VISTO:
El expediente
7969/89 sobre condonación para el pago de
El informe del
Area de Promoción Comunitaria donde
consideran viable otorgar un plan de pago acorde con los ingresos del
peticionante, y
CONSIDERANDO:
Que es
necesario otorgar un especial plan
de poago en cuotas
como lo aconseje
Por todo ello el
Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:
DECRETO
Nº 086/90
ART.1º) Otórgase al Señor SILIO, RAMON, un Plan de
pago-cuotas especial, por
ART.2º) Exímase del Plan de pago
antes mencionado, de los intereses resarcitorios previstos en el Código
Unificado Tributario Ley 8173 y
Ordenanzas pertinentes.
ART.3º) Fíjase como plazo para el acogimiento a los
beneficios del presente el término de 10 días hábiles de la fehaciente
comunicación al beneficiario.
ART.4º) La mora en el pago de
alguna de las cuotas, será actualizada
en base a lo prescripto por disposiciones
legales vigentes respecto al tributo convenido.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese,
Regístrese.
Dado en Sala del Concejo
Deliberante, 10 de Mayo de 1990.