08 Junio 2025
Jueves, 05 Junio 2014 15:29

Decl. 292/14 Declara al mes de junio como mes de la “Seguridad Vial”

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Expte. Nº 5.189/14.

VISTO:

La Ley 2756 Art.39º.

La Resolución Nº 64/255 de la Asamblea General de las Naciones Unidas Mejoramiento de la Seguridad Vial en el mundo.

La Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449.

Ley Provincial de Tránsito Nº 11.583.

La Ordenanza Nº 1784/08 se crea la Comisión de Educación Vial.

La Declaración Nº 256/13 Interés Municipal Día de la Seguridad Vial, y

 

CONSIDERANDO:

Que el 10 de junio se conmemora el día de la seguridad vial y que el mismo debe ser recordado.

Que el año próximo pasado este Cuerpo aprobó la Declaración Nº 256/13 Interés Municipal Día de la Seguridad Vial.

Que a nivel mundial, los siniestros viales constituyen una de las principales causas de muerte, fundamentalmente en jóvenes entre 15 y 30 años de edad.

Que la Asamblea General de las Naciones Unidas ha incluido a nuestro país dentro del Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial 2011-2020.

Que la seguridad vial busca reducir los siniestros de tránsito y con ello, sus consecuencias, por ello este Cuerpo considera que es necesario trabajar para mejorar las situaciones de transitabilidad y comprometernos con la vida.

Que de continuar con los índices de mortalidad por accidentes de tránsito sin adoptar medidas tendientes a estabilizar y posteriormente a reducir la cantidad de víctimas en accidentes de tránsito, la cantidad de fallecidos en estos eventos pasarán de 1,3 millones a 2,4 millones por año.

Que según la Resolución Nº 64/255 de las Naciones Unidas se considera importante que los usuarios de la vía pública respeten las leyes, para ello proponen el control y la educación para la Seguridad Vial, lo que conllevaría a la concreción del objetivo principal de este plan que es la reducción de los accidentes de tránsito.

Que, anualmente, las personas que sufren lesiones importantes, en su mayoría con secuelas de incapacidad permanentes, alcanzan a los 50 millones.

Que la no utilización de cinturones de seguridad o casco-en el caso de las motociclistas-, la no utilización de los sistemas de retención infantil, la conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas, la velocidad excesiva, entre otros constituyen los principales factores de riesgo. La mayoría se corresponden a conductas imprudentes de los usuarios de la vía pública para lo cual la educación vial sería un importante pilar para la concientización de la población en cuanto a seguridad vial.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba la siguiente:

 

DECLARACION Nº 292/2014.

 

ART.1º) El Concejo Deliberante declara el mes de junio como el mes de la Seguridad Vial.

 

ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar una campaña en Seguridad Vial durante el mes de junio en distintos sectores de la ciudad.

 

ART.3) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que, a través de la Secretaría que corresponda, solicite la participación de las distintas instituciones y empresas de la ciudad para poder llevar a cabo la campaña mencionada en el artículo precedente.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 5 de junio de 2014

 

 

 

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

 

 

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