Expte. Nº 5.971/16.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.
La Ordenanza N° 2216/2014.
La Ordenanza N° 2275/2014.
La Ordenanza N° 1371/98.
La Resolución Nº 159/2010 del Departamento Ejecutivo Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que el predio que ocupa la actual terreno Sección Catastral N°13 Manzana.48 del Barrio Mortelari, sufrió intentos de usurpación en varias oportunidades.
Que por orden del Intendente y resistencia de los vecinos lograron liberar la zona y reubicar a los ocupantes en lugares dignos.
Que este terreno ante los intentos de nuevas usurpaciones los vecinos decidieron con su esfuerzo e iniciativa construir en una primera instancia una canchita de fútbol para luego instalar juegos y crear un espacio recreativo como esparcimiento de la comunidad
Que la vecinal funciona desde hace más de veinte años, rotando sus comisiones vecinalistas, ocupada por distintos vecinos la Presidencia de la misma y que esta nueva comisión ha decidido la construcción de un local en función de la vecinal, en el macizo ubicado en la esquina de las calles Caseros y Pablo VI.
Que esta nueva comisión denominada "Mortelari en Acción" ha decidido trabajar y llevar a cabo la limpieza, la desobstrucción de las zanjas y cruces de calles, desmalezamiento, mejoramiento de las arterias, a través de la colocación de pedregullo, iluminación: compra de luminarias y colocación por los propios vecinos del espacio verde, también organizó con mucho éxito el Día del Niño, dando muestras claras de responsabilidad social.
Que sería beneficiosa y necesaria para el Barrio Mortelari la construcción de una infraestructura para la vecinal en el lugar, mejorando la atención social, cultural, la integración, pertenencia y contención de los vecinos.
De esta manera se programarán actividades culturales, cursos de capacitación que puedan ser aprovechados por todos, actividades para la tercer edad, siendo así sería propicio que el Concejo Deliberante a través de sus ediles puedan ceder una porción del terreno a la vecinal Mortelari.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.447/2017.
ART. 1º) De la fracción de terreno en la Sección Catastral N°13 Manzana 48, P.I.I. N° 344236/000, plano 147557/2002, catastro Nº 21068/068, delimitado entre las calles Caseros, Artigas, J.J. Paso y Pablo VI.
Cédase el uso por 15 años a la Vecinal Mortelari, la porción de tierra ubicada en el vértice de las calles Caseros y Pablo VI, desde el mismo punto 30 metros hacia el Este desde Pablo VI 30 metros hacia el Sur y desde el vértice de las calles Caseros y Pablo VI 32 metros hacia el sur y desde la calle Caseros 15 metros hacia el Este.
ART. 2°) Autorícese a la Vecinal Mortelari a la construcción de un inmueble el cual será detallado en un ante proyecto que formará parte como anexo, del presente.
ART. 3°) Las actividades a realizarse en el inmueble, deberán restringirse a aquellas estrictamente
derivadas del funcionamiento de la Vecinal Mortelari.
ART. 4°) Quedará con sanción de retrocesión en caso de no cumplimiento del uso para lo cual fue cedido. Si el dominio no es efectivo quedará sin valor alguna la sesión, a los 24 meses, una vez aprobado esta Ordenanza.
ART.5°) Una vez concluida la cesión, todo lo plantado en la parcela quedará de uso exclusivo del Departamento Ejecutivo Municipal.
ART.6°) El Departamento Ejecutivo Municipal adoptará las medidas legales correspondientes a los fines que proceda a la derogación de la Resolución 159/2010 "Permiso precario Club Social y Deportivo Internacional".
ART.7°) El Departamento Ejecutivo Municipal realizará la mensura correspondiente a través de la Secretaría que corresponda y confeccionará el contrato adecuado para los fines de esta Ordenanza con la Vecinal Mortelari.
ART.8º) La vecinal quedará obligada a prestar colaboración con el Departamento Ejecutivo Municipal para la realización de actividades de interés público, en la utilización del inmueble a construirse en la cesión otorgada por la presente Ordenanza.
ART.9º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de abril de 2017