Min. 2033/13 Trabajos de obras públicas en calle Crespo entre Soldado Aguirre y Guido Spano
Expte. Nº 4.851/13.
Visto
La Ley 2.756 Art. 39º incisos 14 y 52; Artículo 41 Inciso 24.
Las Minuta de Comunicaciones Nº 1999/12 y 1992/12, y
Considerando
Que sobre calle Crespo entre Avenida Soldado Aguirre y Guido Spano, dicha arteria se encuentra intransitable por los numerosos pozos de importantes dimensiones existentes, agravándose la situación los días de lluvia.
Que en esas condiciones deja incomunicadas a las personas que allí habitan, ya que no ingresan al sector ningún medio de transporte o ambulancias o vehículos policiales.
Que por la basura acumulada sobre las zanjas, el agua queda estancada, produciendo olores desagradables, como así también la proliferación de distintos tipos de alimañas.
Que los vecinos necesitan la pronta ejecución de obras para vivir dignamente.
Que es obligación del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de nuestros vecinos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2033/2013
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las obras de zanjeo tendientes a favorecer la desembocadura de aguas estancadas en la calle Crespo entre Avenida Soldado Aguirre y Guido Spano.
ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, estudie la viabilidad de realizar obras que permitan una mejor transitabilidad de calle Crespo entre Av. Soldado Aguirre y Guido Spano.
ART.3º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, ejecute el desmalezamiento y limpieza de la zona.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de julio de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Min. 1992/12 Trabajos de Obras Públicas en sección catastral 11
Expte. Nº 4.577/12.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756.
Reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en
Que es necesario la limpieza de basurales que se forman en las esquinas, produciéndose un foco infeccioso, siendo que es un populoso barrio con muchos niños que circulan para concurrir a las escuelas de la zona.
Que los vecinos reclaman por el mal estado de las calles, y aducen la imposibilidad que al barrio entren ambulancias, policías, taxis, remises y cualquier otro vehiculo que deba circular por la zona, en especial en los días de lluvias.
Que las zanjas de las calles de la zona se encuentran tapadas y/o obstruidas siendo necesario realizar una urgente tarea de limpieza de zanjas y desmalezamiento en la zona.
Que en épocas de verano es imposible transitar por las calles, debido a los olores nauseabundos que produce el estancamiento de las aguas en mal estado.
Que asimismo, los vecinos de la zona reclaman reparación y mantenimiento del alumbrado público.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, la reparación y mantenimiento de las calles de nuestra ciudad, para una mejor calidad de vida de nuestros ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1992/2012
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de
ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaria que corresponda, proceda a realizar tareas de zanjeo, limpieza y desmalezamiento en toda la zona.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 18 de octubre de 2012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci