Decr. 363/12 Sistema de semaforización con luces LED
Expte.Nº 4.337/12.
VISTO:
La Ley nacional de Tránsito Nº 24.449 y sus modificatorias.
La Ley Nº 2756, y
Decr. 362/12 Informe sobre las Guarderias Náuticas
Expte. Nº 4.297/12.
VISTO:
La Ley Nº 2.756, y
Decr. 361/12 Desmalezamiento, limpieza y forestación plazoleta Carlos Fuentealba
Expte.Nº 4.309/12.
VISTO:
La Ley Nº 2756 Art. 39º Incs.14, 52, 62 , Art. 41º Incs. 24 , Ord. Nº 1.965/2011 y
Decr. 360/12 Fiesta de Jineteada en el Parque Regional
Expte. Nº 4.343/12.
VISTO:
El Expediente Administrativo Nº 41.491/12 remitido a este Cuerpo por el Departamento Ejecutivo Municipal.
La Ley 2756, y
Decr. 359/12 Confección de un Protocolo para Denuncias
Expte. Nº 4.310/12.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
La preocupación de numerosos vecinos expresada ante integrantes de este Cuerpo en relación a problemas a la hora de realizar denuncias en las Comisarías de la Ciudad,
La existencia de una Comisión de Apoyo a la Seguridad, creada por Ordenanza Nº1865/2009 , y
Decr. 358/12 Interés que el proyecto Circunvalar Rosario priorice empalme ferroviario Desvío Alvear
Expte. Nº 4.302/12.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
El Proyecto Circunvalar Rosario del Plan Estratégico para el Sistema de Transporte Ferroviario de la Argentina de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Planificación Federal de la Nación, y
Decr. 357/12 Intimar retiro vehículos abandonados en Sold. Aguirre y Liniers
Expte. Nº 4.291/12.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
El reclamo de vecinos; y
Min. 1916/12 Desmalezamiento y limpieza cortadas La Falda y Brasil
Expte.Nº 4.373/12.
VISTO:
La Ley 2756 Art. 39º Incs. 14, 52, 53, 62 ; y Art. 41º Incs. 24 y 26 ; Art. 44º .
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en las Ctdas. La Falda y Brasil comprendidas entre las calles Av. San Diego y Sáenz Peña se encuentran carentes de mantenimiento pudiéndose observar montículos de tierra y escombro sobre las mismas.
Que esto causa inconvenientes en el normal transito de vehículos y puede ocasionar cualquier tipo de accidente.
Que en las arterias mencionadas se observa la presencia de malezas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1916/2012
ART. 1º)El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda estudie la viabilidad de realizar el Saneamiento de Las Ctdas. La Falda y Brasil comprendidas entre la Av. San Diego y calle Sáenz Peña como así también el retiro de los montículos de tierras y escombro existentes en el lugar.
ART.2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de abril de 2.012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Min. 1915/12 Viabilidad mejorar el Servicio Fúnebre municipal
Expte. 4.300/12.
VISTO:
El reclamo de vecinos.
La Ley 2756, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario brindar una mayor calidad al servicio funerario gratuito municipal de Villa Gobernador Gálvez.
Que dentro de las mejoras solicitadas se contemplen una mejor calidad del ataúd y que el traslado a sepultura se realice en coche fúnebre.
Que para los vecinos de escasos recursos se estudie la posibilidad de implementar una sala velatoria.
Que es deber de este Concejo Deliberante contemplar las necesidades de nuestros vecinos, especialmente de los mas desprotegidos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1915/2012
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través del Área que corresponda estudie la viabilidad de:
a) Mejorar la calidad del ataúd que se utiliza para el Servicio Funerario gratuito municipal y que el traslado a sepultura se realice con un coche fúnebre.
b) Disponer de una Sala Velatoria para los vecinos de escasos recursos.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de abril de 2.012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Min. 1914/12 Reposición y limpieza sumidero San Martín y Moreno
Expte.Nº 4.368/12.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, Art. 39º Incs. 14, 52, 53, 62 , Art.41º Incs. 24 y 26 , Art. 44º .
El estado del sumidero ubicado en la intersección de Av. San Martín y Moreno.
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en la intersección de las calles Av. San Martín y Moreno se encuentra un sumidero deteriorado, sin su tapa correspondiente y anegado de basura.
Que dicho sumidero puede ocasionar todo tipo de accidente a los peatones que circulan por el lugar, ya que es una zona muy transitada.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1914/2012
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, estudie la viabilidad de la reposición de la tapa y limpieza del sumidero ubicado en la intersección de las calles Av. San Martín y Moreno.
ART. 2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de abril de 2.012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci