Este es un proyecto presentado por el bloque Socialista Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.

                 

BLOQUE SOCIALISTA FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL

 

Autor del proyecto: Concejal Dolce.

                                               

DAR CUMPLIMIENTO A LAS ORDENANZAS 1262/97 Y 1263/97 SOBRE VEREDAS PEATONALES EN CALLES “MAGALLANES” Y “CAMINO DEL INMIGRANTE”

Proyecto de Decreto, para dar cumplimiento a las Ordenanzas Nº 1262/97 y 1263/97 sobre veredas peatonales en calle “Magallanes” y “Camino del Inmigrante”. Exp. 4832/13.

VISTO:

              La Ley 2.756 Art. 39 Inc. 24

              Las Ordenanzas Nº 1262 /97 y Nº 1263/97

            El reclamo de vecinos y

CONSIDERANDO:

                               Que en el año 1997 se aprobó por unanimidad la Ordenanza Nº 1262, la cual establecía lo siguiente:“Dispónese la ejecución de la Obra Pública de construcción de  una  vereda peatonal desde la intersección  de  calles Soldado  Aguirre y Av. Filippini por Magallanes  hasta  la calle Orán, de la mano de los números pares.”

                              Que la Ordenanza antes mencionada daba respuesta a la necesidad de muchos vecinos de desplazarse a pie entre los Barrios Alto Verde y Coronel Aguirre sin correr ningún tipo de peligro.

                              Que en la misma sesión se aprobó por unanimidad la Ordenanza Nº 1263/97 la cual establecía: “Dispónese la ejecución de la Obra Pública de construcción de  una  vereda peatonal por calle Camino  del  Inmigrante desde  Alvear hasta la calle América (Acceso Barrio  IbaiHondo)  de la mano de los números impares”.

                               Que ambas contenían las siguientes especificaciones técnicas: “Hormigón Armado tipo H8, de un espesor de 10  cm., con juntas de dilatación cada 4,50 mts.,  con  un ancho  de  1,50 mts. desde la línea de  edificación  a  la calzada, con sus respectivas rampas de ascenso y  descenso para discapacitados, según Ordenanza Nº 942/94”.

                                El incumplimiento de dichas Ordenanzas provoca inconvenientes a todos los vecinos y vecinas que se desplazan a diario por calle Magallanes y Camino del Inmigrante para realizar sus actividades diarias, como ir a trabajar, concurrir a la escuela, entre tantas otras, con el riesgo que implica caminar por la calle, que es la opción que tienen hoy miles de ciudadanos que se verían beneficiados con esta obra.

                               Que el Municipio tiene como deber ejecutar acciones que mejoren la calidad de vida de las personas y garantizar su seguridad en el tránsito peatonal, entre otras, debe ser una prioridad.

                              Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de

 

DECRETO

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda, de cumplimiento efectivo a las Ordenanzas Nº 1262/97 “Vereda peatonal calle Magallanes” y Nº 1263/97 “Vereda peatonal camino del Inmigrante”.

 

 

 

 

Miércoles, 19 Junio 2013 19:05

OBRAS DE BACHEO EN AV. FILIPPINI AL 1300

Autor del proyecto: Concejal Martínez.

Proyecto de Decreto, para que se realicen obras de bacheo en Av. Filippini al 1300. Exp. 4829/13.

Visto

Ley 2.756 articulo 39 y;

Considerando

Que en la bocacalle ubicada en Avenida Filippini y Gral. López, se encuentra un bache de importantes dimensiones.

Que en la misma avenida a la altura de 1400 en su intersección con Sáenz Peña existe un significativo desnivel.

Que en dicha arteria circula una importante cantidad de vehículos ya que es de doble sentido de circulación. Además en la zona se encuentran numerosas empresas y un reconocido frigorífico.

Que atravesarlos puede provocar daños materiales en los vehículos aumentando el riesgo de siniestralidad vial e incluso puede provocar que los motociclistas pierdan el control de sus motovehículos y caigan sobre el asfalto.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad, para brindar una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.

Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.

DECRETO

Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las obras de bacheo en Avenida Filippini – a la altura del 1300- y Gral. López.

Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a nivelar Avenida Filippini – a la altura del 1400- en su intersección con Sáenz Peña.

 

 

 

Autor del proyecto: Concejal Martínez.

Proyecto de Decreto, se proceda a realizar diversas obras públicas en Pje Capuchino entre Monte Caseros y San Lorenzo. Exp. 4828/13.

Visto

Ley 2.756 articulo 39 incisos 14 y 52;

Ley 2.756 articulo 41 inciso 24 y;

Constitución Nacional artículo 41;

Reclamo de los vecinos en forma personal al concejal abajo firmante y;

Considerando

Que el pasaje Capuchinos entre Monte Caseros y San Lorenzo carece de obras de zanjeo, limpieza, desmalezamiento e iluminación aumentando la inseguridad y las probabilidades de adquirir alguna enfermedad relacionada con el estancamiento de aguas producto de la falta de realización de las mencionadas obras.

Que por la falta de limpieza de las zanjas, el agua permanece estancada padeciendo, en días de lluvia, el ingreso de dicha agua a las viviendas sufriendo daños materiales y aumentando el riesgo de padecer alguna enfermedad relacionada con la mencionada situación.

Que la zona se encuentra cercada por terrenos baldíos con altos pastizales favoreciendo la concreción de delitos y la proliferación de distintos tipos de alimañas que pueden afectar a la salud de los vecinos.

Que de noche o en la madrugada la zona permanece a oscuras por la falta de luminarias.

Que en la proximidad de la zona se encuentra instalada la escuela secundaria Nro. 516 "Leticia Cossettini” debiendo los alumnos conducirse a oscuras por las mencionadas calles para poder llegar al establecimiento educativo.

Que las condiciones de las calles son deficientes, con numerosos baches de distintas dimensiones, algunos de importante profundidad.

Que en días de lluvia se hacen intransitables ya que las mismas son de tierra.

Que sobre calle Nahuel Huapi se están realizando las obras para la instalación de la Sub Comisaría dependiente de la Comisaría Nro. 26.

Que, de continuar las calles en ese estado, se tornaría imposible que el personal policial cumpla con sus deberes.

Que es necesario realizar las obras de zanjeo, limpieza y desmalezamiento para evitar la proliferación de distintos tipos de alimañas.

Que es de suma urgencia que se realice el mejorado de las calles mencionadas y sus alrededores para favorecer las condiciones de circulación.

Que es obligación del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.

Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.

DECRETO

Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las obras de zanjeo tendientes a favorecer la desembocadura de aguas estancadas en el pasaje Capuchinos entre Monte Caseros y San Lorenzo.

Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, efectúe los trabajos pertinentes para el mejoramiento de las mencionadas calles.

Artículo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, ejecute el desmalezamiento y limpieza de la zona.

Artículo 4.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la colocación y mantenimiento de luminarias en las mencionadas arterias, o realice las gestiones pertinentes ante quien corresponda para solucionar la problemática planteada.

 

 

 

Autor del proyecto: Concejal Martínez.

Proyecto de Decreto, se proceda a la colocación de medidores comunitarios de consumo d energía eléctrica en los domicilios ubicados sobre Pje Capuchino entre Nahuel Huapi y San Lorenzo. Exp. 4827/13.

Visto

Ley 2.756 articulo 39 y;

Reclamo de los vecinos en forma personal al concejal abajo firmante y;

Considerando

            Que las viviendas asentadas sobre Pasaje Capuchinos entre Nahuel Huapi y San Lorenzo pertenecen a familias humildes pero de gente trabajadora que carecen de los elementos fundamentales para cubrir las necesidades básicas habitacionales.

Que los habitantes de la mencionada zona solicitan la instalación de medidores comunitarios para el suministro de energía eléctrica  a fin de regularizar su situación,  hacer seguro el consumo de dicho servicio -por el momento, la conexión es precaria- y abonarlo en forma correcta.

Que los vecinos se comprometen a cumplir con las obligaciones que la instalación de dichos medidores comprenden.

Que, a su vez, también requieren se proceda a colocar correctamente las columnas debido a que las mismas se encuentran inclinadas, sostenidas por algunos árboles o sólo por los cables que contienen, portando un riesgo de caída, destrucción de las viviendas y electrocución de los habitantes del lugar.

Que los cables se encuentran a poca altura dificultando el paso de los vehículos de gran porte o de las máquinas niveladoras, por ello, piden que los mismos se coloquen a una altura razonable que permita el libre transito de los vehículos mencionados.

Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:

DECRETO

Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las gestiones pertinentes para la colocación de medidores comunitarios de consumo de energía eléctrica en los domicilios ubicados sobre Pasaje Capuchinos entre Nahuel Huapi y San Lorenzo.

Articulo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las gestiones pertinentes para la correcta colocación de las columnas que contienen cables de energía eléctrica sobre Pasaje Capuchinos entre Nahuel Huapi y San Lorenzo.

Articulo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, gestione la colocación de los cables de energía eléctrica a una altura razonable que permita el paso de vehículos de gran porte y máquinas por la zona.

 

 

 

OBRAS PUBLICAS EN PJE CAPUCHINO ENTRE MONTE CASEROS Y SAN LORENZO

Proyecto de Decreto, se proceda a realizar diversas obras públicas en Pje Capuchino entre Monte Caseros y San Lorenzo. Exp. 4828/13.

Visto

Ley 2.756 articulo 39 incisos 14 y 52;

Ley 2.756 articulo 41 inciso 24 y;

Constitución Nacional artículo 41;

Reclamo de los vecinos en forma personal al concejal abajo firmante y;

Considerando

Que el pasaje Capuchinos entre Monte Caseros y San Lorenzo carece de obras de zanjeo, limpieza, desmalezamiento e iluminación aumentando la inseguridad y las probabilidades de adquirir alguna enfermedad relacionada con el estancamiento de aguas producto de la falta de realización de las mencionadas obras.

Que por la falta de limpieza de las zanjas, el agua permanece estancada padeciendo, en días de lluvia, el ingreso de dicha agua a las viviendas sufriendo daños materiales y aumentando el riesgo de padecer alguna enfermedad relacionada con la mencionada situación.

Que la zona se encuentra cercada por terrenos baldíos con altos pastizales favoreciendo la concreción de delitos y la proliferación de distintos tipos de alimañas que pueden afectar a la salud de los vecinos.

Que de noche o en la madrugada la zona permanece a oscuras por la falta de luminarias.

Que en la proximidad de la zona se encuentra instalada la escuela secundaria Nro. 516 "Leticia Cossettini” debiendo los alumnos conducirse a oscuras por las mencionadas calles para poder llegar al establecimiento educativo.

Que las condiciones de las calles son deficientes, con numerosos baches de distintas dimensiones, algunos de importante profundidad.

Que en días de lluvia se hacen intransitables ya que las mismas son de tierra.

Que sobre calle Nahuel Huapi se están realizando las obras para la instalación de la Sub Comisaría dependiente de la Comisaría Nro. 26.

Que, de continuar las calles en ese estado, se tornaría imposible que el personal policial cumpla con sus deberes.

Que es necesario realizar las obras de zanjeo, limpieza y desmalezamiento para evitar la proliferación de distintos tipos de alimañas.

Que es de suma urgencia que se realice el mejorado de las calles mencionadas y sus alrededores para favorecer las condiciones de circulación.

Que es obligación del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.

Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.

DECRETO

Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las obras de zanjeo tendientes a favorecer la desembocadura de aguas estancadas en el pasaje Capuchinos entre Monte Caseros y San Lorenzo.

Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, efectúe los trabajos pertinentes para el mejoramiento de las mencionadas calles.

Artículo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, ejecute el desmalezamiento y limpieza de la zona.

Artículo 4.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la colocación y mantenimiento de luminarias en las mencionadas arterias, o realice las gestiones pertinentes ante quien corresponda para solucionar la problemática planteada.

 

 

OBRAS DE BACHEO EN AV. FILIPPINI AL 1300

Proyecto de Decreto, para que se realicen obras de bacheo en Av. Filippini al 1300. Exp. 4829/13.

Visto

Ley 2.756 articulo 39 y;

Considerando

Que en la bocacalle ubicada en Avenida Filippini y Gral. López, se encuentra un bache de importantes dimensiones.

Que en la misma avenida a la altura de 1400 en su intersección con Sáenz Peña existe un significativo desnivel.

Que en dicha arteria circula una importante cantidad de vehículos ya que es de doble sentido de circulación. Además en la zona se encuentran numerosas empresas y un reconocido frigorífico.

Que atravesarlos puede provocar daños materiales en los vehículos aumentando el riesgo de siniestralidad vial e incluso puede provocar que los motociclistas pierdan el control de sus motovehículos y caigan sobre el asfalto.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad, para brindar una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.

Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.

DECRETO

Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las obras de bacheo en Avenida Filippini – a la altura del 1300- y Gral. López.

Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a nivelar Avenida Filippini – a la altura del 1400- en su intersección con Sáenz Peña.

 

 

 

Estos son los proyectos presentados por el bloque UCR (Unión Cívica Radical) Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.

 

BLOQUE U.C.R. FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL

 

Autor de los proyectos: Concejal Martínez.

 

 

MEDIDORES COMUNITARIOS EN LOS DOMICILIOS UBICADOS EN PJE CAPUCHINO ENTRE NAHUEL HUAPI Y SAN LORENZO

Proyecto de Decreto, se proceda a la colocación de medidores comunitarios de consumo d energía eléctrica en los domicilios ubicados sobre Pje Capuchino entre Nahuel Huapi y San Lorenzo. Exp. 4827/13.

Visto

Ley 2.756 articulo 39 y;

Reclamo de los vecinos en forma personal al concejal abajo firmante y;

Considerando

            Que las viviendas asentadas sobre Pasaje Capuchinos entre Nahuel Huapi y San Lorenzo pertenecen a familias humildes pero de gente trabajadora que carecen de los elementos fundamentales para cubrir las necesidades básicas habitacionales.

Que los habitantes de la mencionada zona solicitan la instalación de medidores comunitarios para el suministro de energía eléctrica  a fin de regularizar su situación,  hacer seguro el consumo de dicho servicio -por el momento, la conexión es precaria- y abonarlo en forma correcta.

Que los vecinos se comprometen a cumplir con las obligaciones que la instalación de dichos medidores comprenden.

Que, a su vez, también requieren se proceda a colocar correctamente las columnas debido a que las mismas se encuentran inclinadas, sostenidas por algunos árboles o sólo por los cables que contienen, portando un riesgo de caída, destrucción de las viviendas y electrocución de los habitantes del lugar.

Que los cables se encuentran a poca altura dificultando el paso de los vehículos de gran porte o de las máquinas niveladoras, por ello, piden que los mismos se coloquen a una altura razonable que permita el libre transito de los vehículos mencionados.

Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:

DECRETO

Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las gestiones pertinentes para la colocación de medidores comunitarios de consumo de energía eléctrica en los domicilios ubicados sobre Pasaje Capuchinos entre Nahuel Huapi y San Lorenzo.

Articulo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las gestiones pertinentes para la correcta colocación de las columnas que contienen cables de energía eléctrica sobre Pasaje Capuchinos entre Nahuel Huapi y San Lorenzo.

Articulo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, gestione la colocación de los cables de energía eléctrica a una altura razonable que permita el paso de vehículos de gran porte y máquinas por la zona.

 

 

 

OBRAS PUBLICAS EN PJE CAPUCHINO ENTRE MONTE CASEROS Y SAN LORENZO

Proyecto de Decreto, se proceda a realizar diversas obras públicas en Pje Capuchino entre Monte Caseros y San Lorenzo. Exp. 4828/13.

Visto

Ley 2.756 articulo 39 incisos 14 y 52;

Ley 2.756 articulo 41 inciso 24 y;

Constitución Nacional artículo 41;

Reclamo de los vecinos en forma personal al concejal abajo firmante y;

Considerando

Que el pasaje Capuchinos entre Monte Caseros y San Lorenzo carece de obras de zanjeo, limpieza, desmalezamiento e iluminación aumentando la inseguridad y las probabilidades de adquirir alguna enfermedad relacionada con el estancamiento de aguas producto de la falta de realización de las mencionadas obras.

Que por la falta de limpieza de las zanjas, el agua permanece estancada padeciendo, en días de lluvia, el ingreso de dicha agua a las viviendas sufriendo daños materiales y aumentando el riesgo de padecer alguna enfermedad relacionada con la mencionada situación.

Que la zona se encuentra cercada por terrenos baldíos con altos pastizales favoreciendo la concreción de delitos y la proliferación de distintos tipos de alimañas que pueden afectar a la salud de los vecinos.

Que de noche o en la madrugada la zona permanece a oscuras por la falta de luminarias.

Que en la proximidad de la zona se encuentra instalada la escuela secundaria Nro. 516 "Leticia Cossettini” debiendo los alumnos conducirse a oscuras por las mencionadas calles para poder llegar al establecimiento educativo.

Que las condiciones de las calles son deficientes, con numerosos baches de distintas dimensiones, algunos de importante profundidad.

Que en días de lluvia se hacen intransitables ya que las mismas son de tierra.

Que sobre calle Nahuel Huapi se están realizando las obras para la instalación de la Sub Comisaría dependiente de la Comisaría Nro. 26.

Que, de continuar las calles en ese estado, se tornaría imposible que el personal policial cumpla con sus deberes.

Que es necesario realizar las obras de zanjeo, limpieza y desmalezamiento para evitar la proliferación de distintos tipos de alimañas.

Que es de suma urgencia que se realice el mejorado de las calles mencionadas y sus alrededores para favorecer las condiciones de circulación.

Que es obligación del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.

Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.

DECRETO

Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las obras de zanjeo tendientes a favorecer la desembocadura de aguas estancadas en el pasaje Capuchinos entre Monte Caseros y San Lorenzo.

Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, efectúe los trabajos pertinentes para el mejoramiento de las mencionadas calles.

Artículo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, ejecute el desmalezamiento y limpieza de la zona.

Artículo 4.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la colocación y mantenimiento de luminarias en las mencionadas arterias, o realice las gestiones pertinentes ante quien corresponda para solucionar la problemática planteada.

 

 

OBRAS DE BACHEO EN AV. FILIPPINI AL 1300

Proyecto de Decreto, para que se realicen obras de bacheo en Av. Filippini al 1300. Exp. 4829/13.

Visto

Ley 2.756 articulo 39 y;

Considerando

Que en la bocacalle ubicada en Avenida Filippini y Gral. López, se encuentra un bache de importantes dimensiones.

Que en la misma avenida a la altura de 1400 en su intersección con Sáenz Peña existe un significativo desnivel.

Que en dicha arteria circula una importante cantidad de vehículos ya que es de doble sentido de circulación. Además en la zona se encuentran numerosas empresas y un reconocido frigorífico.

Que atravesarlos puede provocar daños materiales en los vehículos aumentando el riesgo de siniestralidad vial e incluso puede provocar que los motociclistas pierdan el control de sus motovehículos y caigan sobre el asfalto.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad, para brindar una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.

Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.

DECRETO

Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las obras de bacheo en Avenida Filippini – a la altura del 1300- y Gral. López.

Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a nivelar Avenida Filippini – a la altura del 1400- en su intersección con Sáenz Peña.

 

 

 

Miércoles, 19 Junio 2013 16:01

Proyecto del Departamento Ejecutivo

Este es un proyecto presentado por el Departamento Ejecutivo hasta la fecha.

 

 

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

 

El Departamento Ejecutivo eleva proyecto de Ordenanza modificación Ordenanza Nº 2094/12.

 

 

 

Miércoles, 19 Junio 2013 01:08

Reunion sobre uso de productos fitosanitarios

001El día 18 de junio de 2013 a las 10 hs en el recinto del Concejo Deliberante se realizo una reunión para discutir la “Regulación de la Aplicación de Productos Fitosanitarios en el ámbito de Villa Gobernador Gálvez”. 

El Concejo Deliberante en sesión del 25 de abril del 2013 aprobó la Resolución 1691/13 que dio origen a esta convocatoria.

Participaron de la misma, todos los concejales y expusieron las siguientes personas: Daniel Romano de Asamblea por la vida; Eduardo Rossi de Asociación Grito de Malvinas; Gabriela Lazzari de Aeco Litoral; Andrea Drueta docente de Alvear; Luis Traverso, productor; Dr. Armando Perichon Secretario de Salud de la municipalidad de Villa Gdor Gálvez.

  

 

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Miércoles, 19 Junio 2013 01:06

Proyectos Particulares y del Dep. Ejecutivo

Estos son los proyectos presentados por Particulares y Departamento Ejecutivo hasta la fecha.

 

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

El Departamento Ejecutivo remite Proyecto de Ordenanza reglamentación del correcto uso de productos fitosanitarios en el municipio de Villa Gdor Gálvez. Exp. 4825/13.

 

PARTICULARES

Vecinos de Barrio Ibai Ondo solicitan soluciones habitacionales y de obras publicas. Exp. 4824/13.

 

 

 

Expte. Nº  4.809/13.

VISTO:

                    El  Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2013, aprobado por Ordenanza Nº 2089/2012 del  13/12/2012, promulgada por Decreto Nº 1682/2012 del 17/12/2012, y la modificación según Ordenanza Nº 2102/2013 del 08/02/2013, promulgada por Decreto Nº 2011/2013, y

 

CONSIDERANDO: 

                   Que según el acta acuerdo firmado en la Comisión Paritaria se fijó un incremento del 26% sobre la política salarial vigente a Febrero/2013, a abonar de la siguiente manera: 16% a partir del 01/03/2013, 10% a partir del 01/07/2013, homologado según Decreto Nº 2125/2013 del 12/03/2013.-

Que según la Ordenanza Nº 2.120/2013 de fecha 30 de Mayo de 2013 se modifica el articulo Nº 2 de la Ordenanza 2.058/2012 correspondiente al presupuesto de gastos del Concejo Deliberante.

                   Que  se recibieron en concepto de anticipo de Aporte Financiero Extraordinario del Gobierno de la Provincia de Santa Fe la suma de $ 6.000.000,00 (Pesos seis millones) según el siguiente detalle: en Noviembre 2011 se recibió $ 3.000.000,00 (Pesos tres millones) según Decreto Nº 8664/2011, en Diciembre de 2011 se recibió 2.500.000,00 (Pesos dos millones quinientos mil) según Decreto Nº 0011/2011 y en Enero de 2012 la suma de $ 500.000,00 (Pesos quinientos mil) según Decreto Nº 0207/2012;  pagaderos en 36 (treinta y seis) cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el mes de Enero/2013. Que los mencionados aportes financieros extraordinarios generan intereses. Que a la fecha que se remitió el presupuesto general de Gastos no se contaba con información concreta correspondiente a los montos de los mencionados intereses, por lo que se procedió a calcular en forma aproximada, que ya se cuenta con la información para ajustar los los mismos.

                   Por todo lo expuesto es necesario efectuar las modificaciones pertinentes a los fines de un mejor manejo administrativo y control presupuestario; y a su vez no entorpecer el normal desenvolvimiento de la actividad municipal.-

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº  2.129/2013

 

 

ART.1º) Modifíquese el Presupuesto de Gastos vigente a la fecha, de la siguiente manera, en un todo de acuerdo con los considerandos de la presente Ordenanza:

 

PARTIDAS QUE SE AUMENTAN

EROGACIONES CON RENTAS GENERALES

EROGACIONES CORRIENTES

0.1.1/01.00.00.00 PERSONAL                                                     $ 22.513.701,94

0.1.1/03.00.00.00 INTERESES DE LA DEUDA                         $      80.000,00   

0.1.1/06.00.00.00 CONCEJO DELIBERANTE                           $   1.115.000,00  23.708.701,94

EROGACIONES DE CAPITAL

0.1.2/11.00.00.00 AMORTIZACION DE DEUDAS                   $      830.000,00        830.000,00

 

                TOTAL PARTIDAS QUE SE AUMENTAN                                    $   24.538.701,94                          

                  

 

 

ART. 2º) Modifíquese el Cálculo de Recursos vigente a la fecha, de la siguiente manera, en un todo de acuerdo con los considerandos de la presente Ordenanza:

 

PARTIDAS QUE SE AUMENTAN

 

RENTAS GENERALES

 

RECURSOS CORRIENTES

 

DE JURISDICCIÓN MUNICIPAL

 

TRIBUTARIOS EJERCICIO ANTERIORES

 

0.1.1/03.01.00.00  Tributarios Atrasados                                     2.800.000,00      2.800.000,00

 

DE OTRAS JURICCIONES

 

COPARTICIPACION DEL EJERCICIO

 

0.1.2/01.01.00.00  Coparticipación del Ejercicio                          11.760.000,00     11.760.000,00  

 

DE OTRAS JURISCICCIONES

 

APORTES NO REINTEGRABLES DEL EJERCICIO

 

0.3.2/01.01.00.00  CONTRIBUCIÓN PROVINCIAL                    1.200.000,00      1.200.000,00

 

0.3.2/03.01.00.00  Fondo P/Const. De Obras Menores

                              Y adquisición de Equipamiento y

                               Rodados Atrasado                                             7.663.701,94       7.663.701,94  

 

TOTAL PARTIDAS QUE SE AUMENTAN                                                           23.423.701,94

 

 

 

ART. 3º) Fíjase en la suma de $  195.587.235,76 (Pesos ciento noventa y cinco millones quinientos ochenta y siete miol doscientos treinta y cinco con 76/100)  el  total  de Erogaciones del Presupuesto de Gastos de la Administración Municipal  para el año 2013, conforme al siguiente resumen:

 

 

 

RENTAS GENERALES

RENTAS ESPECIALES

TOTAL

 

 

 

 

EROGACIONES CORRIENTES

      153.532.212,25

     6.701.989,74

  160.234.201,99

 

 

 

 

OPERACIÓN

      142.902.451,94

     6.701.989,74

  149.604.441,68

   Personal

      112.008.801,94

     3.102.500,00

  115.111.301,94

   Bs. Y Serv. No Pers.

        30.893.650,00

     3.599.489,74

    34.493.139,74

INTERESES DE LA DEUDA

             580.445,33

                       -  

         580.445,33

TRANSFERENCIAS

          3.018.314,98

                       -  

      3.018.314,98

A CLASIFICAR

               50.000,00

                       -  

           50.000,00

CONCEJO DELIBERANTE

          6.981.000,00

                       -  

      6.981.000,00

 

 

 

 

EROGACIONES DE CAPITAL

        32.892.026,77

     2.461.007,00

    35.353.033,77

 

 

 

 

INVERSION REAL

        32.792.026,77

     2.461.007,00

    35.253.033,77

   Bienes de Capital

          2.247.000,00

        200.000,00

      2.447.000,00

   Trabajos Públicos

        30.545.026,77

     2.261.007,00

    32.806.033,77

 

 

 

 

BIENES PRE-EXISTENTES

             100.000,00

                       -  

         100.000,00

INVERSION FINANCIERA

                           -  

                       -  

                        -  

  Aportes de Capital

                           -  

                       -  

                        -  

  Préstamos

                           -  

                       -  

                        -  

 

 

 

 

TOTALES

      186.424.239,02

     9.162.996,74

  195.587.235,76

 

 

 

ART. 4º)  Estímese  en la suma  de  $ 155.914.444,05 (Pesos Ciento cincuenta y cinco millones novecientos catorce mil cuatrocientos cuarenta y cuatro con 05/100)  el Cálculo  de Recursos destinado a atender las Erogaciones a que se  refiere el Artículo N° 1, de acuerdo con la distribución, resumen que se indica  a continuación:

 

 

RENTAS GENERALES

RENTAS ESPECIALES

TOTAL

 

 

 

 

RECURSOS CORRIENTES

     146.310.383,05

     9.104.061,00

  155.414.444,05

JURISDICCION PROPIA

       75.667.883,05

     9.104.061,00

    84.771.944,05

 

 

 

                        -  

TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO

       53.397.073,00

     9.104.061,00

    62.501.134,00

   Tasas y Derechos

       53.340.573,00

     9.104.061,00

    62.444.634,00

   Contribución de Mejoras

              56.500,00

                       -  

           56.500,00

NO TRIBUTARIOS DEL EJERC.

         7.001.310,05

                       -  

      7.001.310,05

TRIBUTARIOS EJERC.ANTER.

       14.509.500,00

                       -  

    14.509.500,00

NO TRIBUTARIOS EJERC.ANTER.

            760.000,00

                       -  

         760.000,00

 

 

 

 

DE OTRAS JURISDICCIONES

       70.642.500,00

                       -  

    70.642.500,00

 

 

 

                        -  

COPARTICIPACION DEL EJERCICIO

       67.842.500,00

                       -  

    67.842.500,00

COPART.EJERC. ANTERIOR

         2.800.000,00

                       -  

      2.800.000,00

 

 

 

 

RECURSOS DE CAPITAL

            500.000,00

                       -  

         500.000,00

REEMBOLSO DE PRESTAMOS

                           -  

                       -  

                        -  

 

 

 

 

VENTA ACTIVO FIJO

            500.000,00

                       -  

         500.000,00

OTROS RECURSOS DE CAPITAL

                           -  

                       -  

                        -  

 

 

 

                        -  

TOTALES

     146.810.383,05

     9.104.061,00

  155.914.444,05

 

 

 

ART.5º) Fíjese en la suma de $  2.127.845,97 (Pesos dos millones ciento veintisiete mil ochocientos cuarenta y cinco con 97/100),  el importe de las Otras Erogaciones que se detallan a  

Continua­ción: 

 

 

RENTAS GENERALES

RENTAS ESPECIALES

TOTAL

 

 

 

 

OTRAS EROGACIONES

 

 

 

EROGACIONES PARA ATENDER LA AMORTIZACION DE DEUDA

     2.127.845,97

                       -  

   2.127.845,97

   Amortización Deuda Pública

                      -  

                       -  

                     -  

   Amortización  Ajuste Deuda Pública

                      -  

                       -  

                     -  

   Amortización Otras Deudas

     2.127.845,97

                       -  

   2.127.845,97

   Amortización Ajuste Otras Deudas

                      -  

                       -  

                     -  

EROGACIONES PARA ATENDER ADELANTOS A PROVEEDORES Y CONTRATISTAS

                       -  

                        -  

                     -  

 

 

 

 

TOTAL OTRAS EROGACIONES

     2.127.845,97

                        -  

   2.127.845,97

 

 

ART. 6°) Como consecuencia de lo establecido en los artículos  prece­dentes estímase el siguiente Balance Preventivo:

 

                                                                                                            TOTAL

               

 I -  TOTAL DE EROGACIONES S/ART. 3° Y 5°                    197.715.081,73

II -  TOTAL DE RECURSOS S/ART.2°                                    155.914.444,05

III - NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO                               41.800.637,68

                                                                                                  

 

ART. 7°) Estímase en la suma de $ 41.800.637,68 (Pesos cuarenta y un millones ochocientos mil seiscientos treinta y siete con 68/100)  el Financiamiento de la Administración Municipal, de acuerdo con la distribu­ción que se indica a continuación:

 

 

RENTAS GENERALES

RENTAS ESPECIALES

TOTAL

 

 

 

 

FINANCIAMIENTO

 

 

 

 

1-APORTES NO REINTEGRABLES

         31.263.701,94

                      -  

  31.263.701,94

  Aportes no reintegrables provenientes del Estado Provincial

           3.600.000,00

                      -  

    3.600.000,00

  Aportes no reintegrables provenientes del Estado Nacional

           7.000.000,00

                      -  

    7.000.000,00

Aportes no reintegrables provenientes del Fondo Federal Solidario

           4.000.000,00

                      -  

    4.000.000,00

Aportes no reintegrables provenientes del Fondo para construcción de Obras Menores y Alquiler de Equipamientos y Rodados

           9.000.000,00

                      -  

    9.000.000,00

Aportes no reintegrables Ejercicios Anteriores provenientes del Fondo para construcción de Obras Menores y Alquiler de Equipamientos y Rodados

           7.663.701,94

 

    7.663.701,94

2-USO DEL CREDITO

         10.478.000,00

                      -  

  10.478.000,00

  Aportes reintegrables provenientes del Estado Provincial o Nacional

           1.115.000,00

                      -  

    1.115.000,00

  Préstamos Bancarios

                             -  

                      -  

                      -  

  Préstamos Gobierno Provincial

           9.363.000,00

                      -  

    9.363.000,00

  Préstamos Gobierno Nacional

                             -  

                      -  

                      -  

3-ADELANTOS OTORGADOS A PROVEEDORES EN EJERCICIOS ANTERIORES

                             -  

 

                      -  

4-REMANENTE EJERCICIOS ANTERIORES

                             -  

         58.935,74

         58.935,74

5-ANTICIPO DE TASAS, DERECHOS Y CONTRIBUC.

                             -  

 

                      -  

TOTAL DE FINANCIAMIENTO

         41.741.701,94

         58.935,74

  41.800.637,68

 

 

 

 

 

 

 

I - NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO                41.800.637,68           

II- TOTAL DE FINANCIAMIENTO                         41.800.637,68

 

 RESULTADO                                              PRESUPUESTO EQUILIBRADO

                                                                       ========================

 

ART. 8º) Manténgase en vigencia los Artículos Nº 6,7 y 8 de la Ordenanza Nº 2089/2012.-

 

ART. 9º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  13 de junio de 2013.

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

 


 

0.0.0/00.00.00.00

TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS 2013

24.538.701,94

 

 

 

0.1.0/00.00.00.00

EROGACIONES CON RENTAS GENERALES

24.538.701,94

 

 

 

0.1.1/00.00.00.00

EROGACIONES CORRIENTES

23.708.701,94

 

 

 

0.1.1/01.00.00.00

PERSONAL

22.513.701,94

 

 

 

0.1.1/01.01.00.00

REMUNERACIONES

18.272.270,00

 

 

 

0.1.1/01.01.01.00

PERSONAL PERMANENTE

7.877.270,00

 

 

 

0.1.1/01.01.01.02

Personal Permanente Administrativo

2.045.000,00

0.1.1/01.01.01.04

Personal Permanente Técnico

294.000,00

0.1.1/01.01.01.05

Personal Permanente Mantenimiento y Produc.

1.632.270,00

0.1.1/01.01.01.06

Personal Permanente Serv. Generales

2.562.000,00

0.1.1/01.01.01.07

Personal Permanente Computación

262.000,00

0.1.1/01.01.01.08

Personal Permanente Salud Pública

1.082.000,00

 

 

 

0.1.1/01.01.02.00

PERSONAL TEMPORARIO

502.000,00

 

 

 

0.1.1/01.01.02.13

Personal de Gabinete

502.000,00

 

 

 

0.1.1/01.01.03.00

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO

3.061.000,00

 

 

 

0.1.1/01.01.03.01

S.A.C. Personal Permanente

2.520.000,00

0.1.1/01.01.03.02

S.A.C. Personal Temporario

102.000,00

0.1.1/01.01.03.03

S.A.C. Personal Salud Pública

439.000,00

 

 

 

0.1.1/01.01.04.00

SALARIO FAMILIAR

78.000,00

 

 

 

0.1.1/01.01.04.01

Salario Familiar Pers. Permanente y Temporario

65.000,00

0.1.1/01.01.04.02

Salario Familiar Pers. Salud Pública

13.000,00

 

 

 

0.1.1/01.01.05.00

SERVICIOS EXTRAORDINARIOS

6.754.000,00

 

 

 

0.1.1/01.01.05.01

Título Personal Perm. y Temporario

328.000,00

0.1.1/01.01.05.02

Antigüedad Personal Perm. y Temporario

1.170.000,00

0.1.1/01.01.05.03

Presentismo Personal Perm. y Temporario

839.000,00

0.1.1/01.01.05.04

Adicionales Personal Perm. y Temporario

1.982.000,00

0.1.1/01.01.05.05

Horas Extras Personal Perm. y Temporario

0,00

0.1.1/01.01.05.06

Título Personal Salud Pública

143.000,00

0.1.1/01.01.05.07

Antigüedad Personal Salud Pública

223.000,00

0.1.1/01.01.05.08

Presentismo Personal Salud Pública

89.000,00

0.1.1/01.01.05.09

Adicionales Personal Salud Pública

387.000,00

0.1.1/01.01.05.10

Horas Extras Personal Salud Pública

0,00

0.1.1/01.01.05.11

Perm. Categoría Personal Permanente y Temporario

70.000,00

0.1.1/01.01.05.12

Perm. Categoría Personal Salud Pública

23.000,00

0.1.1/01.01.05.13

Adicional Ley 2756-Pers. Permanente y Temporario

1.414.000,00

0.1.1/01.01.05.14

Adicional Ley 2756-Pers. Salud Pública

86.000,00

 

 

 

0.1.1/01.02.00.00

ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL

4.241.431,94

 

 

 

0.1.1/01.02.01.00

CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES

3.098.431,94

 

 

 

0.1.1/01.02.01.01

Caja de Jubilaciones Personal Permanente

2.540.431,94

0.1.1/01.02.01.02

Caja de Jubilaciones Personal Temporario

150.000,00

0.1.1/01.02.01.03

Caja de Jubilaciones Personal Salud Pública

408.000,00

 

 

 

0.1.1/01.02.02.00

I.A.P.O.S.

1.143.000,00

 

 

 

0.1.1/01.02.02.01

I.A.P.O.S Personal Permanente

925.000,00

0.1.1/01.02.02.02

I.A.P.O.S Personal Temporario

54.000,00

0.1.1/01.02.02.03

I.A.P.O.S Personal Salud Pública

164.000,00

 

 

 

0.1.1/06.00.00.00

CONCEJO DELIBERANTE

1.115.000,00

 

 

 

0.1.1/06.01.00.00

Dietas Concejales

200.000,00

0.1.1/06.02.00.00

Gastos de Funcionamiento

100.000,00

0.1.1/06.03.00.00

Gastos de Representación

95.000,00

0.1.1/06.04.00.00

Sueldos Personal y Gabinete

530.000,00

0.1.1/06.05.00.00

Aportes Previsionales y Sociales

175.000,00

0.1.1/06.06.00.00

Difusión

0,00

0.1.1/06.07.00.00

Seguros

10.000,00

0.1.1/06.08.00.00

Subsidios y Colaboraciones

5.000,00

 

 

 

 

 

 

0.1.1/03.00.00.00

INTERESES DE LA DEUDA

80.000,00

 

 

 

0.1.1/03.01.00.00

Intereses de la Deuda Pública

0,00

 

 

 

0.1.1/03.02.00.00

INTERESES DE OTRAS DEUDAS

80.000,00

 

 

 

0.1.1/03.02.02.00

Intereses de Otras Deudas

80.000,00

 

 

 

0.1.2/00.00.00.00

EROGACIONES DE CAPITAL

830.000,00

 

 

 

0.1.2/11.00.00.00

AMORTIZACIÓN DE DEUDAS

830.000,00

 

 

 

0.1.2/11.03.00.00

Amortización de Otras Deudas:

830.000,00

 

 

 

0.1.2/11.03.02.00

Amortización Otras Deudas

830.000,00

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO III: DESAGREGACION ART.2º                                                                                

 

 

 

 

 

 

 

0.0.0/00.00.00.00

RENTAS GENERALES (A)

14.560.000,00

 

 

 

0.1.0/00.00.00.00

RECURSOS CORRIENTES

14.560.000,00

 

 

 

0.1.1/00.00.00.00

DE JURISDICCION MUNICIPAL

2.800.000,00

 

 

 

0.1.1/03.00.00.00

TRIBUTARIOS EJERCICIOS ANTERIORES

2.800.000,00

 

 

 

0.1.1/03.01.00.00

TRIBUTARIOS ATRASADOS

2.800.000,00

 

 

 

 

 

 

0.1.1/03.01.02.00

Derecho Reg.e Inspeccion Atrasado

2.800.000,00

 

 

 

 

 

 

 

 

 

0.1.2/00.00.00.00

DE OTRAS JURISDICCIONES

11.760.000,00

 

 

 

0.1.2/01.00.00.00

COPARTICIPACION DEL EJERCICIO

11.760.000,00

 

 

 

0.1.2/01.01.00.00

COPARTICIPACION DEL EJERCICIO

11.760.000,00

 

 

 

0.1.2/01.01.01.00

Participación Impuestos Nac. y Prov.:

6.000.000,00

 

 

 

0.1.2/01.01.01.01

Participación Impuestos Nacionales

2.500.000,00

0.1.2/01.01.01.02

Participación Impuestos Provinciales

3.500.000,00

 

 

 

0.1.2/01.01.03.00

Patente

5.760.000,00

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CALCULO DE RECURSOS-ART.2do.-PROYECTO ORDENANZA (A + B)

14.560.000,00

 

ANEXO IV: DESAGREGACION ART. 5to.                                                                           

 

 

0.0.0/00.00.00.00

RENTAS GENERALES (C)

8.863.701,94

 

 

 

0.3.0/00.00.00.00

FINANCIAMIENTO

8.863.701,94

 

 

 

0.3.1/00.00.00.00

DE JURISDICCION MUNICIPAL

0,00

 

 

 

0.3.1/01.00.00.00

REMANENTE EJERCICIOS ANTERIORES

0,00

 

 

 

0.3.1/02.00.00.00

ADELANTO OTORGADO A PROVEED. EJER.ANT.

0,00

 

 

 

0.3.1/03.00.00.00

ANTICIPO DE TASAS, DERECHOS Y CONTRIB.

0,00

 

 

 

0.3.2/00.00.00.00

DE OTRAS JURISDICCIONES

8.863.701,94

 

 

 

 

 

 

0.3.2/01.00.00.00

APORTES NO REINTEGRABLES

1.200.000,00

 

 

 

0.3.2/01.01.00.00

Contribución Provincial

1.200.000,00

 

 

 

 

 

 

0.3.2/03.00.00.00

APORTES NO REINTEGRABLES EJER. ANTERIORES

7.663.701,94

 

 

 

0.3.2/03.01.00.00

Fondo p/Const. De Obras Menores y adquisición

 

 

de Equipamiento y Rodados Atrasados

7.663.701,94

 

 

 

 

 

 

TOTAL FINANCIAMIENTO S/ART.5to PROYECTO DE ORDENANZA (C+D)

8.863.701,94

TOTAL CALCULO DE RECURSO PRESUPUESTO AÑO 2013(A+B+C+D)

 

 

23.423.701,94

 

 

 

 

 

Expte. Nº 4.816/13.

VISTO:

La Ley Provincial Nº 12.385, sus modificatorias y Decreto reglamentario, y

 

CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se encuentra dentro de las exigencias planteadas por la normativa en vigencia, habiéndose correspondido en la distribución para el año 2013 un fondo total no reintegrable de $ 9.408.618,65.-

Que el Departamento Ejecutivo Municipal considera prioritaria la asignación de una partida de $ 1.903.015,30.- para la ejecución de pavimentación de calles.

Que dicho monto se utilizará para la readecuación de base y carpeta asfáltica de 6 cm de espesor, en las calles Julio A. Roca entre Independencia hasta calle San Luis, Pasaje Cochabamba entre Av. San Diego y Sáenz Peña y Pasaje Chacabuco entre Av. San Diego  y Sáenz Peña.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº  2.128/2013

 

ART.1º) Solicítase al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley 12.385, sus modificatorias y Decreto reglamentario, otorgue a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez un aporte no reintegrable correspondiente a los fondos asignados para el año 2013 y que serán destinados a la readecuación  de base y ejecución de carpetas asfálticas de 6 cm de espesor en las siguientes localizaciones: Julio A. Roca entre Independencia hasta calle San Luis, Pasaje Cochabamba entre Av. San Diego y Saénz Peña y Pasaje Chacabuco entre Av. San Diego y Sáenz Peña.

 

ART.2º) Facúltase al Intendente Municipal a gestionar la suma de $ 1.903.015,30.- (Pesos Un Millón Novecientos Tres Mil Quince con 30/100) para el financiamiento del proyecto referido en el artículo 1º de la presente.

 

ART.3º) Autorízase al Intendente Municipal a realizar las modificaciones presupuestarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  13 de junio de 2013.

 

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci