CONSIDERANDO:
Que habiéndose producido un error en el Art. 1º de la Ordenanza Nº 1.775/08 se modifica su redacción para la correcta implementación de la misma.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1779/2008
ART.1º) Modifíquese el Art.1º de la Ordenanza Nº 1.775/08 , el que quedará redactado de la siguiente manera: ART.1º Facúltese a la autoridad de aplicación a sustituir el cobro de la multa aplicable a la infracción correspondiente a circular en moto sin casco (Código de Faltas Municipal Ordenanza Nº 490 Art.149º Circulación Peligrosas Inc. 149-6) , por la acreditación de la compra de un casco protector, debiendo presentar factura a nombre del titular, con fecha posterior a la infracción y siendo aplicable esta excepción, por única vez.
ART.2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 10 de julio de 2.008.
Presidente: Roberto Richetti A/C Secretaria: Mario Correale