Ord. 0041/84 Autoriza aumento del boleto empresa Martín Fierro
VISTO:
ORDENANZA Nº 41/84
ART.1º) Autorízase a la Empresa Martín Fierro S.R..a incrementar el precio del boleto, en el sector urbano, de nuestra Ciudad en $ a 4,30 (Cuatro con Treinta Pesos Argentinos), a partir de la "cero" hora del día 13 de abril de 1.984.
ART.2º) Este incremento se aplicará a las Líneas Negra, Verde y Roja, de la Empresa Martín Fierro S.R.L.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 12 de abril de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0042/84 Prorroga el vencimiento de la Moratoria Tributaria
VISTO Y CONSIDERANDO:
ORDENANZA Nº 42/84
ART.1º) Prorrogar hasta el 24 de mayo de 1.984, el vencimiento de la moratoria tributaria, sancionada por Ordenanzas Nº 16/84 y 33/84.
ART.3º) A los fines del acogimiento de la presente prórroga, la actualización de la deuda se hará, aplicando el Art. 3º de la Ordenanza Nº 26/84.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 24 de abril de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0043/84 Construcción red de agua corriente para complejo habitacional
VISTO:
El complejo habitacional a construir por intermedio de la Mutual de Obreros y Empleados Municipales de Villa Gobernador Gálvez, consistente en la construcción de 232 viviendas de acuerdo a la operatoria 0670 del Banco Hipotecario Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que para el otorgamiento del crédito por parte del Banco Hipotecario es necesario entre otras obras, el de contar con agua corriente y acceso pavimentado al complejo y en razón de los altos fines sociales de la obra a realizar.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 43/84
ART.1º) Declárase de Utilidad Pública y la obligatoriedad de su pago a los frentistas de las siguientes obras:
Red de agua corriente calle Intendente Andreu entre Cte. Espora y 20 de Junio.
Pavimento de calle Intendente Andreu entre cte. Espora y 20 de Junio, y prolongaciones sobre el frente de la fracción afectada al complejo habitacional.
ART.2º) La realización de la obra estará sujeta a la aprobación del 70 % de los propietarios o poseedores a título de dueño de las propiedades con frente a la obra. No se computarán para tal cálculo las propiedades fiscales, nacionales y provinciales.
ART.3º) El Estado Nacional, Provincial o Municipal están igualmente obligado al pago en lo que hace a los bienes de su dominio.
ART.4º) La obra de instalación de la red de agua corriente se realizarán por contrato directo entre vecinos y empresa constructora de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 3456/80 y 357/80.
ART.5º) Con respecto a la obra de pavimentación los vecinos frentistas estarán obligados la suma correspondiente al costo de los materiales usar, para la pavimentación de la calle afectada.
ART.6º) La Municipalidad prestará la mano de obra, maquinarias y asistencia técnica para la realización de la obra de pavimento sin cargo para los frentistas.
ART.7º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 24 de abril de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0044/84 Autoriza a colocar una colectora a Mutual Empleados Municipales
VISTO:
ORDENANZA Nº 44/84
ART.1º) Autorízase a la Mutual de Obreros y Empleados Municipales de Villa Gobernador Gálvez, a colocar una colectora por la calle Intendente Andreu o Alvear hasta Cte. Espora hasta el río en forma precaria y hasta tanto se construyan las colectoras correspondientes a la futura red cloacal del Municipio según proyecto confeccionado por el Concejo Federal de Inversiones.
ART.2º) La colocación de la misma estará a cargo exclusivo de la mutual.
ART.3º) La Municipalidad supervisará la instalación de la misma en la que hace al uso de los espacios públicos a los efectos de evitar inconvenientes a los frentistas, como así e lo que hace a la terminación de la obra y reparación de los daños que causaren en sus instalaciones, reposición de veredas y pavimentos.
ART.4º) Eta autorización estará sujeta al cumplimiento por parte de la Mutual de todo lo legislado con respecto al desagote de aguas servidas al río.
ART.5º) Los frentistas por donde pase la colectora no estará al pago de suma alguna que pudiere surgir con respecto a la instalación de la colectora.
ART.6º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 24 de abril de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0045/84 Llamar a Licitación Pública para el uso de los locales del cementerio
VISTO:
ORDENANZA Nº 45/84
ART.1º) Concédase la autorización pertinente a la Municipalidad de esta Ciudad para el llamado a Licitación Pública, para los locales de uso comercial, que se encuentran en el Cementerio "San Lorenzo", de esta Ciudad, el modo tiempo y forma lo establecerá el Departamento Ejecutivo Municipal, de acuerdo a modalidades corrientes.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 24 de abril de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0046/84 Modificación Presupuesto Gral de Gastos 1983 reconducido para 1984
VISTO:
ORDENANZA Nº 46/84
ART.1º) Modifíquese el Presupuesto General de Gastos vigente a la fecha de la siguiente manera:
PARTIDAS QUE SE AUMENTAN
ART.2º) Como consecuencia de lo establecido en el Art. anterior el Presupuesto General de Gastos 1.983, reconducido para 1.984 queda establecido de la siguiente forma:
R.G. R.E. TOTAL
ART.3º)El Cálculo de Recursos destinado a atender las Erogaciones a que se refiere el Art. 2º se mantiene estimado de $ a 11.302.833 (Pesos Argentinos Once Mil Trescientos Dos mil Ochocientos Treinta y Tres) de acuerdo a la distribución que se indique a continuación:
R.G. R.E. TOTAL
ART.4º) Como consecuencia de lo establecido en so Arts. 2º y 3º, se estima el siguiente Balance preventivo:
ART.5º) Estímase en la suma de $ a 4.702.381.- (Pesos Argentinos Cuatro Millones Setecientos Dos Mil Trescientos Ochenta y Uno), el financiamiento de la Administración Municipal de acuerdo con la distribución que se indica a continuación:
R.G. R.E. TOTAL
I NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO 18.618.884
ART.6º) Asígnase el carácter de orden de pago integral anticipada a las autorizaciones del crédito de erogaciones acordadas por la presente Ordenanza.
ART.7º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 28 de abril de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0047/84 Prorroga amnistia propietarios de inmuebles no declarados
VISTO:
ORDENANZA Nº 47/84
ART.1º) Prorróguese el régimen de amnistía según Ordenanza Nº 0018/84 y Decreto Nº 0094/84 desde el 30 de abril de 1.984 al 31 de julio de 1.984 inclusive, para que los propietarios de inmuebles no declarados, presenten los planos de regularización de las edificaciones terminadas.
ART.2º) Cúmplase los Arts. de la Ordenanza Nº 0018/84 , pero con plazo del régimen de amnistía hasta el 31 de julio de 1.984 inclusive y con las siguientes modificaciones del anexo a Ordenanza 0018/84 que constituye el reglamento de empadronamiento de obras construidas sin permiso municipal. Se mantienen los puntos 1, 2º, 3º, 5º y 6º con las aclaraciones que en vez de vencer el 30 de abril, será el 31 de julio de 1.984, inclusive. El punto 4º queda modificado de la siguiente manera: para los demás tipos de construcción (Clasificación D) se aplicará una tasa del 4 %0 (Por Mil) del monto de obra según precios básicos fijados por el Concejo de Ingenieros del mes de abril de 1.984.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 03 de mayo de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0048/84 Prorroga vencimiento Tasa Gral de Inmuebles hasta 15 de mayo
VISTO:
ORDENANZA Nº 48/84
ART.1º) Prorrogar hasta el día 15 de mayo de 1.984 el vencimiento de la Tasa General de Inmuebles (1º Trimestre de 1.984) sancionada por Ordenanza Nº 034/84 y promulgada por Decreto Nº 189/84.
ART.2º) Se establece expresamente que la presente Ordenanza rige a partir del día 2 de mayo de 1.984.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante .
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0049/84 Incrementa en un 20,3% las remuneraciones al personal municipal
VISTO:
CONSIDERANDO:
ORDENANZA Nº 49/84
ART.1º) Increméntese en un 20,3 % las remuneraciones vigentes al 29 de febrero de 1.984 e incorpórese el aumento resultante al sueldo de los agentes municipales.
ART.2º) El gasto que demande la efectivización del aumento a otorgarse estará empañado por los fondos pertinentes del Gobierno Provincial para ser aplicado a tal efecto y en su defecto con fondos de Rentas Generales de acuerdo a capacidad financiera.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Ord. 0050/84 Modifica el Presupuesto de Gastos 1983 reconducido para 1984
VISTO:
ORDENANZA Nº 50/84
ART.1º) Modifíquese el Presupuesto General de Gasto de 1.983 reconducido para 1.984 vigente a la fecha de la siguiente manera:
ART.2º) Como consecuencia de lo establecido en el Art. anterior el Presupuesto de Gastos 1.983, reconducido para 1.984, queda establecido de la siguiente manera:
ART.3º) El Cálculo de Recursos destinados a atender las erogaciones a que se refiere el Art. 2º se mantiene estimado en $ a11.302.833 (Pesos Argentinos Once Millones Trescientos Dos Mil Ochocientos Treinta y Tres), de acuerdo a la distribución que se indica a continuación:
R.G. R.E. TOTAL
ART.4º) Como consecuencia de lo establecido en los Arts. 2º y 3º, se estima el siguiente Balance Preventivo:
I TOTAL DE EROGACIONES S/ART. 2º 31.621.717
ART.5º) Estímase en la suma de $ a 4.702.381 (Pesos Argentinos Cuatro Millones Setecientos Dos Mil Trescientos Ochenta y Uno), el financiamiento de la Administración Municipal de acuerdo con la distribución que se indica a continuación:
ART.6º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 10 de mayo de 1.984.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone