Min. 2121/17 Se realice el acto del día de la Bandera en la Plaza San Martín
Expte. Nº 6.147/17.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, y
CONSIDERANDO:
Que cada 20 de junio en el país se celebra el Día de la Bandera. Por ese motivo es feriado nacional en la República Argentina.
Que el Día de la Bandera se conmemora en recuerdo del fallecimiento de su creador, Manuel Belgrano, ocurrido el 20 de junio de 1820.
Que la fecha fue decretada por Ley 12.361 del 8 de junio de 1.938, con aprobación del Congreso.
Que a partir del año 2011, por Decreto Nacional, dicho feriado es inamovible.
Que la bandera fue creada el 27 de febrero de 1812, durante la gesta por la Independencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata.
Que el año 2016 la fiesta patria del 20 de junio no se realizó en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez y que sería importante realizar los festejos conmemorativos para inculcar los valores a los chicos de la ciudad haciendo la jura de la Bandera por parte del Intendente Municipal.
Que sería significativo invitar a participar a las escuelas e instituciones intermedias de nuestra ciudad.
Que el Art. 7º de la Ley Orgánica de Municipalidades indica que las municipalidades están obligadas a solemnizar anualmente las fiestas patrias 25 de mayo y el 9 de julio, haciendo figurar en sus presupuestos las sumas necesarias a tal fin.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACION Nº 2.121/2017
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que arbitre las medidas necesarias en la organización del acto del Día de la Bandera el feriado 20 de Junio en la Plaza San Martín a cargo del Intendente Municipal.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 18 de mayo de 2017
Decr. 859/16 Trabajos de obras y servicios públicos en plazas de nuestra ciudad
Expte. Nº 5.776/16.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
El Decreto Nº 438/12, Decreto Nº 458/13.
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que es deber del municipio el mantenimiento de las luminarias de las plazas públicas de la ciudad.
Que en los espacios verdes: Plaza A La Madre, Plaza Cooperación, Plaza del Ferroviario y Plaza San Martín, por falta de mantenimiento en luminarias públicas, los vecinos informan su peligrosidad, solicitando la reposición y reparación inmediata de las lámparas.
Que las plazas, espacios de convivencia, de encuentro con el otro, dejaron de cumplir su función social, de juegos compartidos, caminatas, esparcimiento, para convertirse en tarde-noche, zonas de riesgo e inseguridad.
Que la concurrencia a estas plazas trascendentales, fueron y son puntos de amplia convocatoria para la mayoría de ciudadanos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 859/2016
ART. 1°) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda y en un plazo de 15 días, proceda a realizar tareas de mantenimiento y reposición de luminarias faltantes en las Plazas: Plaza del Ferroviario, Plaza A La Madre, Plaza Cooperación y Plaza San Martín.
ART. 2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de mayo de 2016
Decr. 707/14 Se dé cumplimiento a la Minuta de Comunicación Nº 2006/13 y a los Decretos Nº 553/13 y 608/14
Expte. Nº 5.378/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756 artículo 39º;
Minuta de Comunicación Nº 2.006/13 Corte de ramas y reemplazo de árboles añejos en plaza "San Martín ";
Decreto Nº 553/13 Trabajos de obras públicas en Plaza "San Martín ";
Decreto Nº 608/14 Se dé cumplimiento al Decreto 553/13 trabajos de obras públicas en plaza "San Martín";
Reclamos de los vecinos de Villa Gobernador Gálvez y;
CONSIDERANDO:
Que a casi un año de aprobado el Decreto Nº 553/13 en el cual se solicitaba el acondicionamiento de la Plaza San Martín, las obras aún no han sido ejecutadas.
Que en mayo del corriente año este Cuerpo reiteró el pedido pero el mismo no fue escuchado.
Que, en las condiciones en las que se encuentra la mencionada plaza, constituye un peligro para los niños y adultos que desean disfrutar de dicho espacio.
Que en el Decreto Nº 608 14 se reitera que en el lugar "se encuentran caños de hierro cortados ocultos entre el pasto; las columnas de alumbrado tienen los cables a la vista ya que carecen de las tapas que los cubran siendo la única medida de seguridad, las cintas adhesivas que los separan; los árboles están añejos, en riesgo de caerse; los juegos necesitan mantenimiento; las rampas utilizadas por las personas de movilidad reducida se encuentran en deplorables condiciones y algunos armazones carecen de su correspondiente recipiente de residuos. "
Que el mantenimiento de plazas y espacios públicos como por la segundad de los vecinos es un
deber de las autoridades municipales.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 707/2014
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a dar cumplimiento a la Minuta de Comunicación Nº 2.006/13 y a los Decretos Nº 553/13 y 608/14 en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de 1 aprobación del presente decreto.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de octubre de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Facundo Sarria
Decr. 677/14 Mantenimiento, reparación de las Plazas A La Madre, san Martín y Stolfi
Expte. Nº 5.303/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756
Los Juegos Infantiles instalados en la Plaza a la Madre, Plaza San Martín y plaza Stolfi y;
CONSIDERANDO:
Que en estas Plazas son frecuentadas por una cantidad importante de niños y jóvenes, especialmente durante los fines de semana. Observándose algunas deficiencias recurrentes en algunos aparatos que configuran una situación de riesgo;
Que desde hace tiempo los vecinos del barrio reclaman por la reparación de estos juegos infantiles. Siendo una tarea que aún se halla pendiente o inconclusa, a pesar de las comunicaciones pertinentes;
Que es sumamente importante velar por la seguridad de la población, cuando la misma este expuesta a un riesgo y/o peligro inminente.-
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 677/2014
ART. 1º) El Concejo Municipal solicita al Departamento Ejecutivo Municipal, para que através de la Secretaría que corresponda proceda en un tiempo no mayor a 30 días de aprobado el siguiente decreto, la reparación y mantenimiento de los Juegos Infantiles de las Plazas a la Madre, San Martín y Stolfi, que se hallan deteriorados y presentan riesgo de uso.-
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de agosto de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Ord. 2213/14 Izamiento de la Bandera Nacional en la Plaza Gral. San Martín
Expte. 5209/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756
El centro cívico de la ciudad: La plaza Gral. San Martín; y,
CONSIDERANDO:
Que es un honor para los representantes del pueblo y la ciudadanía en general, izar la Bandera Nacional junto a la Provincial, todos los días en el centro cívico de la ciudad.-
Que es posible invitar a vecinos, instituciones civiles y fuerzas vivas a acompañar el breve pero tan sentido acto, dado que los protocolos de tratamiento de la enseña nacional establecidos por leyes y costumbres están enmarcados en los lineamientos del Ceremonial del Monumento Nacional a la Bandera.-
Que hace varias semanas no se izan las Banderas en el centro cívico de nuestra ciudad.-
Que con la representación de una bandera se expresa la valorización del municipio, verdadera cuna política del Estado y primer estamento de participación cívica. -
Que el Concejo Municipal legisla según atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.-
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.213/2014
ART. 1º) Dispóngase diariamente el izamiento de la Bandera Nacional, en la Plaza Gral. San Martín, la cual deberá acompañarse con la bandera de la Provincia de Santa Fe.
ART. 2º) Establécese los horarios de izamiento a las 8:15 hs; el de arrío lo dispondrá el Departamento Ejecutivo Municipal de Villa Gobernador Gálvez.
ART. 3º) El izamiento se realizará todos los días hábiles, asistiendo en forma conjunta u acordada con las autoridades del Departamento Ejecutivo Municipal, cuyos representantes rotarán en forma equitativa y convenida. Aceptándose la participación, por invitación, de representantes de Instituciones reconocidas y /o personas destacadas.
ART. 4º) La custodia de las banderas será propiciada por la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.
ART. 5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de junio de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Decr. 553/13 Trabajos de obras públicas en Plaza “San Martín”
Expte. Nº 4.997/13.
Visto:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39;
La Minuta de Comunicación Nro. 2006/2013;
Los reclamos de los vecinos de Villa Gobernador Gálvez y;
Considerando:
Que la Plaza San Martín ubicada en la manzana comprendida por las calles Bomberos Voluntarios, Av. Mitre, Pedro Oppici e Ing. Mosconi se encuentra en pésimas condiciones.
Que la misma es un espacio de esparcimiento para niños y adultos.
Que es un lugar de concurrencia masiva por la cercanía de tres escuelas –Escuela Nro. 132 Asamblea del Año XIII, Escuela Técnica Nro. 8.235 Ingeniero Gomara y Escuela Primaria Nro. 1.315 Cooperación.
Que frente a la Plaza se encuentra la municipalidad y la Iglesia Santa María de los Ángeles.
Que en la zona funcionan varios negocios de diversos rubros.
Que en la plaza se encuentran caños de hierro cortados ocultos entre el pasto, los cuales al no ser advertidos pueden ocasionar accidentes, lesiones de considerable riesgo e incluso pueden ser letales en los niños que frecuentan el lugar.
Que las columnas de alumbrado tienen los cables a la vista ya que carecen de las tapas que los cubran. La única medida de seguridad de dichos cables son las cintas adhesivas que los separan.
Que algunos armazones carecen de su correspondiente recipiente de residuos.
Que los árboles están añejos, en riesgo de caerse, y que podrían provocar serios daños materiales en los vehículos estacionados en las dársenas. Que incluso tendríamos que lamentar víctimas fatales si cayera sobre alguna persona.
Que los juegos necesitan mantenimiento, restauración de hamacas, pintura y medidas de seguridad.
Que dichos juegos no pueden ser usados durante varios días luego de periodos de lluvias ya que en el lugar el agua permanece estancada.
Que las rampas utilizadas por las personas de movilidad reducida se encuentran en deplorables condiciones, dificultando su acceso a la plaza.
Que hubo reiterados reclamos a través de los medios gráficos locales sobre las condiciones de la Plaza San Martín.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la seguridad de los vecinos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 553/2013
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda:
ü proceda a retirar los caños cortados que se encuentran en distintos puntos de la Plaza San Martín ubicada en la manzana comprendida por las calles Bomberos Voluntarios, Av. Mitre, Pedro Oppici e Ing. Mosconi.
ü coloque las correspondientes tapas a las columnas de alumbrado público ubicados en los laterales de los caminos que atraviesan la Plaza San Martín.
ü restaure la columna de alumbrado público faltante en la Plaza San Martín.
ü reponga los cestos de residuos en sus correspondientes armazones en la Plaza San Martín.
ü proceda a reacondicionar los juegos ubicados en la Plaza San Martín.
ü reconstruya las rampas de acceso para la personas con movilidad reducida en la Plaza San Martín.
ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, dé cumplimiento a la Minuta de Comunicación Nro. 2006/2013 aprobada en marzo del corriente año, en la que se solicitaba el reemplazo de los árboles añejos por otros más jóvenes en Plaza San Martín.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de diciembre de 2013
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva