Martes, 15 Julio 2014 18:00

Decr. 638/14 Se dé cumplimiento al Decreto Nº 589/14

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Expte. 5.221/14.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades N°2756

Decreto N° 584/2014

Decreto Nº 589/2014

Los reclamos de los vecinos y;

CONSIDERANDO:

Que el pasado 3 de Abril del año 2014 se aprobó por unanimidad el Decreto 589/2014 dirigiéndose al departamento ejecutivo municipal a remitir a este cuerpo legislativo un informe sobre situación tributaria, urbana y sanitaria en donde desarrollan su actividad los comercios denominados "carritos".

Que en los últimos años creció notoriamente los comercios denominados "carritos" destinados a la comercialización y manipulación de alimentos para consumo humano.-

Que la venta de alimentos en la vía pública constituye un fenómeno que reviste gran importancia sociocultural, económica y sanitaria.-

Que la principal preocupación concierne a la inocuidad de los alimentos, pero también involucran aspectos relativos a la higiene ambiental, el ocupamiento del espacio público, las alteraciones en el tránsito vehicular, entre otros.-

Que el trabajo articulado con otras áreas involucradas resulta fundamental y de ello dependerá el éxito de las estrategias en el control y seguimiento de los comercios denominados "carritos". Las áreas de obras y servicios, de medio ambiente, urbanismo, desarrollo social, habilitación e inspección como así también las relacionadas con salud como epidemiología, deben ser consideradas e invitadas a las mesas de trabajo y discusión de la problemática.-

Que resulta fundamental darle un marco legal claro y comunicado a todas las partes interesadas. De esta manera, estaremos en condiciones de realizar seguimiento de las actividades de estos particulares e ir acompañando su desarrollo.-

Que es de suma urgencia el relevamiento y normalización de comercios ubicados en el ejido urbano, que intensifiquen la recaudación de fondos a las arcas municipales, dicha normalización tributaria involucra el pago obligatorio de impuestos, tasas y derechos municipales que cualquier comerciante que se enmarque sobre el territorio municipal deba abonar a a cambio de servicios.-

Que varios vecinos recalcan el malestar que produce la basura desechada por e comercios a contenedores logrando la proliferación de insectos y animales que comen e desperdicios.-

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 638/2014

ART. 1º) Remítase al Concejo Deliberante, en un plazo perentorio e improrrogable de (diez) días hábiles a partir de la aprobación de este decreto, la información solicitada en decreto N° 589/14.-

ART. 2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de julio de 2014

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

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