Expte. 4.590/12.
VISTO:
Las intensas lluvias y tormentas de viento que asolaron nuestra región, y
CONSIDERANDO:
Que el fenómeno climático mencionado en los vistos produjo numerosos daños en viviendas y anegamientos de calles, con el consecuente deterioro de estas y la necesidad de evacuar a las familias que sufrieron los efectos de las tormentas aludidas, y que tornaron inhabitables temporalmente sus fincas.
Que se ha verificado, a raíz de esta problemática, la destrucción de los bacheos realizados en distintos sectores de nuestra ciudad y agrietamiento de arterias de fluida circulación, con el evidente resultado negativo para la seguridad vial al que se exponen quienes se desplazan en vehículos.
Que la incidencia negativa apuntada se extiende además a los usuarios del transporte urbano de colectivos, taxis y remisss y a sus prestadores, pues el deterioro y/o anegamiento de las calles imposibilita el ingreso de tales servicios a vastas zonas de la ciudad, exponiendo a los ciudadanos a recorrer extensos trayectos para acceder a los mismos, soportando inclemencias climáticas y riesgos a su integridad.
Que las Secciones en que se han registrado los mas importantes daños son la 11º, 12º, 13º, 15º, 19º y 20º , y sobre la ribera del Río Paraná las Secciones 2º 3º.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2079/2012
ART.1º) Declárase en Emergencia la infraestructura y transitabilidad de la red vial de
ART.2º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir convenios con los Superiores Gobiernos de
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 8 de noviembre de 2012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci