VISTO:
La liquidación
de deuda por el tributo de
Permiso de Edificación del
contribuyente Señor Quilice, Carlos
Félix obrantes en fs. 2 del expediente Nº 6869/88.
El
correspondiente informe del Area de Promoción Comunitaria (Acción Social) por
el que se aprueba fehacientemente el
estado de necesidad y carencia del mencionado, y
CONSIDERANDO:
Que es
necesario otorgar un especial
plan de
pago en cuotas.
Por todo ello el
Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:
DECRETO
Nº 085/90
ART.1º) Otórgase al Señor
QUILICE, CARLOS FELIX, un Plan de pago-cuotas
especial, por el Permiso de Edificación
Sección 7ma., Manzana 18, lote
41, domicilio en J. Perón 2391 en 24
cuotas consecutivas y con vencimiento mensual con el 5% de interés mensual
sobre el saldo, calculado sobre la base del tributo actualizado al mes de Abril
de 1990.
ART.2º) Exímase al Plan de pago
antes mencionado, de los intereses
resarcitorios previstos en el Código Unificado
Tributario Ley 8173 y Ordenanzas pertinentes.
ART.3º) Fíjese como plazo para el
acogimiento a los beneficios de la presente el término de 10 días hábiles de la
fehaciente comunicación al beneficiario.
ART.4º) La mora en el pago de
alguna de las cuotas, será actualizada
en base a lo prescripto por disposiciones
legales vigentes respecto al tributo convenido.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese,
Regístrese.
Dado en Sala del Concejo
Deliberante, 10 de Mayo de 1990.