7º Sesión Ordinaria 17 de mayo de 2012
El 17 de mayo, se realizó la 7º sesión de caracter Ordinaria, en Presidencia Norma Haydee Auge, en Secretaria: Daniel Marcucci. Concejales presentes: Susana Mangiaterra, Daniel Cabrera, Claudio Luraghi, Hector Eduardo Lopez, Carlos Dolce, Miguel Angel Monte, Raúl Martinez y Mariano Cabrol.
{slide=Orden del Día}
PUNTO 1º) Lectura del Orden del Día.
PUNTO 2º) DICTAMEN DE COMISION DE GOBIERNO Y EDUCACION, Departamento Ejecutivo Municipal, solicita se declare de Interés Municipal la “Jornada de Actualización en Atención Primaria”. Expte. Nº 4.394/12.
PUNTO 3º) DICTAMEN DE COMISIONES DE: GOBIERNO Y EDUCACIÓN, PRESUPUESTO Y HACIENDA Y OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Ordenanza, solicitando al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, aporte no reintegrable destinado al fresado y repavimentación, y reconstrucción en hormigón armado en diferentes arterias de la ciudad. Expte. Nº 4.399/12
PUNTO 4º) DICTAMEN DE COMISIONES DE: GOBIERNO Y EDUCACIÓN, ACCIÓN SOCIAL Y PLANEAMIENTO Y URBANISMO, Proyecto de Ordenanza, declarando la Emergencia Habitacional en el ámbito de esta Ciudad. Expte. Nº 4.398/12.
PUNTO 5º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal, trabajos de obras públicas en calle José Ingenieros entre calles San Luis y Av. La Rivera. Expte. Nº 4.334/12.
PUNTO 6º) DICTAMEN DE COMISION DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal, distintos trabajos de obras públicas en calle Libertad, Pasaje Casilda y Pasaje Concordia. Expte. Nº 4371/12.
PUNTO 7º) DICTAMEN DE COMISION DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal, arreglo de baches en calle Fornieles y Casilda. Expte. Nº 4.372/12.
PUNTO 8º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando al Departamento Ejecutivo Municipal, estudie la viabilidad de realizar limpieza, mejorado y nivelado de calle José Ingenieros entre Intendente Andreu y Ctda. Victoria. Expte.Nº 4.400/12.
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Ord. 2031/12 Modifica el artículo 5.3.4.1.4 de la Ordenanza 1144/95 (Código Urbano)
Expte. Nº 4.170/11.
VISTO:
La Ordenanza Nº 1.144/95 y sus modificatorias que reglamenta el Código Urbano Municipal.
Que la misma en su Capitulo V, Art. 5.3.4.1.4 establece que toda nueva urbanización deberá estar provista del servicio de agua potable en un todo de acuerdo a las normas que fije la Empresa Aguas Santafesinas. S.A. y
CONSIDERANDO:
Que la Empresa Aguas Santafesinas S.A., actual prestataria del servicio, no está autorizando nuevas ampliaciones de la red de agua potable.
Que en la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez existe un gran déficit habitacional.
Que se están presentando ocupaciones ilegales y asentamientos irregulares en terrenos de propiedad privada y del estado municipal y/o provincial.
Que desde el año 2007 no se realizan nuevos loteos urbanos para vivienda en la ciudad por la negativa de la Empresa Aguas Santafesinas S.A. de otorgar factibilidades y la consiguiente imposibilidad de cumplir con lo requerido por el Código Urbano Municipal.
Que se ha recibido oportunamente un pedido de la Cámara de Empresas Inmobiliarias de Rosario, Delegación de Villa Gobernador Gálvez, solicitando autorización para desarrollar urbanizaciones cumplimentando todos los requisitos que establece el Código Urbano, inclusive con la obra de la red de agua potable de acuerdo a las normas técnicas que fije la empresa prestataria del servicio, dejando supeditada la conexión a la red principal cuando ésta esté en condiciones de suministrar el fluido
Que la no realización de loteos y/o urbanizaciones en la Ciudad tiene un impacto negativo mayor al que pueda tener la no prestación temporaria del servicio de agua potable a los futuros compradores.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2031/2012
ART.1º) Modifícase el Art. 5.3.4.1.4 de la Ordenanza Nº 1.144/95 que reglamenta el Código Urbano Municipal, que quedará redactado de la siguiente manera: “Toda urbanización deberá estar provista del tendido de la red de agua potable de acuerdo a las normas técnicas que fije la Empresa Aguas Santafesinas S.A.
Los propietarios quedan obligados a realizar las obras en un todo de acuerdo a los planos técnicos confeccionados y aprobados por la Empresa Aguas Santafesinas S.A., la que suministrará el fluido en el momento que las condiciones así lo determinen.
ART. 2º) Los señores propietarios y/o Empresas Inmobiliarias dejarán perfectamente aclarado en los boletos de compra venta que el o los compradores deberán realizar el abastecimiento de agua por sistema autónomo hasta que la empresa Aguas Santafesinas S.A. realice la conexión a la red principal.
ART.3º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 10 de mayo de 2012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Ord. 2030/12 Sentido único orientación calle Dorrego entre J.D.Perón e Int. Andréu
Expte. Nº 4.375/12.
VISTO:
La Ley Nº 2.756, Art. 39 Incs. 14 y 38 , y
CONSIDERANDO:
Que la circulación vial en la ciudad es ante todo un sistema y, en tal sentido, debe adecuarse para responder de manera óptima a las necesidades de los vecinos.
Que el aumento del parque automotor, sumado al de las motocicletas, vuelve riesgosas algunas intersecciones, más aún si en ellas el sentido de circulación es doble y la ochava es inexistente, como es el caso de calle Dorrego y Av. Gral. J. D. Perón.
Que es atribución del Concejo Deliberante, tal como se encuentra referido en los Vistos, «dictar Ordenanzas sobre higiene, moralidad, vialidad», así como, en particular, «reglamentar el vuelo mecánico y la vialidad dentro del municipio, fijando normas para el tránsito de vehículos».
Que la calle Dorrego, actualmente de doble mano en el tramo entre Av. Gral. J. D. Perón e Int. Andréu, es una arteria sumamente angosta.
Que a aproximadamente 50 metros existe otra arteria con sentido hacia Gral. J. D. Perón, con lo cuál el tránsito de entrada a dicha Avenida no se vería mayormente entorpecido.
Que sería entonces conveniente definir como sentido único oeste-este al tramo de calle Dorrego desde Av. Gral. J. D. Perón hasta Intendente Andréu, un tramo, por lo demás, de unos 150 metros aproximadamente.
Que se estima conveniente asimismo que la presente modificación en el sentido de circulación del mencionado tramo esté sujeta como prueba piloto a una evaluación de resultado por parte del Departamento Ejecutivo luego de 45 días, el cuál podrá dirigir un informe a este Cuerpo sugiriendo la modificación de la presente.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2030/2012
ART. 1º) Dispónese que a partir de la sanción de la presente Ordenanza calle Dorrego será de sentido único con orientación Oeste-Este (O-E) en el tramo comprendido entre Av. Gral. J. D. Perón e Int. Andréu.
ART. 2º) Instrúyese al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría correspondiente, a la colocación de la señalización a lo establecido en el Artículo precedente.
ART. 3º) El Departamento Ejecutivo Municipal elevará luego de los 45 días de la sanción de la presente a este Cuerpo un informe detallando la evaluación de resultados del presente cambio de sentido en la circulación y sugerirá, si correspondiera, la derogación de la presente Ordenanza.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 10 de mayo de 2012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Ord. 2029/12 Tarifa Servicio Público de Remis
Expte. Nº 4349/12.
VISTO:
El Expediente Nº 4.349/12 de este Concejo Deliberante.
La propuesta remitida por el Departamento Ejecutivo Municipal.
La Ley 2756, y
CONSIDERANDO:
Que el costo de explotación y mantenimiento del servicio se han incrementado.
Que el último incremento de la tarifa data de fecha 8 de julio de 2011.
Que resulta necesario fijar una nueva tarifa que permita a los propietarios continuar brindando el servicio de remises con unidades en óptimo estado para la circulación y principalmente para el traslado de pasajeros.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2029/2012
ART.1º) Fíjase la tarifa única, obligatoria e inamovible del servicio público de automóviles de alquiler modalidad remisses según el estudio realizado por el Departamento Ejecutivo, a saber:
Tarifa 1. Normal: Lunes 0:00 hs a Viernes 22:00 hs, Sábados: 06:00 hs a Sábado 22:00 hs.
Bajada de bandera……………...…..$ 7,50.-
Por cada 100 m……………………..$ 0,38.-
Por cada minuto de espera………...$ 1,14.-. Debiendo ajustarse los mecanismos de los relojes con una tolerancia de 5 (cinco) minutos.
Tarifa 2. Diferencial: Viernes: desde las 22:00 hs a 06:00 del Sábado, Sábados desde las 22:00 hs hasta Lunes 0:00, Feriados las 24 horas.
Bajada de bandera……………...…...$ 8,50.-
Por cada 100 m………………….….$ 0,42.-
Por cada minuto de espera……........$ 1,26.- Debiendo ajustarse los mecanismos de los relojes con una tolerancia de 5 (cinco) minutos.
Texto según Ordenanza 2070/12
Texto anterior
ART.2º) El importe de las tarifas con sus respectivos horarios y la Ordenanza y su fecha de promulgación, se publicarán en el interior de las unidades en un cartel con letra legible; con el fin de informar al usuario sobre lo estipulado.
ART.3º) La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de la cero hora del día siguiente al de su promulgación.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de mayo de 2012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Decr. 370/12 Informe sobre las ocupaciones en distintos lugares de la ciudad
Expte. Nº 4.384/12.
VISTO:
La Ley 2756.
Las ocupaciones y/o usurpaciones que ocurrieron en estos últimos diez días aproximadamente, y
CONSIDERANDO:
Que en estos últimos diez días aproximadamente tuvieron lugar usurpaciones en terrenos de la zona de Soldado Aguirre, Richieri, Nahuel Huapi, José Ingenieros y San Luis y sectores de la Av. Pte. Raúl Alfonsín,
Que los vecinos del lugar han expresado por diversos canales su preocupación y descontento; y han presentado las correspondientes denuncias ante los tribunales.
Que, además algunos Concejales de este Cuerpo se han reunido con aquellos vecinos y han recogido sus preocupaciones sobre el tema.
Que también ha hablado el Intendente y el Secretario de Gobierno por los medios de comunicación aludiendo a las mencionadas ocupaciones y/o usurpaciones.
Que es fundamental contar con información acerca del estado de la negociación, cuáles son las perspectivas de extensión del conflicto y, por último, cuales son las soluciones que se proponen para poner fin a la problemática a fin de evaluar entre todos los actores involucrados la mejor salida del conflicto.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
D E C R E TO Nº 370/2012
ART. 1º) El Concejo Deliberante requiere al Departamento Ejecutivo Municipal un informe sobre las ocupaciones y/o usurpaciones que se efectuaron terrenos de la zona de Soldado Aguirre, Richieri, Nahuel Huapi, José Ingenieros y San Luis y sectores de la Av. Pte. Raúl Alfonsín durante los últimos diez días aproximadamente.
ART.2º) Dado el carácter urgente que demanda la solución del conflicto, el informe requerido en el artículo precedente deberá ser elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal a este Cuerpo en un plazo no superior a los 7 días.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de mayo de 2.012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Min. 1926/12 Colocación contenedores o volquetes en Barrio FONAVI
Expte.Nº 4.385/12.
VISTO:
La Ley Nº 2756.
El reclamo de vecinos del Barrio FONAVI de esta Ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que el Barrio FONAVI de nuestra Ciudad se encuentra habitado por numerosas familias, las cuales en su mayoría contienen en su seno a niños menores de edad.
Que en las calles del barrio se generan reiteradamente micro basurales debido a que los contenedores receptores de residuos son muy escasos, generando estos montículos de basura focos infecciosos que pueden llegar a ser perjudiciales para la salud de los habitantes del lugar y particularmente de los niños.
Que los vecinos están muy preocupados ante esta problemática y solicitan se aumente el número de contenedores o volquetes en las calles del barrio para así controlar y disminuir la generación de micro basurales en la vía publica.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal debe asegurar la debida higiene y salubridad para los vecinos de nuestra ciudad proporcionando los medios necesarios para que esto se lleve a cabo.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1926/12
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a colocar mayor cantidad de contenedores o volquetes en el Barrio FONAVI de nuestra Ciudad a fin de evitar que se generen micro basurales en la vía pública.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 10 de mayo de 2.012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Min. 1925/12 limpieza y mantenimiento Plaza Juan Manuel de Rosas (Buenameson y Ntra Sra de la Paz)
Expte.Nº 4.379/12.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
El reclamo de vecinos que transitan por el lugar, y
CONSIDERANDO:
Que en la Plaza ubicada en la intersección de las calles Buenameson y Nuestra Señora de la Paz prolifera un micro basural.
Que los vecinos del lugar, en especial los niños, no pueden aprovechar este espacio verde debido a que se encuentra cubierto de malezas, estando además los juegos en mal estado.
Que es deber del municipio mantener en buen estado estos espacios para el esparcimiento
de la población.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1925/12
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaria que corresponda, realice tareas de desmalezamiento, limpieza y mantenimiento de juegos y luminarias de la Plaza Juan Manuel de Rosas, sita en la intersección de las calles Buenameson y Nuestra Señora de la Paz.
ART. 2)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 10 de mayo de 2.012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Min. 1924/12 Gestionar personal médico para Centro de Salud de Barrio FONAVI
Expte.Nº 4.386/12.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
El reclamo de vecinos del Barrio FONAVI de Villa Gobernador Gálvez, y
CONSIDERANDO:
Que en el populoso Barrio FONAVI de nuestra Ciudad se ha inaugurado a mediados del año 2011 un nuevo y moderno edificio para el centro de Atención Primaria de Salud que se encuentra ubicado en las calles Mármol y Obligado, y que el mismo cuenta con todas las comodidades estructurales necesarias para brindar diferentes prestaciones de salud.
Que en el mencionado barrio habitan numerosas familias, de las cuáles cuenta la mayoría con integrantes menores de edad.
Que los vecinos del lugar están preocupados ante la escasez de profesionales médicos y enfermeros prestando servicios en dicho Centro de Salud, como así también, muestran preocupación y disconformidad por el horario de atención al público, el cual se limita a prestar atención a los pacientes que concurran solo en el turno mañana, permaneciendo cerrado por la tarde.
Que los vecinos ven necesaria la incorporación al Centro de Salud de diversos especialistas médicos, cuyos cargos son indispensables para cubrir las necesidades en la prestación de servicios de salud del barrio.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal debe asegurar el adecuado acceso de los vecinos de la ciudad al goce de los servicios que brinda el sistema de salud pública, como así también ofrecer una eficiente y rápida respuesta a las necesidades de los mismos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1924/12
ART. 1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las gestiones necesarias para que éste incorpore mayor cantidad de personal médico al Centro de Atención Primaria de Salud del Barrio FO.NA.VI. de nuestra Ciudad, como así también gestionar la extensión del horario de atención al público al turno vespertino
ART. 2) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 10 de mayo de 2.012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Min. 1923/12 Reparación tapa de tormenta ubicada en Colon y Dorrego
Expte.Nº 4.392/12.
VISTO:
La Ley 2756.
El reclamo de los vecinos de la zona, y
CONSIDERANDO:
Que sobre la intersección de las calles Colón y Dorrego existe una boca de tormenta cuya tapa esta rota.
Que esta situación dificulta considerablemente el tránsito de los vehículos, generando además una situación potencial de peligro para quienes por allí transitan, mas aun teniendo en cuenta que la mencionada tapa esta ubicada sobre la vereda.
Que es deber de este Concejo Deliberante velar por el estado de las calles de la ciudad y, en general, por la seguridad de los vecinos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1923/12
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal solicitándole, a través de la Secretaria correspondiente, proceda a la reparación de la tapa de tormenta ubicada en la intersección de las calles Colón y Dorrego.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 10 de mayo de 2.012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Min. 1922/12 Trabajos de Obras Públicas en calle Buenos Aires entre J.Jaures y San Diego
Expte.Nº 4.377/12.
VISTO:
La Ley 2756.
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en calle Buenos Aires, entre calles Jean Jaures y Bv. San Diego, se encuentra sobre el pavimento un bache de importantes dimensiones.
Que dicho estado de deterioro aumenta la posibilidad de que ocurran accidentes.
Que es deber del municipio el cuidado, la reparación y el mantenimiento de las calles de la Ciudad y la prevención de accidentes en la vía publica.
Que, asimismo, en la mencionada intersección se encuentran bocas de tormenta sin la debida protección, ocasionando la obstrucción de las mismas por la acumulación de basura.
Que este Concejo Deliberante brega por un mejoramiento en la calidad de vida de nuestros vecinos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1922/12
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento ejecutivo Municipal para que, a través de la secretearía que corresponda, proceda realizar tareas de reparación y mantenimiento en calle Buenos Aires al 1500, entre calles Jean Jaures y Bv. San Diego, y mantenimiento y reposición de tapas de bocas de tormenta en la mencionada zona.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 10 de mayo de 2.012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci