Expte. Nº 5.650/15.
VISTO:
Ley Nº 2.756; y
CONSIDERANDO:
Que se calcula que mil millones de personas en el mundo viven con discapacidad y enfrentan muchas barreras para que se las incluya en aspectos sociales clave. A consecuencia de ello, no disfrutan del acceso a la sociedad de igual forma que otros, incluido en áreas como el transporte, el empleo, la educación y la vida política y social.
Que el derecho a participar en la actividad pública es esencial para crear democracias estables, para una ciudadanía activa y para reducir las desigualdades sociales.
Que promoviendo el fortalecimiento se crean oportunidades reales para la gente, se potencian sus habilidades y se les ayuda a establecer sus prioridades. El empoderamiento implica invertir en las personas – en empleos, salud, nutrición, educación y protección social. Cuando ocurre eso, están mejor preparadas para aprovechar oportunidades, se convierten en agentes de cambio y pueden asumir con más preparación sus responsabilidades cívicas.
Que la celebración anual, el 3 de diciembre, del Día Internacional de las Personas con Discapacidad tiene por objeto sensibilizar a la opinión pública sobre las cuestiones relacionadas con la discapacidad y movilizar el apoyo a la dignidad, los derechos y el bienestar.
Que También se propone promover la toma de conciencia sobre las ganancias que se derivarían de la integración en todos los aspectos de la vida política, social, económica y cultural. Para obtener el goce pleno y efectivo de los derechos humanos por las personas con discapacidad y su participación en la sociedad en igualdad de condiciones, establecido en el Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad, aprobado por la Asamblea General en 1982.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 348/2015.
ART. 1°) El Cconcejo Deliberante declara de interés municipal la conmemoración del día internacional de las personas con capacidades diferentes, promoviendo y potenciando el fortalecimiento de nuestra sociedad en la igualdad de las personas, donde cada uno pueda brindarse a construir una ciudad mejor de acuerdo a sus posibilidades.
ART. 2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de diciembre de 2015