Lunes, 07 Abril 2014 12:00

Decr. 589/14 Informe sobre puntos de venta de alimentos en la vía pública

Valora este artículo
(0 votos)

Expte. Nº 5095/14.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756

Decreto Municipal Nº 584/2014

Los reclamos de los vecinos y;

 

CONSIDERANDO:

            Que el Decreto Municipal Nº584/2014 implementa un Plan de Normalización Dominial y Tributario, Actualización Catastral y Regularización de Obras para todos los comercios enmarcados sobre el ejido municipal.-

            Que en los últimos años creció notoriamente la instalación de emprendimientos denominado comúnmente “carritos” destinados a la comercialización y manipulación de alimentos para consumo humano.-

            Que la venta de alimentos en la vía pública constituye un fenómeno que reviste gran importancia sociocultural, económica y sanitaria.

            Que la principal preocupación concierne a la inocuidad de los alimentos, pero también involucran aspectos relativos a la higiene ambiental, el ocupamiento del espacio público, las alteraciones en el tránsito vehicular, entre otros.-

            Que el trabajo articulado con otras áreas involucradas resulta fundamental y de ello dependerá el éxito de las estrategias en el control y seguimiento de “carritos”. Las áreas de obras y servicios, de medio ambiente, urbanismo, desarrollo social, habilitación e inspección como así también las relacionadas con salud como epidemiología, deben ser consideradas e invitadas a las mesas  de trabajo y discusión de la problemática.

            Que resulta fundamental darle un marco legal claro y comunicado a todas las partes interesadas. De esta manera, estaremos en condiciones de realizar seguimiento de las actividades de  estos particulares e ir acompañando su desarrollo.

            Que es de suma urgencia el relevamiento y normalización de comercios ubicados en el ejido urbano, que intensifiquen la recaudación de fondos a las arcas municipales, dicha normalización tributaria involucra el pago obligatorio de impuestos, tasas y derechos municipales que cualquier comerciante que se enmarque sobre el territorio municipal deba abonar a acambio de servicios.-

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 589/2014

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, eleve un informe a este cuerpo, sobre la situación tributaria y urbana en donde se desarrollan los comercios citados anteriormente en  el considerando.-

 

 ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de abril de 2014

 

 

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

 

 

Visto 128 veces