Min. 2097/16 Instalación de reductores velocidad en Julio A. Roca al 600
Expte.5.930/16
VISTO:
La Ley 2756.
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que por nota ingresada a este Cuerpo, vecinos de calle Julio A. Roca al 600, solicitan la colocación de reductores de velocidad, debido a la circulación a gran velocidad de automóviles y motocicletas, excediendo las máximas permitidas.
Que los vecinos de esta calle se encuentran preocupados por los graves accidentes que han acontecido en los últimos tiempos, no solamente involucrando a vehículos sino a peatones.
Que es necesaria la instalación de reductores de velocidad en la calzada para disminuir los riesgos del acaecimiento de siniestros viales y de la señalización correspondiente para la protección de los transeúntes.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACION Nº 2097/2016
ART.1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la instalación de reductores de velocidad y a la señalización vial correspondiente en calle Julio A. Roca entre calle 12 de Octubre e Independencia.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de Septiembre de 2016
Min. 2096/16 El DEM destine partidas del FAE a la reparación de dependencias de la E.E.T. N° 485 "Vice-Comodoro Marambio"
Expte.5.928/16
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.
Fondo de Asistencia Educativa (F.A.E.)
El reclamo de la Asociación Cooperadora, de padres y alumnos, y
CONSIDERANDO:
Que la Escuela de Educación Técnica: E.E.T. N° 485 "Vice Comodoro Marambio" ubicada en Bv. San Diego N° 395, Villa Gobernador Gálvez, es de orientación industrial.
Que otorga el Título de Técnico con terminalidad en Equipos e Instalaciones Electromecánicas (Técnico en Equipos e Instalaciones Electromecánicas y Técnico en Electrónica), siendo la única escuela pública orientada en estas especialidades.
Que la importancia de esta institución es brindar una reconocida preparación en los alumnos egresados que permite la inserción de los mismos en las industrias de la región.
Que la Asociación Cooperadora a través de los reclamos de padres y alumnos, adhieren al pedido de adecuación del inmueble.
Que el municipio tiene como herramienta el Fondo de Asistencia Educativa y sería loable destinar un aporte económico extraordinario, como excepción, para la reparación de los salones donde se dictan las clases teóricas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACION Nº 2096/2016
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del Fondo de Asistencia Educativa destine las partidas necesarias para la reparación de las aulas y dependencias de la Escuela de Educación Técnica: E.E.T. N° 485 "Vice-Comodoro Marambio", que necesitan urgente reparación para su normal funcionamiento.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de Septiembre de 2016
Expte.5.928/16
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.
Fondo de Asistencia Educativa (F.A.E.)
El reclamo de la Asociación Cooperadora, de padres y alumnos, y
CONSIDERANDO:
Que la Escuela de Educación Técnica: E.E.T. N° 485 "Vice Comodoro Marambio" ubicada en Bv. San Diego N° 395, Villa Gobernador Gálvez, es de orientación industrial.
Que otorga el Título de Técnico con terminalidad en Equipos e Instalaciones Electromecánicas (Técnico en Equipos e Instalaciones Electromecánicas y Técnico en Electrónica), siendo la única escuela pública orientada en estas especialidades.
Que la importancia de esta institución es brindar una reconocida preparación en los alumnos egresados que permite la inserción de los mismos en las industrias de la región.
Que la Asociación Cooperadora a través de los reclamos de padres y alumnos, adhieren al pedido de adecuación del inmueble.
Que el municipio tiene como herramienta el Fondo de Asistencia Educativa y sería loable destinar un aporte económico extraordinario, como excepción, para la reparación de los salones donde se dictan las clases teóricas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACION Nº 2096/2016
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del Fondo de Asistencia Educativa destine las partidas necesarias para la reparación de las aulas y dependencias de la Escuela de Educación Técnica: E.E.T. N° 485 "Vice-Comodoro Marambio", que necesitan urgente reparación para su normal funcionamiento.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de Septiembre de 2016
Min. 2089/16 Se realicen trabajos de limpieza y desagüe pluvial de calle Pavón en la intersección con calle Suipacha
Expte. Nº 5.863/16.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756
El reclamo de vecinos del lugar, y
CONSIDERANDO:
Que la calle Suipacha, a la altura de calle Pavón, en ocasión de lluvias y en los días posteriores queda imposibilitada al tránsito debido a que el cruce de desagüe pluvial por calle Pavón se encuentra obstruido y se produce el anegamiento producto de la lluvia.
Que en la esquina en cuestión se observa gran cantidad de agua servida debido a que no drena correctamente la misma, y su presencia impide el correcto circular de los potenciales automotores.
Que la calle Suipacha es una arteria transitada no sólo por vecinos del lugar sino también por ocasionales automovilistas que se dirigen a los barrios de nuestra ciudad como ser Parque Alegre y Mortelari.
Que una calle cortada produce trastornos que pueden ocasionar consecuencias graves a servicios públicos de salud y emergencia.
Que debemos ocupamos y trabajar en la erradicación de los estancamientos de agua en la vía pública previniendo de esta forma problemas de salud.
Que es atribución del Concejo Deliberante ordenar trabajos y obras públicas que cuiden el medio ambiente en el que nos desarrollamos diariamente.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2089/2016
ART.1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice los trabajos de limpieza y desagüe pluvial de calle Pavón en la intersección con calle Suipacha.
ART.2º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría Obras y Servicios Públicos realice la limpieza de cunetas por calles Pavón desde Suipacha hasta Orán y por Calle Suipacha desde Pavón hasta Las Heras.
ART. 3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 11 de agosto de 2016
Min. 2085/16 Se realicen los trabajos necesarios de limpieza de las cámaras de desagües pluviales en la intersección de calles Belgrano y Entre Ríos
Expte. Nº 5.837/16.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
El reclamo de vecinos del lugar, y
CONSIDERANDO:
Que la intersección de las calles Belgrano y Entre Ríos presenta acumulación permanente de agua servida sobre la calzada.
Que más peligroso aun es que la superficie en cuestión se torna resbaladiza con el potencial riesgo de sufrir caídas de parte de los eventuales peatones.
Que al mismo tiempo una calzada resbaladiza sabido es que exacerba los posibles accidentes de tránsito.
Que dicha presencia de agua sobre ambas calles produce efecto dañino en la base de las mismas con la consiguiente posible rotura del pavimento.
Que la acumulación del agua es el producto del hecho de que las bocas de tormentas existentes en la esquina mencionada se encuentran obstruidas haciendo inútil su función de drenar los líquidos que se encuentran sobre el pavimento.
Que se observa sobre calle Belgrano el hundimiento de dos rejillas captadoras, haciendo aún más peligroso transitar por ahí.
Que no sólo se requiere el trabajo de destape de las cámaras sino que también la reparación, debido al estado de deterioro que tienen las rejillas captadoras.
Que para optimizar el funcionamiento de los desagües pluviales es necesario que la limpieza también se realice en los tramos de caños subterráneos como ser, cruces de calles y los que se encuentran por debajo de la acera a lo largo de la arteria.
Que el sistema de drenaje pluvial de la zona descarga los afluentes en el Emisario Entre Ríos, para que a través de éste y en conexión con otros emisarios lleguen los mismos al Aº Saladillo.
Que la limpieza que estamos reclamando es en el nacimiento de dicho emisario.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2085/2016
ART. 1°) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice los trabajos necesarios de limpieza de las cámaras de desagües pluviales que se encuentran en la intersección de las calles Belgrano y Entre Ríos.
ART. 2°) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice los trabajos necesarios para la reparación de las rejillas captadoras pluviales que se encuentran en la calle Belgrano a la altura de calle Entre Ríos.
ART. 3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de julio de 2016
Min. 2084/16 Gestione la reparación y puesta en funcionamiento de las luminarias en el ingreso norte a la ciudad
Expte. Nº 5.790/16.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, y
CONSIDERANDO:
Que el alumbrado público es primordial por motivos de seguridad y de presencia al momento de ingresar a una localidad con el objetivo de proporcionar la visibilidad adecuada para el normal desarrollo de las actividades.
Que los accidentes de tráfico no son tan sólo hechos desafortunados del azar, sino que también constituyen eventos que pueden ser analizados de forma que se identifiquen los factores de riesgo y luego estos sean afrontados con medidas concretas como la iluminación de los espacios públicos de libre circulación.
Que en el ingreso a nuestra ciudad por el Norte por la Colectora de Circunvalación que cruza la misma por abajo cruzando por el frente del Frigorífico Mattievich y desembocando en Av. Filippini se observan las columnas del alumbrado público sin funcionar tornando el lugar peligroso e inseguro.
Que este ingreso es sumamente utilizado por el tránsito vehicular como así también por dos líneas del transporte público de pasajeros.
Que también existe en el lugar conocido como “terraplén de contención para las crecidas del Arroyo Saladillo” vegetación de grandes proporciones que dificulta la visibilidad en la zona.
Que esta combinación aumenta los riesgos de sufrir hechos de inseguridad o accidentes de tránsito que en muchos casos pueden disminuirse o disuadirse con acciones del Estado Municipal.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2084/2016
ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del Área que corresponda:
- Gestione frente al Concesionario del Servicio Eléctrico de Energía “Cooperativa Integral Ltda.” la reparación y puesta en funcionamiento de las luminarias del ingreso a nuestra ciudad por el Norte por la Colectora de Circunvalación que cruza la misma por abajo cruzando por el frente del Frigorífico Mattievich y desembocando en Av. Filippini.
- Realice los trabajos necesarios de corte y limpieza de la vegetación del lugar.
ART. 2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de junio de 2016
Decl. 399/16 de Interés Municipal el Acta Acuerdo suscripta entre la Asociación de Comercio e Industria de VGG y la Asociación Empleados de Comercio de Rosario
Expte. Nº 6.057/16
VISTO:
El Art, 14º Bis de la Constitución Nacional.
La Ley Nº 23.441 sobre Descanso Dominical.
La Ley Nº 2756 Orgánica de Municipalidades.
La Ordenanza Nº 2310/15.
La Ordenanza Nº 2273/14.
La Ordenanza Nº 1947/10.
El Acta Acuerdo firmada por la Asociación Empleado de Comercio de Rosario y la Asociación de Comercio de Industria de Villa Gobernador Gálvez, y
CONSIDERANDO:
Que en el Acta rubricada entre la Asociación Empleados de Comercio de Rosario y la Asociación de Comercio e Industria de Villa Gobernador Gálvez, como partes gremial y empresaria, acordaron que para los días 24 y 31 del corriente mes, el horario de cierre de los establecimientos comerciales en nuestra ciudad será como máximo a las 17 horas para la atención al público.
Que asimismo, el Sindicato exhorta a las empresas a conceder a sus empleados radicados fuera de la zona del local o bien que sea necesario viajar fuera de la ciudad, permisos para retirarse antes del horario de cierre, si los trabajadores tienen la necesidad de viajar para pasar nochebuena y fin de año.
Que la familia es la base fundamental de la sociedad y que es premisa de este Concejo Deliberante velar por la reconstrucción de la unidad familiar, y que el acuerdo rubricado, propicia la conciliación del trabajo con el tiempo familiar.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 399/2016
ART.1º) Declárase de Interés Comunitario el Acta Acuerdo suscripta entre la Asociación de Comercio e Industria de Villa Gobernador Gálvez y la Asociación Empleados de Comercio de Rosario.
ART.2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 22 de diciembre de 2016.
Decl. 398/16 Interés Cultural el 22º Festival Folklórico de Canto y Danza
Expte. Nº 6.042/16
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
La Ordenanza Nº 1.947/10, y
CONSIDERANDO:
Que Nuevo Pueblo es actualmente una escuela de danzas integradas (tango, cumbia cruzada, salsa, clásico, brasileño), nació el 24 de septiembre de 1994 siendo un grupo de danzas folklóricas argentinas en el Barrio Pueblo Nuevo de Villa Gobernador Gálvez. Se formó con alumnos de edades que oscilaban entre los cinco y trece años. Actualmente se dictan clases teóricas y prácticas en forma gratuita para alumnos de todas las edades, sin excepción. Siendo en este momento 47 alumnos, ellos se preparan en ensayos extras en cuadros coreográficos estilizados y argumentados, los cuáles se presentan en actuaciones en diversos lugares del país.
Que durante todos estos años se han llevado a cabo diversos proyectos entre los cuáles pueden mencionarse:
- Corazón Musical (ciclo de 40 programas radiales)
- La Chaya (representación teatral del carnaval norteño con textos, dramatización y danzas, declarada MEJOR CRUPO DE TEATRO).
- Viajes a Cosquin (cada año) representando a la ciudad en el festival nacional, en el año 2010 viajaron 57 personas quienes fueron, entre alumnos y padres, los representantes de la provincia y fueron declarados DELEGACION DESTACADA entre otras 58 del país y países vecinos. El pasado domingo 28 de enero del corriente tuvieron la enorme satisfacción de pisar por primera vez el escenario mayor de folklore Atahualpa Yupanqui, en el festival de Cosquin 2016, junto a 18 bailarines que representaron a nuestra ciudad.
- La Telesita (representación de la leyenda santiagueña), cuadro con textos, teatralización y danzas, que se ha mostrado por diversos y numerosos sitios de nuestra provincia.
- DIA DE LA PRIMAVERA (bicicleteada con premios con la participación de niños, jóvenes y adultos), por las calles de Pueblo Nuevo, con trofeos y el acompañamiento del personal de transito de la ciudad.
- DIA DEL NIÑO (chocolate y números artísticos infantiles, animación de fiestas de jardines infantes)
- TRABAJOS SOLIDARIOS reuniendo ropa que esté en buenas condiciones, y distribuirla a los más necesitados.
Que todo lo que hacen se logró a través del esfuerzo conjunto de los alumnos junto a los padres y colaboradores, así como las personas que tienen a cargo la labor de enseñar. Poe ello, Se llevaron a cabo peñas, almuerzos, bingos, rifas, etc. para la recaudación de fondos.
Que el próximo sábado 17 de diciembre a partir de las 18 horas en la intersección de calles Italia y Remedios Escalada de San Martín, Pueblo Nuevo, el “Festival Folklórico de Canto y Danza”, festejara su 22 aniversario con el objetivo de reunir dinero para refacción y mantenimiento del Cine Avenida.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 398/2016
ART.1º) Declárese de Interés Cultural, el 22 “ Festival Folklórico de Canto y Danza”, a llevarse a cabo el próximo sábado 17 de diciembre a partir de las 18 horas en la intersección de calles Italia y Remedios de Escalada de San Martín, Pueblo Nuevo, ciudad Villa Gobernador Gálvez.
ART.2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 15 de diciembre de 2016.
Susana M. Mangiaterra
Presidente
Concejo Deliberante VGG
Decl. 397/16 Interes Social y Comunitario la conmemoracion del 1º de diciembre como el Dia Internacional de la lucha contra el Sida
Expte 6031/2016.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, y
CONSIDERANDO:
Que el Día Internacional de la Acción contra el Sida se conmemora el 1 de Diciembre de cada año, y se dedica a dar conocer los avances contra la pandemia de VIH/Sida causada por la extensión de la infección del VIH.
Que el sida dada la mortandad producida en todo el planeta hace una de las epidemias más destructivas registradas en la historia.
Que en todos estos años de lucha se ha alcanzado la meta mundial de detener e invertir la propagación del VIH.
Que las nuevas infecciones se han reducido en un 35%, las muertes en un 25% y unos 16 millones de personas reciben actualmente tratamiento antirretrovirales.
Que con todo esto ha llegado el momento de ser aún más audaces y de tomar medidas innovadoras para alcanzar la meta de los objetivos de desarrollo sostenible: poner fin a la epidemia para 2030.
Que la OMS publicara nuevas recomendaciones para impulsar el logro de las metas: el uso de métodos innovadores para los análisis del VIH; la personalización de los tratamientos para atender las diversas necesidades individuales; y el ofrecimiento de una amplia selección de opciones de prevención.
Que la UNESCO está convencida de que la educación es la piedra angular de un enfoque sostenible y eficaz de la prevención del VIH.
Que la tarea de abordar el alto riesgo y la gran vulnerabilidad de los adolescentes al VIH, en particular las niñas y las jóvenes, constituye una prioridad fundamental para la Unesco.
Que la Unesco ha venido apoyando a los países en el fomento de los programas de prevención, mediante la labor orientada a promover la educación sexual de amplio espectro.
Que en Santa Fe creció el número de jóvenes menores de 20 años infectados de VIH, cifra que alarma a los profesionales de la salud debido a que la mayor cantidad de chicos afectados poseen 15 años.
Los daros aportados dese la Sociedad Argentina Interdisciplinaria de Sida arrojan que en Rosario son alrededor de 6.000 los afectados por la enfermedad.
Que el coordinador de la entidad mencionada Dr. Sergio Lupo, indico que cada vez hay más jóvenes infectados porque no se cuidan en las relaciones sexuales y estimo que las causas son la menor cantidad de campañas preventivas, la relajación de los controles y a la atención puesta en otras enfermedades, como el dengue.
Que en la Argentina, desde 2006 a 2013, viene creciendo la tasa de VIH entre las personas de 15 a 24 años y paso del 10 al 20 cada 100 mil habitantes entre los varones, mientras que la tendencia entre las mujeres es a la baja.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 397/2016
ART.1º) El Concejo Deliberante declara de interés social y comunitario la conmemoración del 1 de Diciembre como Día Mundial de Lucha Contra el VIH Sida.
ART.2º) El Concejo Deliberante considera necesaria la implementación de campañas de prevención y detección en VIH Sida en los espacios públicos de la Ciudad.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 1 de diciembre de 2016.
Decl. 396/16 Ciudadana distinguida pos mortem a la Sra. María Esther Morgavi
Expte. Nº 6.027/16.
VISTO:
La Ordenanza 1947/2010, de Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y otras distinciones concedidas por el Concejo Deliberante,
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,
La vida, obra y dedicación a la tarea educativa de María Esther Morgavi; y
CONSIDERANDO:
Que el reconocimiento de aquellos ciudadanos que han dado su aporte significativo para el desarrollo cultural e intelectual de una sociedad debe ser un objetivo fundamental por parte de los cuerpos de representación ciudadana. Más aún cuando se trata de personas que han colaborado, trabajado arduamente en los procesos de enseñanza y aprendizaje dentro las instituciones educativas de nuestra ciudad.
Que María Esther Morgavi, fue una de aquellas grandes personas que han dedicado toda su vida al servicio de la educación de niños, niñas, jóvenes y adolescentes de nuestra ciudad. Ser una maestra de “vocación” con el orgullo cotidiano de desplegar su tarea docente, con las premisas tan humanas de: “Enseñar con amor; y vivir con hermandad para alcanzar la libertad.”
Que “Beba”, como de pequeña sus familiares y amigos la han llamado, ha sido una apasionada por la música y por la poesía; escribiendo himnos y marchas a las escuelas de la ciudad, como el himno a la “Isidro Aliau”, y marchas a las escuelas “Asamblea del Año XIII” y “Martín Miguel de Güemes.” Su trabajo inagotable como docente la condujo, junto a Doña Doraliza Cabrera, a crear la primera Escuela de Taller Manual villagalvense, la cual lleva el nombre de esta última.
Que en su trayectoria pedagógica ha recibido distinciones y reconocimientos por su extensa labor, a saber: en el año 2013 es distinguida por la escuela Isidro Aliau como la directora ilustre por su trayectoria y honorabilidad, así como distinciones realizadas por funcionarios y personalidades importantes tanto a nivel local como regional.
Que por todos los atributos personales de Beba, por su vasta trayectoria y su infranqueable trabajo, además de ser una de las personas que ha impulsado el proyecto del gimnasio desde los inicios en la década del 70, la comunidad educativa del Isidro Aliau, en este año, ha solicitado ante las autoridades competentes del ministerio de Educación la imposición del nombre de su gimnasio con el nombre de Maria Esther Morgavi.
Que el mundo de la educación se forja de esas historias de personas comunes y grandes a la vez, que han dado su vida, sus ideas, su tiempo, sus esfuerzos, sus conocimientos por el ideal de construir un mañana mejor. Porque para Beba, la mujer, la madre, la docente, la educación es “…como un faro que guía con su luz la senda a transitar…”
Que es deber de nuestro Concejo distinguir aquellas personalidades que han contribuido con su vida entera a proyectar una sociedad mejor, en avance, en progreso, porque esta es la manera institucional de demostrar a la ciudadanía las posibilidades legítimas de construir, hacia y para el futuro, la sociedad que todos queremos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 396/2016
ART. 1º) Declárese como ciudadana distinguida post mortem de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez a María Esther Morgavi, por su trayectoria y dedicación al campo cultural educativo siendo su ejemplo de gran importancia tanto para las comunidades educativas en las que participó como para la sociedad toda.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 1 de diciembre de 2016.
Decl. 395/16 Interés Social y Comunitario la conmemoración del día 25 de noviembre como el Día Internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer
Expte. Nº 6.011/16.
VISTO:
La Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, aprobada el 18 de diciembre de 1979 por la Asamblea General de las Naciones Unidas entrada en vigor, como tratado internacional,
La resolución de las Naciones Unidas Nº 54/134 del 17 de diciembre de 1999, declarando el 25 de noviembre como Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer,
La Constitución Nacional art. 75 inc. 22 cual establece con jerarquía constitucional convenciones, pactos, tratados del Derecho Internacional como “La Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.”,
La ordenanza 2.078/2012 “Adhesión a La Ley Nacional N° 26.485 Protección Integral a las mujeres y creación del Área de la Mujer”,
La ordenanza 2.261/2014 “Declaración de emergencia en materia social por violencia de género”,
La declaraciones 335/2015, de Adhesión Ni Una Menos,
La declaración 367/2016 Adhesión Convocatoria Ni Una Menos Vivas las Queremos,
La ley orgánica de Municipalidades Nº 2.756,
La ordenanza 1.947 del 2010, de reglamentación de otorgamiento de reconocimiento, y
CONSIDERANDO:
Que el 25 de noviembre de 1960 fueron asesinadas por la Dictadura de Trujillo en la República Dominicana las hermanas Patria, Minerva y María Teresa Mirabal. Ellas eran tres jóvenes militantes, conocidas popularmente como “las Mariposas” que lucharon por una sociedad plural y por la instauración de un sistema democrático en su país.
Que haciéndose eco de ese injusto acontecimiento, las Naciones Unidas, a través de la resolución 54/134, declara el 25 de noviembre como el “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”
Que el flagelo de la violencia de género no se circunscribe al fuero íntimo o a las relaciones de pareja solamente; también la sociedad y el mundo laboral –muchas veces- someten a las mujeres a condiciones de objetivación y de denigración permanente. La humillación, el acoso, son sólo expresiones de tal violencia sobre la mujer.
Que la definición de “violencia contra la mujer” implica un accionar negativo que puede ser realizado tanto por un particular, un privado y/o el propio Estado; y que los actos pueden ser llevados a cabo tanto por acción como por omisión.
Que con lo que respecta a la legislación mundial, la Convención Internacional contra toda forma de discriminación contra la mujer establece conceptos básicos sobre el tema desde su artículo 1º, el cual afirma: “Se entiende todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada.”
Que la resolución 54/134 en su articulado operativo dispone: “1. Decide declarar el 25 de noviembre Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer; 2. Invita a los gobiernos, los organismos, órganos, fondos y programas del sistema de las Naciones Unidas, y a otras organizaciones internacionales y organizaciones no gubernamentales, según proceda, a que organicen ese día actividades dirigidas a sensibilizar a la opinión pública respecto del problema de la violencia contra la mujer.”
Que el llamado que la resolución 54/134 efectúa es dirigido directamente a todos los Estados en sus distintos niveles y alcances, con la pretensión de que a través de actividades diversas pongan de manifiesto el problema de la violencia contra la mujer, y así la ciudadanía tome conciencia de la situación y emprenda un camino de franca transformación.
Que en nuestra ciudad existe una creciente toma de conciencia sobre la violencia de género manifiesta a través de organizaciones sociales, políticas y comunitarias que abordan dicha problemática, con el objeto de revertir la situación. En tal sentido, este Concejo ha sancionado diversas normas que atienden la violencia contra la mujer, como una clara demostración del rumbo que nuestra comunidad debe tomar con respecto a este asunto.
Que declarar de Interés el 25 de Noviembre como día de la no violencia contra la mujer es una muestra más del posicionamiento adoptado, y significa además estar en consonancia con la impronta legal nacional e internacional que pretende la enseñanza, el aprendizaje y la toma de conciencia por una sociedad más justa e igualitaria.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 395/2016
ART. 1º) El Concejo Deliberante declara de interés Social y Comunitario la conmemoración del 25 de noviembre como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, según la resolución 54/134 de las Naciones Unidas.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 24 de noviembre de 2016.