Autor del proyecto: Concejal Martínez.

Proyecto de Decreto, se realicen distintos trabajos de obras publica en la zona catastral N° 12. Exp. 5254/14.

Visto

Ley  Nro. 2.756 artículo 39;

Decreto Nro. 614/14 Situación de los terrenos ubicados en la ochava sudeste de calles Monte Flores y Suipacha;

Minuta de Comunicación Nro. 1.721/10 Trabajos de obras públicas en calle Suipacha al 1.700;

Minuta de Comunicación Nro. 1.582/08 Vecinal Alto Verde Triángulo solicita iluminación y seguridad para la zona;

Situación de las personas que habitan en la zona catastral Nro. 12 y;

Considerando

Que los vecinos de la zona catastral nro. 12 reclaman se realicen obras de zanjeo, mejorado y estabilizado de calles, contenedores de residuos, extensión de la red de agua o la instalación de una bomba de agua, luminarias y la posibilidad de contar con medidores comunitarios de energía eléctrica.

Que en los terrenos ubicados en calle Suipacha entre Buenos Aires e Iriondo se encuentran asentamientos irregulares que carecen de los servicios mínimos habitacionales.

Que las personas que han ocupado dichos terrenos manifiestan su voluntad de adquirir los terrenos.

Que hasta tanto puedan regularizar su situación es necesario que se realicen las obras de zanjeo para permitir el drenaje pluvial y evitar así que las viviendas se inunden.

Que las calles se han abierto en forma precaria, por lo tanto, se hace necesario que se realicen las obras de mejorado y estabilizado.

Que, a su vez, solicitan la extensión de la red de agua o, en su defecto, la instalación de una bomba que suministre este bien.

Que las calles de este barrio en formación carecen de luminarias siendo que las mismas son de gran importancia debido a que la oscuridad aumenta la inseguridad.

Que estos vecinos se comprometen a abonar en tiempo y forma el suministro de energía eléctrica por lo cual solicitan la instalación de medidores comunitarios que les permita salir de la ilegalidad y el riesgo que acarrea las conexiones clandestinas.

Que también requieren se les provea de, al menos, un contenedor de residuos domiciliarios para evitar la proliferación de los microbasurales a cielo abierto y con ello, imposibilitar las probabilidades de contraer enfermedades producto de la falta de higiene, desinfección y propagación de distintas alimañas que se ven favorecidas por las mencionadas condiciones.

Que en la zona viven personas que no tienen las necesidades básicas satisfechas, lo que las obliga a recurrir a distintas instituciones estatales para conseguir alimentos, principalmente, leche para los niños.

Que, en la actualidad, el estado no provee la leche para estos niños argumentando que se han registrado diferentes robos a los proveedores siendo este el motivo por el cual se ha suspendido la provisión.

Que el Departamento Ejecutivo Municipal debe atender a las necesidades de los ciudadanos villagalvences.

Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva, para su tratamiento, el siguiente proyecto de:

DECRETO

Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las obras de zanjeo tendientes a evacuar los terrenos y evitar su ingreso a las viviendas, en la zona catastral Nro. 2.

Artículo 2.-El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la secretaria que corresponda, proceda a la realización de los trabajos de nivelado y mejorado en las calles de este barrio en formación.

 Artículo 3.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda, se instale un contenedor de residuos domiciliarios.

Artículo 4.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las gestiones pertinentes para la colocación de medidores comunitarios de consumo de energía eléctrica en los domicilios de la zona catastral Nro. 12.

 Artículo 5.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las gestiones pertinentes para la extensión de la red de agua potable o, en su defecto, la instalación de una bomba comunitaria.

Artículo 6.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal, un informe sobre la suspensión del abastecimiento de leche a los niños del barrio Alto Verde Triangulo.

 

 

Autor del proyecto: Concejal Martínez. 

Proyecto de Decreto, Obras de bacheo en la zona catastral N° 5. Exp. 5253/14.

Visto

Ley Orgánica de Municipalidades, artículo nro. 39 inciso 30;

Minuta de Comunicación Nro. 1.770/10;

Minuta de Comunicación Nro. 1.713/09 Reparación bache ubicado en Chile y 20 de Junio;

Decreto Nro. 555/13 Reparación del bache ubicado en la intersección de J.M. Estrada y Jujuy;

Decreto Nro. 609/14 Se dé cumplimiento al Decreto N° 555/13;

Expediente Nro. 5.242 aprobado en la sesión ordinaria del día 24/07/14 y;

Considerando

Que en las calles comprendidas dentro de la zona catastral nro. 5 se encuentran baches de diferentes dimensiones siendo algunos de tamaño considerable.

Que atravesarlos puede provocar daños materiales a los  vehículos aumentando el riesgo de siniestralidad vial.

Que la intención de esquivarlos puede ocasionar hechos desafortunados poniendo en riesgo la integridad física de las personas que circulan por la zona.

Que dicha situación se agrava durante los días de lluvia por el pavimento roto, aumentando el riesgo de los peatones a la hora de cruzar la calzada debido a que  los baches se llenan de agua haciendo dificultoso calcular la profundidad de los mismos.

Que los motovehículos y bicicletas corren el mismo riesgo que los peatones agravándose por la velocidad superior que desarrollan.

Que los baches de mayor importancia se encuentran en la intersección de las calles Jujuy y Estrada –el cual ya ha sido objeto de decretos anteriores-, Chile al 2200 casi intersección con calle Estrada, Chile casi Comandante Espora y esta ultima en su intersección con calle Saavedra.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad, para brindar una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.

Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:

DECRETO

Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las obras de bacheo en las arterias ubicadas dentro de la zona catastral Nro. 5 priorizando los ubicados en:

ü                  Chile casi intersección con Estrada

ü                  Chile casi intersección con calle Comandante Espora

ü                  Comandante Espora y Saavedra.

 

Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito.

Proyecto de Decreto, se proceda a realizar un relevamiento de aquella especies arborea que por su deterioro presenten peligro de inminente caida. Exp. 5252/14.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades Nº2756

El estado de deterioro que presentan determinadas especies arbóreas, dispuestas en diferentes sectores de la ciudad; y

CONSIDERANDO:

            Que se pueden ver tanto en diferentes espacios verdes como en la vía pública, determinados ejemplares de árboles que por su estado, tamaño y edad, presentan un inminente riesgo de caída. Situación que se puede acelerar, ante la presencia de tormentas o fuertes vientos.

            Que por la ubicación de las especies, ya sea sobre veredas, plazas o boulevares; se tornan una amenaza para los peatones y para los vehículos que transitan por el lugar.

            Que a simple vista, se presentan múltiples situaciones, como: ahuecamiento de las base o de ramas de gran magnitud, procesos de desecado de algunas zonas o ramas, presencia de hongos y demás características, que manifiestan un avanzado estado de deterioro de estos árboles.

            Que la Municipalidad cuenta con un vivero propio ,que facilita la inmediata reposición de aquellas especies que ineludiblemente, necesiten ser removidas por presentar, un peligro inminente de caída.

Por todo lo expuesto anteriormente el Bloque Partido Vecinal Independiente eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de;

                                                                   DECRETO:

Artículo 1º)Se solicita al Departamento Ejecutivo, para que a través de la Secretaría que corresponda, proceda a  realizar un relevamiento en toda la ciudad, de aquellas especies arbóreas que por su condición de deterioro, ahuecamiento o descomposición, presenten un peligro inminente de caída.

Artículo 2º)Según los resultados de dicho relevamiento, se realicen tareas de escamonda o, si fuese necesario, realizar los trámites correspondientes para la remoción de la especie y su inmediata reposición.

Artículo 3º) En caso de que estas tareas no puedan realizarse de manera simultánea, se solicita que se disponga de un vallado que inhabilite la zona de peligro, para el paso peatonal, hasta tanto se resuelva la dificultad.

 

 

 

Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito. 

Proyecto de Decreto, autorizar al Dep. Ejecutivo a la implementacion del Sitema de vallado de contencion para ser emplazados en las vereda de los establecimientos escolares. Exp. 5251/14.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756

La necesidad contar con mayores herramientas que tiendan a proteger y asegurar el ordenado egreso de los niños a la salida de los colegios; y

CONSIDERANDO:

            Que es deber del Poder Ejecutivo Municipal velar por la calidad de vida de su sus habitantes.-

            Que unas de las herramientas más utilizadas para evitar el contacto directo de los niños hacia la calle, son las vallas de contención, que se ubican frente al perímetro que abarca la entrada a los establecimientos escolares, en el límite entre la vereda y la calzada. -

            Que según datos proporcionados por la Agencia provincial de Seguridad vial , la implementación de los sistemas de vallado de contención, colocados frente a los colegios, han demostrado una disminución de accidentes de tránsito que involucran a niños y vehículos.-

            Que en la actualidad, no todas las escuelas de la ciudad cuentan con dicho sistema, por lo que resulta necesario, que el estado municipal se aboque a la tarea de garantizar vallados de contención en todos los establecimientos escolares.-

DECRETO

Artículo 1º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través del trabajo coordinado de las Secretarías que correspondan, lleven adelante las gestiones necesarias para que, a la brevedad, se garantice la fabricación y colocación de sistemas de vallado de contención, a ser emplazados en las veredas de los establecimientos escolares de la ciudad que todavía no cuenten con dicha herramienta de protección para sus alumnos.-

Artículo 2º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, a recibir donaciones de Instituciones Empresariales y celebrar convenios de colaboración y participación provinciales y/o nacionales.-

 

Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito.

Proyecto de Decreto, reparación y mantenimiento de calle Lisandro de la Torre entre Av. San Martín y Tucumán. Exp. 5250/14.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, Art. 39º, Incs. 14, 24, 29,62, Art. 41º,  Incs. 24 y 26, Art. 44º.-

El estado de la capa asfáltica de calle Lisandro de la Torre entre Av. San Martín y calle Tucumán, el reclamo de vecinos que viven o transitan por el lugar, y

CONSIDERANDO:

Que sobre la calle Lisandro de la Torre entre Av. San Martín y calle Tucumán la calzada se encuentra totalmente destruida por la formación de un bache de dimensiones importantes obstaculizando el tránsito y provocando peligro para los vehículos, motos y bicicletas que transitan por ella.

Que en el bache se acumula agua servida impidiendo a los conductores prever la profundidad del mismo.

Que los vehículos al pasar obligadamente pisan los baches con agua servida salpicando a los vecinos que caminan por las veredas y a las casas de los mismos.

Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.

Por todo lo expuesto anteriormente el Bloque Partido Vecinal Independiente eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de ;

                                                                DECRETO:

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene la reparación y mantenimiento de calle Lisandro de la Torre entre Av. San Martín y calle Tucumán.-

 

Autora del proyecto: Concejal María C. Murabito.

Proyecto de Decreto, se informe sobre la gestiones ante los gobiernos provincial y/o nacional por la construcción del Inst.. Sup. Terciario N° 24 “Heroes de Malvinas”. Exp. 5249/14.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756

Expte. 5105/14

Ordenanza 2197/14

CONSIDERANDO:

Que en el mes de Mayo del año 2014 este cuerpo deliberativo aprobó por unanimidad la Ordenanza 2197/14 derogando la Ordenanza 1897/09, y estableciendo la cesión a título gratuito  el terreno para la construcción del Instituto Superior Terciario Nº24 “Héroes de Malvinas”.-

Que resulta de gran importancia conocer por parte de este cuerpo deliberativo las siguientes operaciones, procedimientos y acciones que el Poder Ejecutivo Municipal se encuentre gestionando y/o tramitando ante autoridades provinciales y/o nacionales que efectivicen la concreción de la construcción del Único Instituto Superior Terciario de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez.-

Que es sumamente fundamental reducir los tiempos de construcción y /o edificación del establecimiento que actualmente cuenta con más de 1100 alumnos de nuestra ciudad y localidades aledañas, quienes realizan sus actividades en condiciones precarias y deficientes que alteran el normal curso de aprendizaje.-

Que es deber del Poder Ejecutivo Municipal promulgar las ordenanza sancionadas por el Concejo y proveer a su ejecución por medio de los empleados a sus órdenes, dictando las disposiciones reglamentarias del caso. -

            Que el artículo 41º de la Ley 2756 establece la obligación del municipio a suministrar verbalmente, o por escrito, por sí o por medio de los secretarios, los informes que le pueda requerir el Concejo. -

            Que  la educación es un derecho humano fundamental, por lo tanto para su realización se requiere de la garantía y responsabilidad del estado, de la sociedad y de la familia.-

Por todo lo expuesto anteriormente, el Bloque Partido Vecinal Independiente eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de;

                                                                        DECRETO:

Artículo 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, en un tiempo no mayor a 20 días de haber aprobado el siguiente decreto, eleve a este cuerpo un informe sobre el estado, procedimientos, operaciones y acciones que se realizaron hasta la fecha, ante el gobierno Provincial y/o Nacional que efectivicen la concreción de la construcción del Instituto Superior Terciario Nº 24 “Héroes de Malvinas”, sobre el terreno citado en la Ordenanza 2197/14.-

 

Martes, 29 Julio 2014 05:00

Proyectos del Departamento Ejecutivo

Estos son los proyectos presentados por el Departamento Ejecutivo.

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

El Departamento Ejecutivo eleva Proyecto de Ordenanza usucapión lotes sección 15 – manzana 70A y sección 13 – manzana 31-E. Exp. 5248/14.

El Departamento Ejecutivo remite veto parcial de la Ordenanza 2218/14. Exp. 5255/14.

Estos son los proyectos presentados por el bloque UCR (Unión Cívica Radical) Frente Progresista, Cívico y Social.

BLOQUE U.C.R. FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL

Autor de los proyectos: Concejal Martínez.

OBRAS DE BACHEO EN LA ZONA CATASTRAL NRO. 5.

Proyecto de Decreto, Obras de bacheo en la zona catastral N° 5. Exp. 5253/14.

Visto

Ley Orgánica de Municipalidades, artículo nro. 39 inciso 30;

Minuta de Comunicación Nro. 1.770/10;

Minuta de Comunicación Nro. 1.713/09 Reparación bache ubicado en Chile y 20 de Junio;

Decreto Nro. 555/13 Reparación del bache ubicado en la intersección de J.M. Estrada y Jujuy;

Decreto Nro. 609/14 Se dé cumplimiento al Decreto N° 555/13;

Expediente Nro. 5.242 aprobado en la sesión ordinaria del día 24/07/14 y;

Considerando

Que en las calles comprendidas dentro de la zona catastral nro. 5 se encuentran baches de diferentes dimensiones siendo algunos de tamaño considerable.

Que atravesarlos puede provocar daños materiales a los  vehículos aumentando el riesgo de siniestralidad vial.

Que la intención de esquivarlos puede ocasionar hechos desafortunados poniendo en riesgo la integridad física de las personas que circulan por la zona.

Que dicha situación se agrava durante los días de lluvia por el pavimento roto, aumentando el riesgo de los peatones a la hora de cruzar la calzada debido a que  los baches se llenan de agua haciendo dificultoso calcular la profundidad de los mismos.

Que los motovehículos y bicicletas corren el mismo riesgo que los peatones agravándose por la velocidad superior que desarrollan.

Que los baches de mayor importancia se encuentran en la intersección de las calles Jujuy y Estrada –el cual ya ha sido objeto de decretos anteriores-, Chile al 2200 casi intersección con calle Estrada, Chile casi Comandante Espora y esta ultima en su intersección con calle Saavedra.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad, para brindar una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.

Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:

DECRETO

Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las obras de bacheo en las arterias ubicadas dentro de la zona catastral Nro. 5 priorizando los ubicados en:

ü                  Chile casi intersección con Estrada

ü                  Chile casi intersección con calle Comandante Espora

ü                  Comandante Espora y Saavedra.

distintos trabajos de obras públicas en la zona catastral Nro. 12

Proyecto de Decreto, se realicen distintos trabajos de obras publica en la zona catastral N° 12. Exp. 5254/14.

Visto

Ley  Nro. 2.756 artículo 39;

Decreto Nro. 614/14 Situación de los terrenos ubicados en la ochava sudeste de calles Monte Flores y Suipacha;

Minuta de Comunicación Nro. 1.721/10 Trabajos de obras públicas en calle Suipacha al 1.700;

Minuta de Comunicación Nro. 1.582/08 Vecinal Alto Verde Triángulo solicita iluminación y seguridad para la zona;

Situación de las personas que habitan en la zona catastral Nro. 12 y;

Considerando

Que los vecinos de la zona catastral nro. 12 reclaman se realicen obras de zanjeo, mejorado y estabilizado de calles, contenedores de residuos, extensión de la red de agua o la instalación de una bomba de agua, luminarias y la posibilidad de contar con medidores comunitarios de energía eléctrica.

Que en los terrenos ubicados en calle Suipacha entre Buenos Aires e Iriondo se encuentran asentamientos irregulares que carecen de los servicios mínimos habitacionales.

Que las personas que han ocupado dichos terrenos manifiestan su voluntad de adquirir los terrenos.

Que hasta tanto puedan regularizar su situación es necesario que se realicen las obras de zanjeo para permitir el drenaje pluvial y evitar así que las viviendas se inunden.

Que las calles se han abierto en forma precaria, por lo tanto, se hace necesario que se realicen las obras de mejorado y estabilizado.

Que, a su vez, solicitan la extensión de la red de agua o, en su defecto, la instalación de una bomba que suministre este bien.

Que las calles de este barrio en formación carecen de luminarias siendo que las mismas son de gran importancia debido a que la oscuridad aumenta la inseguridad.

Que estos vecinos se comprometen a abonar en tiempo y forma el suministro de energía eléctrica por lo cual solicitan la instalación de medidores comunitarios que les permita salir de la ilegalidad y el riesgo que acarrea las conexiones clandestinas.

Que también requieren se les provea de, al menos, un contenedor de residuos domiciliarios para evitar la proliferación de los microbasurales a cielo abierto y con ello, imposibilitar las probabilidades de contraer enfermedades producto de la falta de higiene, desinfección y propagación de distintas alimañas que se ven favorecidas por las mencionadas condiciones.

Que en la zona viven personas que no tienen las necesidades básicas satisfechas, lo que las obliga a recurrir a distintas instituciones estatales para conseguir alimentos, principalmente, leche para los niños.

Que, en la actualidad, el estado no provee la leche para estos niños argumentando que se han registrado diferentes robos a los proveedores siendo este el motivo por el cual se ha suspendido la provisión.

Que el Departamento Ejecutivo Municipal debe atender a las necesidades de los ciudadanos villagalvences.

Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva, para su tratamiento, el siguiente proyecto de:

DECRETO

Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las obras de zanjeo tendientes a evacuar los terrenos y evitar su ingreso a las viviendas, en la zona catastral Nro. 2.

Artículo 2.-El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la secretaria que corresponda, proceda a la realización de los trabajos de nivelado y mejorado en las calles de este barrio en formación.

 Artículo 3.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda, se instale un contenedor de residuos domiciliarios.

Artículo 4.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las gestiones pertinentes para la colocación de medidores comunitarios de consumo de energía eléctrica en los domicilios de la zona catastral Nro. 12.

 Artículo 5.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las gestiones pertinentes para la extensión de la red de agua potable o, en su defecto, la instalación de una bomba comunitaria.

Artículo 6.- Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal, un informe sobre la suspensión del abastecimiento de leche a los niños del barrio Alto Verde Triangulo.

Estos son los proyectos presentados por el bloque Partido Vecinal Independiente.

BLOQUE PARTIDO VECINAL INDEPENDIENTE

 Autora de los proyectos: Concejal María C. Murabito.

INFORME SOBRE GESTIONES ANTE GOBIERNOS PROVINCIAL Y/O NACIONAL PARA LA CONSTRUCCION DEL INST. SUP. TERCIARIO N° 24

Proyecto de Decreto, se informe sobre la gestiones ante los gobiernos provincial y/o nacional por la construcción del Inst.. Sup. Terciario N° 24 “Heroes de Malvinas”. Exp. 5249/14.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756

Expte. 5105/14

Ordenanza 2197/14

CONSIDERANDO:

Que en el mes de Mayo del año 2014 este cuerpo deliberativo aprobó por unanimidad la Ordenanza 2197/14 derogando la Ordenanza 1897/09, y estableciendo la cesión a título gratuito  el terreno para la construcción del Instituto Superior Terciario Nº24 “Héroes de Malvinas”.-

Que resulta de gran importancia conocer por parte de este cuerpo deliberativo las siguientes operaciones, procedimientos y acciones que el Poder Ejecutivo Municipal se encuentre gestionando y/o tramitando ante autoridades provinciales y/o nacionales que efectivicen la concreción de la construcción del Único Instituto Superior Terciario de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez.-

Que es sumamente fundamental reducir los tiempos de construcción y /o edificación del establecimiento que actualmente cuenta con más de 1100 alumnos de nuestra ciudad y localidades aledañas, quienes realizan sus actividades en condiciones precarias y deficientes que alteran el normal curso de aprendizaje.-

Que es deber del Poder Ejecutivo Municipal promulgar las ordenanza sancionadas por el Concejo y proveer a su ejecución por medio de los empleados a sus órdenes, dictando las disposiciones reglamentarias del caso. -

            Que el artículo 41º de la Ley 2756 establece la obligación del municipio a suministrar verbalmente, o por escrito, por sí o por medio de los secretarios, los informes que le pueda requerir el Concejo. -

            Que  la educación es un derecho humano fundamental, por lo tanto para su realización se requiere de la garantía y responsabilidad del estado, de la sociedad y de la familia.-

Por todo lo expuesto anteriormente, el Bloque Partido Vecinal Independiente eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de;

                                                                        DECRETO:

Artículo 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, en un tiempo no mayor a 20 días de haber aprobado el siguiente decreto, eleve a este cuerpo un informe sobre el estado, procedimientos, operaciones y acciones que se realizaron hasta la fecha, ante el gobierno Provincial y/o Nacional que efectivicen la concreción de la construcción del Instituto Superior Terciario Nº 24 “Héroes de Malvinas”, sobre el terreno citado en la Ordenanza 2197/14.-

REPARACION Y MANTENIMIENTO LISANDRO DE LA TORRE ENTRE SAN MARTIN Y TUCUMAN

Proyecto de Decreto, reparación y mantenimiento de calle Lisandro de la Torre entre Av. San Martín y Tucumán. Exp. 5250/14.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, Art. 39º, Incs. 14, 24, 29,62, Art. 41º,  Incs. 24 y 26, Art. 44º.-

El estado de la capa asfáltica de calle Lisandro de la Torre entre Av. San Martín y calle Tucumán, el reclamo de vecinos que viven o transitan por el lugar, y

CONSIDERANDO:

Que sobre la calle Lisandro de la Torre entre Av. San Martín y calle Tucumán la calzada se encuentra totalmente destruida por la formación de un bache de dimensiones importantes obstaculizando el tránsito y provocando peligro para los vehículos, motos y bicicletas que transitan por ella.

Que en el bache se acumula agua servida impidiendo a los conductores prever la profundidad del mismo.

Que los vehículos al pasar obligadamente pisan los baches con agua servida salpicando a los vecinos que caminan por las veredas y a las casas de los mismos.

Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.

Por todo lo expuesto anteriormente el Bloque Partido Vecinal Independiente eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de ;

                                                                DECRETO:

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene la reparación y mantenimiento de calle Lisandro de la Torre entre Av. San Martín y calle Tucumán.-

AUTORIZAR AL DEP. EJECUTIVO A IMPLEMENTAR SISTEMA DE VALLADO DE CONTENCION EN LAS VEREDAS DE LOS ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES

Proyecto de Decreto, autorizar al Dep. Ejecutivo a la implementacion del Sitema de vallado de contencion para ser emplazados en las vereda de los establecimientos escolares. Exp. 5251/14.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756

La necesidad contar con mayores herramientas que tiendan a proteger y asegurar el ordenado egreso de los niños a la salida de los colegios; y

CONSIDERANDO:

            Que es deber del Poder Ejecutivo Municipal velar por la calidad de vida de su sus habitantes.-

            Que unas de las herramientas más utilizadas para evitar el contacto directo de los niños hacia la calle, son las vallas de contención, que se ubican frente al perímetro que abarca la entrada a los establecimientos escolares, en el límite entre la vereda y la calzada. -

            Que según datos proporcionados por la Agencia provincial de Seguridad vial , la implementación de los sistemas de vallado de contención, colocados frente a los colegios, han demostrado una disminución de accidentes de tránsito que involucran a niños y vehículos.-

            Que en la actualidad, no todas las escuelas de la ciudad cuentan con dicho sistema, por lo que resulta necesario, que el estado municipal se aboque a la tarea de garantizar vallados de contención en todos los establecimientos escolares.-

DECRETO

Artículo 1º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través del trabajo coordinado de las Secretarías que correspondan, lleven adelante las gestiones necesarias para que, a la brevedad, se garantice la fabricación y colocación de sistemas de vallado de contención, a ser emplazados en las veredas de los establecimientos escolares de la ciudad que todavía no cuenten con dicha herramienta de protección para sus alumnos.-

Artículo 2º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, a recibir donaciones de Instituciones Empresariales y celebrar convenios de colaboración y participación provinciales y/o nacionales.-

RELEVAMIENTO DE LAS ESPECIES ARBOREAS CON INMINENTE PELIGRO DE CAIDA

Proyecto de Decreto, se proceda a realizar un relevamiento de aquella especies arborea que por su deterioro presenten peligro de inminente caida. Exp. 5252/14.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades Nº2756

El estado de deterioro que presentan determinadas especies arbóreas, dispuestas en diferentes sectores de la ciudad; y

CONSIDERANDO:

            Que se pueden ver tanto en diferentes espacios verdes como en la vía pública, determinados ejemplares de árboles que por su estado, tamaño y edad, presentan un inminente riesgo de caída. Situación que se puede acelerar, ante la presencia de tormentas o fuertes vientos.

            Que por la ubicación de las especies, ya sea sobre veredas, plazas o boulevares; se tornan una amenaza para los peatones y para los vehículos que transitan por el lugar.

            Que a simple vista, se presentan múltiples situaciones, como: ahuecamiento de las base o de ramas de gran magnitud, procesos de desecado de algunas zonas o ramas, presencia de hongos y demás características, que manifiestan un avanzado estado de deterioro de estos árboles.

            Que la Municipalidad cuenta con un vivero propio ,que facilita la inmediata reposición de aquellas especies que ineludiblemente, necesiten ser removidas por presentar, un peligro inminente de caída.

Por todo lo expuesto anteriormente el Bloque Partido Vecinal Independiente eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de;

                                                                   DECRETO:

Artículo 1º)Se solicita al Departamento Ejecutivo, para que a través de la Secretaría que corresponda, proceda a  realizar un relevamiento en toda la ciudad, de aquellas especies arbóreas que por su condición de deterioro, ahuecamiento o descomposición, presenten un peligro inminente de caída.

Artículo 2º)Según los resultados de dicho relevamiento, se realicen tareas de escamonda o, si fuese necesario, realizar los trámites correspondientes para la remoción de la especie y su inmediata reposición.

Artículo 3º) En caso de que estas tareas no puedan realizarse de manera simultánea, se solicita que se disponga de un vallado que inhabilite la zona de peligro, para el paso peatonal, hasta tanto se resuelva la dificultad.

Sábado, 26 Julio 2014 04:00

15º Sesion Ordinaria 24 de julio 2014

015

 

  

 

 

El 24 de julio, se realizó la 15º Sesion Ordinaria, en Presidencia Jorge Andrés Murabito, en Secretaria: Roberto Leiva. Concejales presentes:  Daniel Cabrera,  Mariano Cabrol, Carlos Dolce, Raul Larrosa,  Raul Martínez, Susana Mangiaterra, Maria Carmen Murabito y Diego Garavano.  

 

{slider=Orden del Día} 

PUNTO 1º) Lectura del Orden del Día.

PUNTO 2º)DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN,  Proyecto de Declaración, declarando de Interés Municipal el “Foro Biociudades Villa Gdor. Gálvez”. Expte. Nº 5.238/14.

PUNTO 3º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Declaración, rechazando el aumento de tarifa de agua potable. Expte. Nº 5.244/14.

PUNTO 4º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Ordenanza, priorizando a  hijos/as de ex combatientes de Malvinas para cubrir las próximas incorporaciones en la Administración Pública Municipal y se eximan de la TGI a los ex soldados. Expte. Nº 5.098/14.

PUNTO 5º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS, Proyecto de Minuta de Comunicación,  se instalen reductores de velocidad en calle San Nicolás entre Av. Soldado Aguirre y Bordabehere. Expte. Nº 5.237/14.

PUNTO 6º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, se repare la tapa del alcantarillado ubicado en la intersección de las calles 17 de Octubre y Dorrego. Expte. Nº 5.239/14.

PUNTO 7º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto, diferentes trabajos de obras públicas en Barrio Ghiglione. Exptes. Nº 5.241 y 5.227/14.

PUNTO 8º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD,  Proyecto de Decreto, se dé cumplimiento al Decreto Nº 555/2013. Expte. Nº 5.242/14.

PUNTO 9º)  DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Decreto,  construcción de cordón cuneta y estabilizado en los Pasajes A, B y C. Expte. Nº 5.243/14.

PUNTO 10º)  DICTAMEN DE COMISIONES DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, SERVICIOS PÚBLICOS Y ECOLOGÍA Y MEDIO AMBIENTE, Proyecto de Decreto, trabajos de bacheo, poda y escamonda en calle Opicci entre Bv. San Diego y Sáenz Peña. Expte. Nº 5.236/14.

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