Expte. Nº 1.731/99.
VISTO:
Las Ordenanzas Nº 75/74, 1033/94 y 1145/95, y
CONSIDERANDO:
Los reiterados reclamos de los vecinos de calle
Buenos Aires y Pasaje Nº2, de
Que no obstante existe en la actualidad un pequeño sector, comprendido
por la vereda Este de calle Buenos Aires desde su intersección con calle
General Levalle hasta Pasaje Nº2 y la vereda Sur de Pasaje Nº 2 desde su
intersección con calle Buenos
Aires hasta la numeración
1.867 de dicho Pasaje, el que carece de
Que por la proximidad de la actual Red Instalada que llega por calle General Levalle hasta Buenos Aires y
por calle Buenos Aires hasta Pasaje Nº
2, hacen factible y de fácil
solución, el atender el reclamo que desde hace
más de quince años, hacen los
vecinos.
Que dicho reclamo es a la vez un derecho de los vecinos y un
deber del Municipio, que debe ser
atendido con suma urgencia
ya que en la mayoría de los casos han pagado el costo
de
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones
aprueba el siguiente:
DECRETO Nº
146/99
ART.1º)
El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para
solicitar mediante el área que
corresponda, se dispongan tareas
para la instalación de
ART.2º)
El Departamento Ejecutivo
Municipal afectará fondos provenientes de la cuenta de Gas Natural, integrados por el "Fondo Proyecto Integral Red de
Gas Barrial", según lo dispuesto por
ART.3º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala
de Sesiones del Concejo Deliberante, Septiembre 9 de 1.999.