BLOQUE FRENTE RENOVADOR UNA
Autores del Proyecto: Natalia Martínez y Jorge Murabito
Proyecto de Ordenanza para que se permita el estacionamiento en calle Tucumán desde calle Belgrano hasta calle Cte. Espora. Exp. 6052/16

Visto

-Ley orgánica de Municipalidades nº 2756 y

-Pedido de los vecinos de la zona y;

Considerando

Que el Instituto Superior 24 “Héroes Malvinas” y la escuela de nivel primario Isidro Aliau nº 124, generan gran cantidad de tránsito en a la zona por la concurrencia a las mismas, que esto causa la falta de estacionamiento en el área, colapsando  las calles J.B.Justo, Laprida, Garay, Eva Perón y Belgrano.

Que por motivos de inseguridad, sería conveniente que los alumnos y personal de las escuelas  contaran con más  espacio cercano para poder estacionar

Que en conversaciones con vecinos nos manifiestan beneficioso y necesario permitir estacionamiento.

Que generar un nuevo espacio también es beneficioso para familias que concurren  al club Recreativa y vecinos de la zona.

                                                                                                                                        ORDENANZA

ART Nº 1) Permítase el estacionamiento en la calle Tucumán desde la calle Belgrano hasta el vértice de calle Comandante Espora, mano derecha, paralelo a la plaza “STOLFI”.

ART Nº 2)  El Departamento Ejecutivo Municipal arbitrará las medidas necesarias  para  la colocación de las señalizaciones correspondientes.

ART Nº 3) De forma-

 

 

BLOQUE FRENTE RENOVADOR UNA
Autores del Proyecto: Natalia Martínez y Jorge Murabito
Proyecto de Decreto para que el DEM gestione ante el Registro CIvil y el Nuevo Banco de Santa Fe la habilitación de una caja destinada al cobro de tramites. Exp. 6051/16
Visto

-La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756 Art. 39º.

-Decreto nº 483/2013.

-Decreto nº 520/2013.

-Reclamos reiterados y periódicos de los Vecinos de Villa Gobernador Gálvez y;

Considerando

 

Que en Villa Gdor. Gálvez, en el Registro Civil único, sito Av. San Martín 2427,  los trámites relacionados con sus funciones específicas, requieren el pago de sellados que sólo pueden abonarse en el Correo ubicado en Av. Filippini Nº 1972 o el Nuevo Banco de Santa Fe  S.A.,  Av. San Martín 2222.

Que este reclamo cuenta con antecedentes legislativos, el primero de ellos se aprobó por unanimidad el 2 de mayo del 2013 y  luego el día 12 se septiembre 2013  con un pedido de informe haciendo mención en qué situación se encontraban las gestiones.

Que son numerosos y continuos los reclamos de los vecinos para superar la difícil situación de traslados que insumen gastos extras de movilidad y tiempo para el pago de aranceles fijados por elRegistro Civil: DNI, Pasaportes, Partidas, Actas y de más documentales,  en  los lugares habilitados al pago.

Que también manifiestan su descontento por la falta de coordinación de los horarios de funcionamiento de las distintas oficinas que hacen a las tramitaciones.

Que este planteo daría respuesta a situaciones problemáticas a vecinos en situaciones especiales: problemas motrices, capacidades especiales y otros síndromes que dificultan los traslados reiterados.

Que el problema se solucionaría en gran parte habilitando una Caja de cobro de las tramitaciones inherentes al Registro Civil.

Que por lo expuesto, los Concejales abajo firmantes elevan el siguiente Proyecto de

                                                                                                                                                     Decreto

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, en un plazo de 15 días hábiles, realice las gestiones pertinentes entre el Registro Civil y El Nuevo Banco de la Provincia de Santa Fe, para la habilitación de una Caja destinada al cobro de los sellados correspondientes a todos los trámites realizados en el mismo.

ART.2º) Dé forma.

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

El Departamento Ejecutivo remite proyecto de Ordenanza Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al año 2017. Exp. 6050/17.

 

 

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

El Departamento Ejecutivo remite proyecto de Ordenanza autorizando al DEM a solicitar adelantos transitorios según COM A 5125 del B.C.R.A.  Exp. 6049/16

 

 

 

 

35º PERIODO
43 REUNIÓN 15 DE DICIEMBRE DE 2.016 31º SESIÓN DE CARÁCTER ORDINARIA

ORDEN DEL DIA
Presidente: Susana M. Mangiaterra Secretaría: Claudio G. Luraghi.
Concejales presentes:Diego Garavano FJPV, Jorge Murabito FR UNA, Natalia Martínez FR UNA, Roberto Leiva Cambiemos, Cristina Cuevas Unión Pro Federal, Raúl Larrosa FR Extracción, Ema Camiscia FPCySocial
Ausentes
Carlos Dolce FPCySocial y Jorge Stange FJPV

PUNTO 1º) Lectura del Orden del Día.

PUNTO 2º) Aprobación Resoluciones Nº 1.936, 1.937, 1.938 y 1.939.

PUNTO 3º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Declaración, declarando de Interés Cultural el 22º Festival Folklórico de Canto y Danza. Expte. Nº 6.042/16.
Aprobado por Unanimidad
Toma la palabra una integrante del Festival Folklórico

PUNTO 4º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Resolución, modificación en el otorgamiento de “Subsidios y Colaboraciones” y en el cargo de Secretario de Bloque. Expte. Nº 6.047/16.
Aprobado por unanimidad

PUNTO 5º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y SERVICIOS PÚBLICOS, Proyecto de Ordenanza, convenio en Municipalidad de VGG y la Dirección Pcial. De Vialidad, ampliación de la red de gas natural de media presión. Expte. Nº 5.975/16.
Aprobado por unanimidad

PUNTO 6º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y PLANEAMIENTO Y URBANISMO, Proyecto de Ordenanza, autorizando uso comodato del predio ubicado en Bv. San Diego Manzana 19 Sección Catastral Nº 3. Expte. Nº 6.044/16.
Aprobado por unanimidad

PUNTO 7º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Ordenanza, modificación Ordenanza Nº 2.385/16 en sus Arts. 2º y 3º. Expte. Nº 6.048/16
Aprobado por unanimidad

Susana M. Mangiaterra
Presidente
Concejo Deliberante

 

 

 

 

 

Autores del proyecto: concejales Carlos Dolce y Ema Camiscia

Asunto: Proyecto de ordenanza autorizando uso comodato del predio ubicado en Bv San Diego M19, sección catastral Nº3. Exp. 6044

VISTO:

            La Constitución Nacional, artículo 75, inciso 22, sobre La convención internacional de los Derechos     del niño,

            La ley nacional N° 26.061, de protección Integral de los Derechos de las Niñas, niños y Adolescentes,

            La ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,

            El Proyecto de Creación del Centro de Educación Física de Villa gobernador Gálvez, Escolar y Comunitario, y

CONSIDERANDO QUE:

Es deber de todo órgano de representación ciudadana mejorar la calidad de vida de la población, siendo unos de los objetivos principales atender las necesidades de las generaciones futuras, promoviendo todo tipo de proyectos que beneficien la niñez y la adolescencia. 

            El uso de los espacios y predios pertenecientes al Estado municipal tienen que ser utilizados para el desarrollo y progreso de la sociedad en general, pero prescribiendo su prioridad hacia los sectores más vulnerables entre las juventudes que crecen en nuestra ciudad.

             El predio lindante al club Defensores de Belgrano, sobre calle San Diego, había sido cedido en comodato a la Escuela N° 1.243 “José Pedroni” -cuyo edificio principal se encuentra en frente-, y era utilizado para las actividades de educación física. Dicho predio, por no contar con las medidas de seguridad pertinentes, ha sufrido un gran deterioro, convirtiéndose en un lugar no apto para dichas actividades.

            El club antes citado ha demostrado un interés en la utilización del lugar, a cambio de su mantenimiento y compartirlo con el colegio, sin interponerse en sus horarios, ya que el colegio lo usaría en horarios escolares, y la institución deportiva en horarios vespertinos y/o nocturnos.

            A esta iniciativa, se suma el proyecto de “Creación del Centro de Educación Física de Villa gobernador Gálvez, Escolar y Comunitario”, que tiene entre sus objetivos generales “Brindar a los alumnos y comunidad en la que estamos insertos, una completa y articulada educación que favorezca, incentive, cree hábitos y se tome conciencia del beneficio que ofrece la práctica de actividades físicas para el mejoramiento de la salud y la calidad de vida de las personas”. Estando el mismo el avalado por el Lic. Omar L. Grasso (Supervisor de Educación física de la Región VI.)

            Es oportuno resaltar que dicho Centro, en caso de concretarse, será utilizado por las distintas escuelas públicas de nuestra ciudad para la realización de las actividades físicas que requieran el uso de un lugar abierto.

            Dicho proyecto debe enmarcarse en la Ley Nacional 26.061 de protección integral de los Derechos de las Niñas, niños y Adolescentes, la cual remite sus fundamentos principales a la Convención Internacional de los Derechos del Niño,  y que en su artículo Nº 20 expresa en el derecho al deporte y al juego recreativo  “Los Organismos del Estado con la activa participación de la sociedad, deben establecer programas que garanticen el derecho de todas las niñas, niños y adolescentes a la recreación, esparcimiento, juegos recreativos y deportes, debiendo asegurar programas específicos para aquellos con capacidades especiales.”

            En todo marco legal que aborda la temática de la niñez y la adolescencia debe tenerse en cuenta “el interés superior del niño” por lo cual, la propia normativa precitada en su artículo Nº 5 indica que “En la formulación y ejecución de políticas públicas y su prestación, es prioritario para los Organismos del Estado mantener siempre presente el interés superior de las personas sujetos de esta ley y la asignación privilegiada de los recursos públicos que las garanticen. Toda acción u omisión que se oponga a este principio constituye un acto contrario a los derechos fundamentales de las niñas, niños y adolescentes. Las políticas públicas de los Organismos del Estado deben garantizar con absoluta prioridad el ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.”

            Es una responsabilidad legal y un deber ético de la función pública y del Estado municipal, tanto su órbita Ejecutiva como el Concejo Deliberante, propender, en las medidas de sus recursos y posibilidades, a adoptar acciones que cumplimenten de manera efectiva los objetivos de las normativas citadas anteriormente. 

Por todo lo antes mencionado, los concejales abajo firmantes presentan el siguiente proyecto:  

ORDENANZA

Art. 1) Autorizase el uso en comodato del predio de propiedad municipal ubicado sobre el Boulevard San Diego en la Manzana Nº 19 de la Sección Catastral Nº 3, por dos (2) años, a la Escuela Nº 1.243 José Pedroni, y al Club Infantil Defensores de Belgrano.

Art. 2) El comodato establecido en el artículo 1º quedará deberá incluir las clausulas correspondientes para armonizar su uso con el funcionamiento del Centro de Educación Física de Villa gobernador Gálvez, Escolar y Comunitario, de concretarse el mismoEn caso de tergiversase el uso del espacio entregado, dicho comodato será revocado de manera inmediata.  

Art. 3) El Departamento Ejecutivo Municipal deberá garantizar la firma del comodato entre las partes involucradas, dejando establecido que el colegio utilizará el predio en horarios escolares, y el club fuera de esos horarios, además de la responsabilidad del mantenimiento del lugar de parte la institución deportiva.

Art. 4) De forma

Dado en Sala de Bloque Socialista Frente Progresista Cívico y Social a los 14 días del mes de diciembre de 2016.

 

Autor del proyecto: Concejal Roberto Leiva

Asunto: Proyecto de Declaración "Declarando de interés Deportivo el combate en el que participará la señora Cristina Beatriz Cuevas en la ciudad de Vera". Exp. 6045/16.

VISTO

Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756
Declaración N° 1.947/2010

CONSIDERANDO Que la Sra Cristina Beatriz Cuevas, nacida el 3 de Abril de 1976, DNI: 24.926.510, oriunda de  Villa Gobernador Gálvez, es una deportista y boxeadora profesional reconocida de la ciudad.Que comenzó su carrera  a los 34 años, y en el Amateurismo a los 37 años de edad haciéndose profesional  con casi 50 peleas combatidas.Que junto a Daniel Cantero, su esposo y técnico tiene dos gimnasios de boxeo, ubicados en el Club Talleres R.P.B y el Club Olímpico de Villa Gobernador Gálvez. Ambos Aportando al deporte, la inclusión y motivando a jóvenes, a hacer deportes como un estilo de vida.Que trabajan con más de 100 pupilos, tres veces por semana y muchos de estos jóvenes ya están FEDERADOS.Que cuenta con  casi 50 peleas entre amateur y profesional convirtiéndose en  campeona REGIONAL Y PROVINCIAL, siempre representando a la ciudad que la vio crecer en todo el país y en muchas ocasiones por la cadena TyC Sport y la TV Pública.Que además, desde hace un año, con esfuerzo y perseverancia ha llegado a representar a su ciudad como Concejal del partido Unión PRO Federal y siendo hoy en día, vicepresidente 2da en el Concejo Deliberante de la misma.Que su labor como Deportista y Concejal, la llevo a compartir junto a niños de diferentes edades, en distintas  escuelas de la ciudad, su historia de vida y deportiva compartiendo con ellos,  un video muy emotivo, donde cuenta sus logros deportivos y experiencias vividas.Que el próximo 23 de Diciembre de 2016, se va a enfrentar ante la campeona mundial FIB categoría ligero Victoria "LA LEONA " Bustos, en 8 raund de 2 ×1, en la ciudad de VERA Provincia de Santa Fe y televisado por TyC SPORT. Es por lo expuesto el concejal abajo firmante solicita el siguiente proyecto de;                                                                   

 

DECLARACIÓN

 

Art1) El Concejo Deliberante, Declara de Interés Deportivo el Combate que participara la Sra Cristina Beatriz Cuevas,  en la ciudad de Vera, provincia de Santa Fe, el día 23 de diciembre de 2016.

Art2) De forma,

 

Dado en la sala del Bloque Cambiemos,  a los 14 días del mes de diciembre del 2016.

 

BLOQUE CAMBIEMOS 
Autor del proyecto: Concejal Roberto Leiva

Asunto: Proyecto de Declaración "Declarando de interés Deportivo el combate en el que participará la señora Cristina Beatriz Cuevas en la ciudad de Vera".

VISTO

Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756
Declaración N° 1.947/2010

CONSIDERANDO Que la Sra Cristina Beatriz Cuevas, nacida el 3 de Abril de 1976, DNI: 24.926.510, oriunda de  Villa Gobernador Gálvez, es una deportista y boxeadora profesional reconocida de la ciudad.Que comenzó su carrera  a los 34 años, y en el Amateurismo a los 37 años de edad haciéndose profesional  con casi 50 peleas combatidas.Que junto a Daniel Cantero, su esposo y técnico tiene dos gimnasios de boxeo, ubicados en el Club Talleres R.P.B y el Club Olímpico de Villa Gobernador Gálvez. Ambos Aportando al deporte, la inclusión y motivando a jóvenes, a hacer deportes como un estilo de vida.Que trabajan con más de 100 pupilos, tres veces por semana y muchos de estos jóvenes ya están FEDERADOS.Que cuenta con  casi 50 peleas entre amateur y profesional convirtiéndose en  campeona REGIONAL Y PROVINCIAL, siempre representando a la ciudad que la vio crecer en todo el país y en muchas ocasiones por la cadena TyC Sport y la TV Pública.Que además, desde hace un año, con esfuerzo y perseverancia ha llegado a representar a su ciudad como Concejal del partido Unión PRO Federal y siendo hoy en día, vicepresidente 2da en el Concejo Deliberante de la misma.Que su labor como Deportista y Concejal, la llevo a compartir junto a niños de diferentes edades, en distintas  escuelas de la ciudad, su historia de vida y deportiva compartiendo con ellos,  un video muy emotivo, donde cuenta sus logros deportivos y experiencias vividas.Que el próximo 23 de Diciembre de 2016, se va a enfrentar ante la campeona mundial FIB categoría ligero Victoria "LA LEONA " Bustos, en 8 raund de 2 ×1, en la ciudad de VERA Provincia de Santa Fe y televisado por TyC SPORT. Es por lo expuesto el concejal abajo firmante solicita el siguiente proyecto de;                                                                   

 

DECLARACIÓN

 

Art1) El Concejo Deliberante, Declara de Interés Deportivo el Combate que participara la Sra Cristina Beatriz Cuevas,  en la ciudad de Vera, provincia de Santa Fe, el día 23 de diciembre de 2016.

Art2) De forma,

 

Dado en la sala del Bloque Cambiemos,  a los 14 días del mes de diciembre del 2016.

 

BLOQUE SOCIALISTA FPCYSOCIAL
Autores del proyecto: concejales Carlos Dolce y Ema Camiscia

Asunto: Proyecto de ordenanza autorizando uso comodato del predio ubicado en Bv San Diego M19, sección catastral Nº3. 

VISTO:

            La Constitución Nacional, artículo 75, inciso 22, sobre La convención internacional de los Derechos     del niño,

            La ley nacional N° 26.061, de protección Integral de los Derechos de las Niñas, niños y Adolescentes,

            La ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,

            El Proyecto de Creación del Centro de Educación Física de Villa gobernador Gálvez, Escolar y Comunitario, y

CONSIDERANDO QUE:

Es deber de todo órgano de representación ciudadana mejorar la calidad de vida de la población, siendo unos de los objetivos principales atender las necesidades de las generaciones futuras, promoviendo todo tipo de proyectos que beneficien la niñez y la adolescencia. 

            El uso de los espacios y predios pertenecientes al Estado municipal tienen que ser utilizados para el desarrollo y progreso de la sociedad en general, pero prescribiendo su prioridad hacia los sectores más vulnerables entre las juventudes que crecen en nuestra ciudad.

             El predio lindante al club Defensores de Belgrano, sobre calle San Diego, había sido cedido en comodato a la Escuela N° 1.243 “José Pedroni” -cuyo edificio principal se encuentra en frente-, y era utilizado para las actividades de educación física. Dicho predio, por no contar con las medidas de seguridad pertinentes, ha sufrido un gran deterioro, convirtiéndose en un lugar no apto para dichas actividades.

            El club antes citado ha demostrado un interés en la utilización del lugar, a cambio de su mantenimiento y compartirlo con el colegio, sin interponerse en sus horarios, ya que el colegio lo usaría en horarios escolares, y la institución deportiva en horarios vespertinos y/o nocturnos.

            A esta iniciativa, se suma el proyecto de “Creación del Centro de Educación Física de Villa gobernador Gálvez, Escolar y Comunitario”, que tiene entre sus objetivos generales “Brindar a los alumnos y comunidad en la que estamos insertos, una completa y articulada educación que favorezca, incentive, cree hábitos y se tome conciencia del beneficio que ofrece la práctica de actividades físicas para el mejoramiento de la salud y la calidad de vida de las personas”. Estando el mismo el avalado por el Lic. Omar L. Grasso (Supervisor de Educación física de la Región VI.)

            Es oportuno resaltar que dicho Centro, en caso de concretarse, será utilizado por las distintas escuelas públicas de nuestra ciudad para la realización de las actividades físicas que requieran el uso de un lugar abierto.

            Dicho proyecto debe enmarcarse en la Ley Nacional 26.061 de protección integral de los Derechos de las Niñas, niños y Adolescentes, la cual remite sus fundamentos principales a la Convención Internacional de los Derechos del Niño,  y que en su artículo Nº 20 expresa en el derecho al deporte y al juego recreativo  “Los Organismos del Estado con la activa participación de la sociedad, deben establecer programas que garanticen el derecho de todas las niñas, niños y adolescentes a la recreación, esparcimiento, juegos recreativos y deportes, debiendo asegurar programas específicos para aquellos con capacidades especiales.”

            En todo marco legal que aborda la temática de la niñez y la adolescencia debe tenerse en cuenta “el interés superior del niño” por lo cual, la propia normativa precitada en su artículo Nº 5 indica que “En la formulación y ejecución de políticas públicas y su prestación, es prioritario para los Organismos del Estado mantener siempre presente el interés superior de las personas sujetos de esta ley y la asignación privilegiada de los recursos públicos que las garanticen. Toda acción u omisión que se oponga a este principio constituye un acto contrario a los derechos fundamentales de las niñas, niños y adolescentes. Las políticas públicas de los Organismos del Estado deben garantizar con absoluta prioridad el ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.”

            Es una responsabilidad legal y un deber ético de la función pública y del Estado municipal, tanto su órbita Ejecutiva como el Concejo Deliberante, propender, en las medidas de sus recursos y posibilidades, a adoptar acciones que cumplimenten de manera efectiva los objetivos de las normativas citadas anteriormente. 

Por todo lo antes mencionado, los concejales abajo firmantes presentan el siguiente proyecto:  

ORDENANZA

Art. 1) Autorizase el uso en comodato del predio de propiedad municipal ubicado sobre el Boulevard San Diego en la Manzana Nº 19 de la Sección Catastral Nº 3, por dos (2) años, a la Escuela Nº 1.243 José Pedroni, y al Club Infantil Defensores de Belgrano.

Art. 2) El comodato establecido en el artículo 1º quedará deberá incluir las clausulas correspondientes para armonizar su uso con el funcionamiento del Centro de Educación Física de Villa gobernador Gálvez, Escolar y Comunitario, de concretarse el mismoEn caso de tergiversase el uso del espacio entregado, dicho comodato será revocado de manera inmediata.  

Art. 3) El Departamento Ejecutivo Municipal deberá garantizar la firma del comodato entre las partes involucradas, dejando establecido que el colegio utilizará el predio en horarios escolares, y el club fuera de esos horarios, además de la responsabilidad del mantenimiento del lugar de parte la institución deportiva.

Art. 4) De forma

Dado en Sala de Bloque Socialista Frente Progresista Cívico y Social a los 14 días del mes de diciembre de 2016.

 

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

 

El Departamento Ejecutivo remite respuesta sobre Fondos Programas de Obras Menores 2014.