Expte. Nº 6.110 /17.

VISTO:

La ley N° 2756

Reclamo de Vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que como estado debemos garantizar el fácil acceso a la educación para ello es fundamental brindarles a los alumnos las herramientas de transporte más accesibles y necesarias para generar una masiva concurrencia en los establecimientos educativos (escuelas, institutos terciarios, universidades), de esta forma hacer hincapié y base fundamental en el desarrollo hacia un futuro alentador potenciando a generar nuevos profesionales.

Que es necesario implementar una tarifa fija y accesible para el estudiante durante el transcurso del ciclo lectivo, ya que es el transporte comúnmente utilizado por los mismos.

Que no es justo que un sector de la ciudad pague una tarifa urbana más cara que otra según la línea de colectivo que ingrese en su zona, repercutiendo económicamente en el trabajador.

Que la situación de inseguridad que se atraviesa en la actualidad ha generado una utilización en masa del transporte público eliminando  alternativas como ser bicicletas y motocicletas e incluso la caminata hacia el lugar de trabajo.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 961/2017

ART. 1°)  El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda proceda a realizar las gestiones necesarias ante la Secretaría Provincial de Transporte y la Municipalidad de Rosario  a los fines de: Estudiar la factibilidad para  unificar la tarifa del boleto urbano e interurbano de pasajeros de las distintas líneas que presten servicio en nuestro Municipio y fijar un monto accesible en el medio boleto escolar durante todo el ciclo lectivo en todas las líneas de transporte que presten servicio en nuestro Municipio.

ART.2º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  20 de abril de 2017

Expte. Nº 6.072/17.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades Nº2756

Decreto Nº 942/2016, y

 CONSIDERANDO:

Que es de gran conocimiento que los ciudadanos de nuestra ciudad han tomado como propia la calle colectora que costea el Parque Regional como calle recreativa.

Que hemos recibido reclamos de numerosos usuarios de la calle deportiva,  que se les dificulta a la hora de hacer ejercicios, debido a la colectora se encuentra en mal estado además de la falta de iluminación y demás necesidades que se le vienen reclamando al municipio, como por ejemplo el desmalezamiento y limpieza del zanjón.

Que este Concejo Deliberante ha aprobado el Decreto Nº 942/2016 para mejorar el estado de dicha calle recreativa como circuito deportivo.

Que un grupo de atletismo de la ciudad recuerda una pista de atletismo dentro del predio del parque regional ubicada en la cancha de futbol; dicha pista fue tapada hace ya muchos años para realizar una exposición de empresas de la ciudad.

Que es deber del Concejo y Municipio velar  por el bienestar del  ciudadano y deportistas de la cuidad.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 960/2017

ART.1º) El Concejo Deliberante le solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que  a través de la Secretaria que corresponda estudie la factibilidad de destapar y dejar en condiciones la pista de atletismo ubicada dentro del predio del Parque Regional de Villa Gobernador Gálvez (adjunto plano del Parque Regional donde figura la pista de atletismo)

ART.2º) El control de ingreso y egreso de los atletas, y el libre uso de la pista del Parque Regional quedará a cargo del Departamento Ejecutivo Municipal.

ART.3º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  20 de abril de 2017

 

 

Exptes. Nº  6.109/17 y  6.105/17.

VISTO:

             La Ley 2756 Art.39º.

             El reclamo de vecinos del Barrio Coronel Aguirre, y

 

CONSIDERANDO:

Que debido a la gran utilización del transporte  interurbano de pasajeros por parte de vecinos de la zona, es necesaria la construcción de una garita para el resguardo de los pasajeros en el tiempo de espera, sobre todo en época invernal o en días de lluvia.

Que frecuentemente  numerosos vecinos concurren a la parada de ómnibus, para dirigirse a la ciudad de Rosario, rumbo a sus empleos y colegios correspondientes.

Que asimismo, la intersección de las Av. Soldado Aguirre y Av. Pte. Raúl Alfonsín es una zona densamente concurrida por el tránsito de vehículos, ya que allí se encuentra la entrada del Parque Industrial (VGG)

Que es un cruce por lo que muchos niños circulan diariamente para ir a las escuelas ubicadas por Av. Soldado. Aguirre y alrededores.

Que es deber del municipio el cuidado del peatón, por lo que se necesita con urgencia la instalación de semáforos y señalización de sendas peatonales, para que los vecinos se encuentren seguros al cruzar dichas arterias.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 959/2017

ART.1º)  El Concejo Deliberante  se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal  para que a través de la Secretaría  que corresponda proceda a:

1) Realizar construcción de una garita en la parada de ómnibus ubicada sobre la vereda par de  Av.  Soldado. Aguirre al 3000 en su intersección con la Av. Pte. Raúl Alfonsín

  1. 2) Estudie la factibilidad de Instalar semáforos en la intersección de dichas arterias, y señalizar las sendas peatonales en el plazo de 15 días.

ART.2º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  20 de abril de 2017

 

 

Expte. Nº 6.103/17.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,  y

CONSIDERANDO:

Que la plaza ubicada en la esquina de Pasteur y Emilio Zola no cuenta con luces, y que sería positivo que el Departamento Ejecutivo Municipal realice obras de alumbrado en el lugar.

Que también es necesitan trabajos de limpieza, arreglo de los juegos, areneros y escamonda de los árboles.

Que los trabajos requeridos ayudaran a que el espacio se torne más seguro.

Que por las pequeñas dimensiones de la plaza no sería de un costo elevado de obra.

Que también sería bueno cambiar el sistema de alumbrado de luces incandescentes de las plazas, innovando  por  luces led.

Que las luces led para plazas, por sus características es beneficioso en muchos aspectos; mejor iluminación, bajo mantenimiento, su vida útil es más prolongada y en su ahorro alcanza al 80% en comparación al alumbrado tradicional.     

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 958/2017

ART.1º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda realice en la plaza ubicada en la esquina de Pasteur y Emilio Zola,  la colocación de luminarias tipo led, en un plazo de diez días hábiles una vez aprobado el siguiente Decreto.

ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal deberá realizar  las siguientes tareas complementarias de mantenimiento:   cortes de pastos, escamondas del arbolado, arreglo de los juegos y arenero.

ART.3º)    Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  20 de abril de 2017

 

Exptes. Nº 6.102/17 y   6.111/17.

VISTO:

            La Ley orgánica Nº 2.756,

            La cascada del arroyo Saladillo próxima al puente de la Av. San Martín,

            Las obras proyectadas y adjudicadas desde el Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe,   y

CONSIDERANDO:

Que la cascada del arroyo Saladillo fue a través del tiempo un atractivo para toda la región pues dicho salto de agua resulta ser un fenómeno poco frecuente en una región de llanura como la nuestra.

Que según especialistas, la cascada del arroyo Saladillo tiene una formación milenaria producto de la erosión natural de las barrancas del Río Paraná en su desembocadura, la cual sufre un progresivo corrimiento hacia el oeste. Sin embargo, dicho desplazamiento tuvo agudización luego de las obras de canalización del curso iniciadas en la década del 1970.   

            Que en el año 2004, el Gobierno de la Provincia de Santa Fe elaboró un informe ambiental en vista de “ estabilizar la denominada Cascada del Arroyo Saladillo, deteniendo el proceso de erosión retrogradante que ha ido conformando un salto de alrededor de 10 m de altura, ubicado a la altura del Parque Regional Sur en el límite entre las ciudades de Rosario y Villa Gobernador Gálvez”

Que el proyecto de estabilización de la cascada fue  licitado por la provincia en 2010  con un financiamiento del Banco Mundial  a través de un crédito de 14 millones de dólares. Sin embargo, esta obra no puedo concretarse y el financiamiento fue desestimado a causa de una resolución judicial que hizo lugar a un amparo basado en la ley 10.000 de intereses difusos, el cual fue presentado por vecinos de la margen rosarina del Saladillo y ambientalistas.

Que históricamente entre los meses de marzo y mayo, en nuestra región, ocurren las mayores precipitaciones, particularmente bajo la modalidad de temporales, los cuales pueden duran varios días y ocasionar saturación hídrica de los suelos y desbordes en los cauces de ríos y arroyos.

Que un informe de la Universidad de Quilmes afirma que:  “Según información obrante en la Dirección General de Hidráulica y Saneamiento, los años en los cuales han ocurrido estas crecientes fueron: 1910, 1914, 1919, 1931, 1938, 1940, 1947, 1961, 1966, 1971, 1977, 1984 y 1986. De ellas, las de 1940, 1961, 1966 y 1986 son las que han ocasionado mayor daño no solo en Rosario y Villa Gobernador Gálvez, sino también en las localidades de Sanford, Casilda y Villa Constitución”

Que es de público conocimiento que el día 1 de marzo del corriente año en la sede del Ministerio de Infraestructura y Transporte en la ciudad de Rosario se llevó a cabo la apertura de sobres de la licitación para  la estabilización de la cascada del Saladillo y evitar anegamientos ante situaciones de crecidas. Al día de la fecha no se han realizado intervención alguna sobre el curso del arroyo.

Que por todo ello es necesario tener una rápida intervención a fin de anticiparse a posibles sucesos que empeoren la actual situación de retroceso de la cascada y  pongan en riesgo el puente de la Avenida San Martín que conecta nuestra con la vecina ciudad de Rosario, siendo la principal vía de ingreso-egreso para vehículos particulares, transporte público, ambulancia, bomberos, fuerzas de seguridad, ect. Cabe mencionar que por dicho puente ingresa la red de gas natural a nuestra ciudad. Es necesario resaltar como agravante que metros atrás se encuentran dos puentes de la Avenida de Circunvalación.  

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 957/2017

 ART. 1º)  El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal que, en el plazo de 5 días y a través del área que corresponda, solicite al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe el comienzo de las obras en la cascada del Arroyo Saladillo a fin de impedir el retroceso de la misma en dirección a los puentes de Av. San Martín y Circunvalación.

ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, proceda a adoptar las medidas de seguridad necesaria para impedir el paso a orillas Arroyo Saladillo, como así también  emplazar la cartelera y señalización adecuada a los fines de informar y concientizar al ciudadano  acerca del peligro que se expone en sus inmediaciones.  

ART.3º)    Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  20 de abril de 2017

Expte. Nº 6.107/17.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,

El reclamo de los vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que la primera prioridad que demanda una comunidad es el suministro del agua,-con calidad adecuada y cantidad suficiente. Ya logrado este objetivo, surge otro no menos importante que consiste en la adecuada eliminación de las aguas ya utilizadas que se convierten en potenciales vehículos de muchas enfermedades y trastorno del medioambiente.

Que calle Artigas a la altura catastral del 1300 se encuentra cortada por la presencia de un anegamiento que ocupa el ancho de la calle y se extiende hasta la intersección con calle Juan José Paso.

Que esta anegación interrumpe el tránsito vehicular y peatonal en la zona, impidiendo totalmente el acceso de todo tipo de servicio público indispensable para la vida cotidiana.

Que el agua servida generalmente lleva una peligrosa carga de bacterias infecciosas, virus, parásitos y sustancias químicas tóxicas, pudiendo causar graves daños a la salud de los seres humanos y en el medio ambiente.

Que el factor productor de este inconveniente es la falta de recolección de estas aguas por desagües eficientes que permitan evacuar el escurrimiento superficial de las mismas.

Que es deber del municipio la adopción de medidas de prevención que eviten anegamientos, inundaciones y la conservación y cuidado de las obras y bienes públicos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACION Nº 2.120/2017

ART.1º)  El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice los trabajos necesarios con el fin de dar solución del anegamiento de calle Artigas al 1300.

ART.2º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  20 de abril de 2017

 

Expte. Nº 6.106/17.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,

El reclamo de los vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que calle Stephenson es una arteria de gran importancia que comunica puntos neurálgicos de la ciudad, vinculando directamente a través de Guido Spano a Avenida San Martín con calle Vélez Sarsfield que es la colectora de Avenida Circunvalación

Que la utilización de esta calle descongestionaría el tránsito vehicular en la zona de Avenida San Martín, en la parte norte de la ciudad, para aquellos automovilistas que desean tomar Avenida Circunvalación para dirigirse a Rosario.

Que Stephenson, en su nacimiento, entre las calles Guido Spano y Libertad, posee una cuadra con calzada de asfalto, mientras que desde Libertad hasta Vélez Sarsfield, tiene suelo consolidado en base de tierra y piedra.

Que la falta de mantenimiento en esta zona se ha deteriorado de manera significativa, a tal punto que en días de lluvias se toma intransitable.

Que presenta actualmente un estado irregular, con huellas pronunciadas y pozos profundos que se convierten en amenazas peligrosas para vehículos de pequeño porte y de bajo despeje con respecto al nivel del suelo.

Que también existe vegetación abundante a lo largo de la arteria, más precisamente desde calle Libertad hasta Vélez Sarsfield, donde la maleza es de magnitudes importantes dando lugar a la proliferación de roedores y propicia un lugar de fácil ocultamiento para delincuentes que exacerban la inseguridad del barrio.

Que en la zona existen dos clubes de fútbol infantil, que promueven la presencia de gran cantidad de menores con sus padres y otras personas relacionadas con la actividad, que necesariamente deben desplazarse a diario sufriendo los inconvenientes mencionados.

Desde este Concejo se han realizado tratativas a fin que las obras de cloacas beneficien a los clubes de este sector.

Que en la vereda par de Stephenson se encuentran numerosos frentistas que conviven con el abandono y falta de mantenimiento que presenta toda esta zona.

Que no escapa a esta problemática el estado deficitario del alumbrado público, que no cumple con los requerimientos mínimos para iluminar el sector, convirtiendo el lugar en un espacio peligroso para la integridad física de todos los que circulen por allí.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACION Nº 2.119/2017

ART.1º)  El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, realice en calle Stephenson entre Libertad y Vélez Sarsfield,

  1. Las tareas pertinentes de desmalezamiento, limpieza y desinfección.
  2. Gestione la reposición, reparación y puesta en funcionamiento de todos los artefactos lumínicos.
  3. Ejecute los trabajos necesarios para el acondicionamiento del suelo de la calle.
  4. Estudie la factibilidad de construcción de cordones cunetas y pavimentación de los tramos faltantes.

ART.2º)   El Departamento Ejecutivo Municipal deberá arbitrar las condiciones necesarias para realizar las conexiones cloacales a los clubes infantiles.

ART.3º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  20 de abril de 2017

 

Viernes, 21 Abril 2017 22:21

Resol. 1955/17 Ayudas económicas

VISTO:

Las  notas  presentadas por las Sras. De Vito, Martínez, Isasi, Leguizamón, Riquelme y Hereñú; y los Sres. Martínez, Gorosito, Rochietti, Cancinos, Muzulin y Aranda a este Concejo Deliberante, y,

CONSIDERANDO:

Que los mismos exponen  diferentes situaciones que,  necesariamente deben contar con una ayuda económica  para lograr los objetivos y/o cubrir necesidades básicas insatisfechas.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribu­ciones aprueba la siguiente:

RESOLUCIÓN Nº 1.955/2017

ART.1º) Autorizase un pago de $ 1.000.- (Pesos Un Mil) a la Sra. De Vito Eliana Ayelén, D.N.I. Nº 36.659.024, en concepto de ayuda económica gestionado por el  Bloque FPV.

ART.2º) Autorizase un pago de $ 2.500.- (Pesos Dos Mil Quinientos) al  Sr. Martínez Mario Ramón,  D.N.I. Nº 11.710.558,  en concepto de ayuda económica gestionado por el  Bloque  PRO.

ART.3º) Autorizase un pago de $ 2.000.- (Pesos Dos Mil) al Sr. Gorosito Carlos Daniel,  D.N.I. Nº 31.758.645, en concepto de ayuda económica gestionado por el  Bloque  UNA.

ART.4º) Autorizase un pago de $ 1.000.- (Pesos Un Mil) al Sr. Rochietti Víctor Edgardo,  D.N.I. Nº 10.875.053, en concepto de ayuda económica gestionado por el  Bloque  FPV.

ART.5º) Autorizase un pago de $ 500.- (Pesos Quinientos) a la Sra. Cancinos Claudia Estela,  D.N.I. Nº  32.587.860, en concepto de ayuda económica gestionado por el  Bloque  FPV.

ART.6º) Autorizase un pago de $ 1.000.- (Pesos Un Mil) a la Sra. Martínez Jésica Noemí,  D.N.I. Nº  36.333.459, en concepto de ayuda económica gestionado por el  Bloque  FPV.

ART.7º) Autorizase un pago de $ 500.- (Pesos Quinientos) a la Sra. Isasi, Blanca A,  D.N.I. Nº  42.527.351, en concepto de ayuda económica gestionado por el  Bloque  Socialista, FPCyS.

ART.8º) Autorizase un pago de $ 1.500.- (Pesos Un Mil Quinientos) a la Sra. Leguizamón, María del Valle,  D.N.I. Nº  16.479.252, en concepto de ayuda económica gestionado por el  Bloque  Socialista FPCyS.

ART.9º) Autorizase un pago de $ 1.000.- (Pesos Un Mil) al Sr. Aranda, Rito R.,  D.N.I. Nº  18.031.929, en concepto de ayuda económica gestionado por el  Bloque  Socialista, FPCyS.

ART.10º) Autorizase un pago de $ 2.000.- (Pesos Dos Mil) al Sr. Muzulin, Osvaldo R.,  D.N.I. Nº  20.402.715, en concepto de ayuda económica gestionado por el  Bloque  Socialista FPCyS.

ART.11º) Autorizase un pago de $ 2.000.- (Pesos Dos Mil) a la Sra. Riquelme, Estela N.,  D.N.I. Nº  23.344.119, en concepto de ayuda económica gestionado por el  Bloque  FPV.

ART.12º) Autorizase un pago de $ 500.- (Pesos Quinientos) a la Sra. Hereñú, Carmén E.,  D.N.I. Nº  17.794.378, en concepto de ayuda económica gestionado por el  Bloque  FPV.

ART.13º)   Comuníquese y archívese.

Dado en Sala del Concejo Deliberante,  20 de Abril de 2017

 

 

Jueves, 20 Abril 2017 23:39

3º Sesión Ordinaria 20/04/17

 

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 36º PERIODO

6º  REUNIÓN                                 20 DE ABRIL DE  2.017                               3º SESIÓN CARACTER ORDINARIA

ORDEN  DEL  DIA

Presidente: Susana M. Mangiaterra                                          Secretaría: Claudio G. Luraghi.

Concejales presentes:Diego Garavano FJPV, Jorge Murabito FR UNA, Natalia Martínez FR UNA,  Jorge Stange FJPV, Roberto Leiva Cambiemos, Raúl Larrosa FR Extracción y Ema Camiscia FPCySocial.

Ausentes: Carlos Dolce FPCySocial y Cristina Cuevas Unión Pro Federal

 

PUNTO 1º) Lectura del Orden del Día.

 

PUNTO 2º)  Aprobación de Actas Nº 1.633 y 1.634.

 

PUNTO 3º)  Aprobación  Resolución Nº  1.955/17 (Ref. ayudas económicas).

 

PUNTO 4º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN,   Proyecto de Ordenanza, autorizando el uso en comodato a la Agrupación Infantil Esperanza Unida de una fracción de terreno municipal. Exptes. 6.104/17 y 6.068/17

PUNTO 5º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO  Y EDUCACIÓN Y PRESUPUESTO Y HACIENDA,  Proyecto de Ordenanza, aprobación modelo contrato de alquiler vivienda para Xiomara Villar. Expte. Nº 6.099/17. 

PUNTO 6º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS,  Proyecto de Ordenanza, modificación Ord. Nº 2.433/16 Desagües Pluviales. Expte. Nº 6.096/17.

PUNTO 7º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y OBRAS PUBLICAS, Expte. 6.102/17  Proyecto de Decreto, para que el Departamento Ejecutivo Municipal solicite al Superior Gobierno  de la Provincia de Santa Fe el comienzo de las obras en la cascada del Arroyo Saladillo y  DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Expte. Nº 6.111/17   Proyecto de Decreto, se proceda a adoptar medidas de seguridad para impedir el paso a orillas de la cascada del Arroyo Saladillo.

PUNTO 8º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y HACIENDA,  El Departamento Ejecutivo Municipal, solicita Ejecución Presupuesto año 2016 (cuadros). Expte. Nº 6.069/17

PUNTO 9º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, diferentes trabajos de obras públicas en la plaza ubicada en esquina Pasteur y Emilio Zola. Expte. Nº 6.103/17

PUNTO 10º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD,  Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando diferentes trabajos de obras públicas en calle Stephenson entre las calles Libertad y Vélez Sarsfield. Expte. Nº 6.106/17

 

PUNTO 11º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD,   Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando se realicen los trabajos necesarios para dar  solución al anegamiento de calle Artigas al 1.300. Expte. Nº 6.107/17

 

PUNTO 12º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD,   Expte. Nº 6.109/17. Proyecto de Decreto, se proceda a realizar la construcción de una garita en la parada  de ómnibus sobre la vereda par de Av. Soldado Aguirre al 3.000 y  Expte. Nº 6.105/17 Proyecto de Minuta de Comunicación  solicitando semáforos y sendas peatonales en la intersección de Av. Pte. Raúl Infantil y Av. Soldado Aguirre.

 

PUNTO 13º) DICTAMEN DE COMISIONES DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD Y GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal que estudie la factibilidad de destapar y dejar en condiciones la pista de atletismo ubicada dentro del Predio del Parque Regional.  Expte. 6.072/17

PUNTO 14º) DICTAMEN DE COMISIONES DE SERVICIOS PÚBLICOS Y GOBIERNO Y EDUCACIÓN,  Proyecto de Decreto, se proceda a realizar las gestiones necesarias ante la Secretaria Provincial de Transporte y la Municipalidad de Rosario para la tarifa única transporte urbano y boleto anual escolar. Expte. Nº 6.110/17

 

 

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Autores del proyecto: Concejales Garavano, Stange y Mangiaterra
Asunto: Proyecto de Decreto; Se proceda a adoptar medidas de seguridad para impedir el paso a orillas de la cascada del Arroyo Saladillo. Exp. 6111/17.
 

VISTO:

La Ley N° 2756

CONSIDERANDO:

Que es importante velar por la seguridad de nuestros habitantes.

Que la actividad hídrica del arroyo Saladillo se ha tomado peligrosa, principalmente en la cascada que se encuentra a pocos metros del puente que une los municipios de Rosario y Villa Gdor. Gálvez.

Que algunos ciudadanos van a pescar ubicándose a orillas del arroyo poniendo en riesgo su vida, ya que los derrumbes son impredecibles.

Que la curiosidad hace que personas transiten por el arroyo parándose a metros de la cascada donde un descuido significaría una tragedia.

Que es necesario tomar medidas de seguridad consensuada entre ambos municipios.

Que el peligro que ocasiona el libre tránsito por la cascada del arroyo Saladillo es algo preocupante para todos.

Por todo lo expuesto los concejales abajo firmantes presentan para su tratamiento el siguiente proyecto de:

DECRETO

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, proceda a tomar las medidas de seguridad que se crean necesarias para impedir el paso a orillas de la cascada del arroyo Saladillo.

ART. 2o) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, proceda a colocar la cartelería y señalización adecuada a orillas de la cascada del arroyo Saladillo, para concientizar e informar al ciudadano acerca del peligro al que se expone en sus inmediaciones.

ART. 3o) De forma.

Dado en Sala de Bloque, Frente Para La Victoria en los días 11 de abril de 2017.