Expte. Nº 5.328/14.
VISTO:
La Ley 2756.
El Código Tributario Municipal, Ord. Nº1.415/99y Ordenanzas complementarias.
La Ordenanza Nº2094/12.
La Ordenanza Nº2.104/13prórroga Ord.2094/12, y 2130/13, y
CONSIDERANDO:
Que existen en la actualidad mejoras edilicias no declaradas en terrenos de la ciudad, las cuales en su mayoría corresponden a viviendas familiares, locales comerciales y talleres de pequeña y mediana dimensión.
Que existe una masiva respuesta y aceptación por parte de los contribuyentes de la ciudad respecto a regularizar su situación ante el municipio.
Que debido a la cantidad de pedidos efectuados por aquellos contribuyentes que por diferentes razones no han podido cumplimentar la presentación de planos, según lo establecido por la Ordenanza Nº2.094/12 y su prórroga, Ordenanza Nº2.130/13, resulta necesario establecer la vigencia del Régimen de presentación espontanea de planos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.241/2014
ART.1º) Modifíquese el Art.3º de la Ordenanza 2130/13 el que quedará redactado de la siguiente manera: Establézcase la vigencia del régimen de presentación espontánea de planos” en un todo de acuerdo con la Ordenanza Nº 2094/12 desde la Fecha de Promulgación de la presente Ordenanza hasta el 30 de Octubre de 2016. Texto según Ordenanzas 2330/15
Texto anterior
ART.2º) Modificase el Art. 1º de la Ordenanza Nº 2094/12, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Establézcase el régimen de presentación espontánea para regularizar y declarar mejoras terminadas por medio del expediente de planos de edificación que no se encuentren iniciados”.
ART.3º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de septiembre de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva