Expte. Nº
2.585/04.
VISTO:
El Código Municipal de Faltas y
CONSIDERANDO:
Que por nota ingresada por Mesa de Entrada del
Concejo Deliberante, el 9 de
noviembre de 2.004, los integrantes de
Que en el sector se puede
comprobar la presencia de de-sechos
de construcción y desperdicios en general, lo que constituye una alteración del paisaje
natural y afecta la pureza de la tierra,
las aguas, la vegetación y la
población de especies de animales silvestres que habitan
el lugar.
Que
Que
Que en virtud de lo expuesto resulta necesario
adoptar urgentes medidas de control municipal de forma tal que se evite continuar con la degradación del
sector, se intime a la empresa
denunciada para que no continúe con el
arrojo de residuos en el Parque
regional y se tomen las medidas
propuestas en
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:
DECRETO
Nº 180/2004
ART.1º)
El Departamento Ejecutivo Municipal, deberá adoptar todas las medidas que considere necesarias para
garantizar, en forma perentoria el cumplimiento de lo
dispuesto en las Ordenanzas Nº 1.093/95 en su parte
pertinente, y 1.342/98, en todo el Area que comprende el Parque Regional de
ART.2º)
El Departamento Ejecutivo Municipal, deberá realizar los procedimientos de inspección de rigor, y
en su caso intimar a
ART.3º)
El Departamento Ejecutivo Municipal, deberá realizar las obras propuestas en
ART.4º)
Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala
de Sesiones del Concejo Deliberante, 12 de Noviembre de 2004.