Expte. Nº 5.841/16.
VISTO:
Ley Nº 19.349 – Ley de Gendarmería Nacional.
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
La conmemoración el día 28 de julio del 78 aniversario de la creación de Gendarmería Nacional Argentina.
La Ordenanza Nº 1.947/10 Reglamento para el otorgamiento de declaraciones de Interes Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que durante la Presidencia del Dr. Roberto M. Ortiz, Gendarmería Nacional Argentina fue creada el 28 de julio del año 1938 por el Congreso Nacional, debido a una verdadera necesidad pública, destinada a consolidar el limite internacional y garantizar la seguridad de colonos y pobladores en regiones alejadas del país, comenzando a asentarse en los “territorios nacionales” como resguardo fronterizo.
Que dadas las particularidades del territorio donde debía cumplir la misión y el carácter de esta, determinaron que la fuerza naciera como un cuerpo con organización, formación militar y férrea disciplina, circunstancia que a la fecha se mantiene.
Que en la génesis de su creación y en el espíritu que los legisladores imprimieron en el proyecto que luego fue promulgado como Ley Nº 12.367 se reza: “contribuir decididamente a mantener la identidad nacional en áreas limítrofes, a preservar el territorio nacional y la intangibilidad del límite internacional”
Que su personal fue sujeto a un régimen disciplinario, con estructura, capacitación, doctrina militar y formación jurídica que le permitiera cumplir funciones policiales en tiempo de paz, y en tiempos de guerra integrar el componente terrestre militar: caso concreto, fue su participación en la Guerra de Malvinas en el año 1982.
Que en la actualidad la institución se encuentra enmarcada dentro de la Ley Orgánica Nº 19.349 que regula su organización, misión, funciones, jurisdicción, competencias y régimen legal de su personal.
Que la misma depende del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, integrando el Sistema de Seguridad Interior previsto en la Ley Nº 24.059 e integra el Sistema de Defensa Nacional conforme a lo normado en la Ley Nº 23.554.
Que su misión en el ámbito de Seguridad Interior es satisfacer las necesidades del estado nacional en materia de policía de seguridad y policía de prevención y represión de infracciones a leyes y decretos especiales.
Que en materia de Defensa Nacional debe ejecutar el control y vigilancia de fronteras, la custodia de objetivos estratégicos, y cumplir otras funciones emergentes de la misma ley de defensa nacional.
Que aporta a la Política Exterior de la Nación participando en misiones de paz y seguridad de las Naciones Unidas y custodiando personas y bienes del estado nacional en el exterior.
Que hoy tenemos efectivos de la Gendarmería Nacional en 102 pasos fronterizos distribuidos en 9.376 km de fronteras, cuidando un total de 10.029 km de rutas y autopistas, formando parte del Cuerpo de Prevención Barrial, de los operativos Centinela, Cinturón Sur, Vigia, Escudo Norte y Rosario, combatiendo el narcotráfico y la trata de personas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 376/2016
ART.1º) El Concejo Deliberante en función de sus atribuciones declara de Interés Municipal la conmemoración de los 78 años de la creación de la Gendarmería Nacional Argentina que se celebran el 28 de julio del corriente año.
ART. 2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de julio de 2016